Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 07 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 63
LEYES - DECRET OS - RESOLUCIONES

DECRETO N 7931-S/2023.EXPTE. N 729-288/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAR. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase el pedido de reconocimiento y pago del adicional por Título de Posgrado solicitado por la Licenciada en Trabajo Social Gabriela Soledad Zuleta, CUIL 27-27554007-8, cargo categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413 de la U. de O. R 6-01-17 del Hospital Dr. Jorge Uro, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Salud notifíquese a la Sra. Gabriela Soledad Zuleta, de los términos del presente acto administrativo.ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8134-S/2023.EXPTE. N 714-2318/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ABR. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase el pedido de recategorización y pago de diferencias salariales con más intereses, solicitado por el Abogado Aníbal Massaccesi, Matricula Profesional N 1703, en carácter de apoderado legal de la Sra. Díaz, Griselda Yolanda, D.N.I. N 16.910.042, personal de planta permanente en el cargo categoría C-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413 de la Unidad de Organización R6-01-02 Hospital Pablo Soria, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- Déjase constancia que el presente acto administrativo se emite al solo efecto de dar cumplimiento al art. 33 de la Constitución Provincial, sin que ello implique rehabilitar instancias caducas o reanudar plazos procesales vencidos.ARTICULO 3.- Regístrese. Notifíquese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8339-AyCC/2023.EXPTE. N 1100-159/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAY. 2023.VISTO:
La solicitud de autorización al llamado a Licitación Publica Nacional destinada a la Construcción de la Mini Estación de Transferencia MET de Caimancito Proyecto GIRSU BEI - Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy Contrato de Financiamiento del BEI FI Nº 88098 SERAPIS Nº 2017-0224; y, CONSIDERANDO:
Que, el referido Contrato se encuentra aprobado mediante Decreto Nº 7196-A-2018;
Que la documentación obrante cumple con los recaudos legales previstos en la Guía de Contrataciones Públicas para Proyectos Financiados por el Banco Europeo de Inversiones B.E.I..
Que, obra informe de gestión de creación de partida presupuestaria efectuada por la Responsable Financiera UIP GIRSU BEI mediante Expediente Nº EX 2023-00006835-JUJ-SGDMA W1.
Que, el Banco Europeo de Inversiones B.E.I. no formula objeción al llamado a licitación pública nacional.
Que se agrega dictamen legal debidamente compartido por el Señor Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, aconsejando gestionar ante el Poder Ejecutivo la correspondiente autorización para el presente llamado a licitación nacional, recomendando que previo a la adjudicación se cuente con la finalización del proceso de creación de partida presupuestaria.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a efectuar el llamado a Licitación Publica Nacional para la Construcción de la Mini Estación de Transferencia M.E.T. CAIMANCITOProyecto GIRSU - BEI - Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos R.S.U. de la Provincia de Jujuy Contrato de Financiamiento del BEI FI Nº 88098 Serapis Nº 2017-0224, quedando facultado para aprobar, adjudicar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 3719-H-1978, Decreto Acuerdo Nº 7739-HF-23, Ley 4785, Ley 4985 de Administración Financiera y Control para la Provincia de Jujuy, y rendición de cuentas.ARTÍCULO 2º.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas para realizar la creación, modificación presupuestarias necesarias para afrontar las erogaciones que importa el presente decreto. ARTÍCULO 3º.-.El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Ambiente y Cambio Climático y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Co municación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a sus efectos. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

1863

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/6/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date06/06/2023

Page count34

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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