Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/5/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 15 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 54
LEYES - DECRET OS - RESOLUCIONES

DECRETO Nº 4594-G/2021.EXPTE. Nº 300-610-2013.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DIC. 2021.EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Adjudicase a Titulo Gratuito a la Sra. Alejandra Quispe, DNI 11.207.397, la parcela rural identificada catastralmente como Lote 1011
Padrón F-6902 dominio inscripto en matrícula F-4094 a nombre del Estado Provincial, con una superficie de 355 has 4.844,07 m2, ubicado en la localidad de El Fuerte, Departamento Santa Bárbara, provincia de Jujuy, según Plano de Mensura aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles por Resolución Nº 21.411 de fecha 20 de octubre de 2021.ARTICULO 2º.- Dispónese que cualquier actividad que se desarrolle en el inmueble adjudicado en el artículo anterior deberá destinar al menos el diez por ciento 10% de su superficie a forestación, respetando para ello las pautas establecidas en la Ley Provincial N 5.790 y Nacional N 25.080.ARTÍCULO 3º.- Establécese que el Estado Provincial se reserva el dominio y uso de los recursos previstos en el artículo 124 de la Constitución Nacional y de los bienes enumerados en los artículos 235 y 236 del Código Civil y Leyes Provinciales N 5063 y 4203 y de los Derechos Mineros que pudieran existir en el lugar.ARTÍCULO 4º.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de la adjudicataria.ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Gobierno y Justicia y por el Ministro de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.ARTICULO 6º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Escribanía de Gobierno y Dirección Provincial de Inmuebles. Pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.C.P.N. Carlos Guillermo Haquim Vice-Gobernador de la Provincia en Ejercicio del Poder Ejecutivo DECRETO N 4919-E/2021.EXPTE. N 1050-1102/21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desígnase a la Prof. CLAUDIA MARIA DEL VALLE ECHEN IQUE, D.N.I. N 26.793.736 en el cargo de Asesora Técnico Pedagógica del Ministerio de Educación, a partir del 1 de diciembre de 2021.
ARTICULO 2.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial . Pase ala Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, remítase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5036-HF/2021.EXPTE. Nº 547-45/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2021.VISTO:
Los Decretos Nº 270-G-1988; Nº 7004-G-2018 y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 270-G-1988 de fecha 01 de febrero de 1988 se crea la Dirección Provincial de Estadística y Censos y por Decreto Nº 7004-G-2018 se dispuso su transferencia a la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que, la actual organización funcional de la Dirección Provincial de Estadística y Censos tiene más de treinta y dos 32 años de antigedad, resultando necesaria su modificación para el cumplimiento por parte de dicho organismo de la naturaleza específica y de los objetivos y finalidades trazados por las políticas públicas llevadas a cabo por el Poder Ejecutivo;
Por ello; y en uso de facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase la Estructura Orgánica Funcional y las Misiones y Funciones de la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos es tablecidas por Decreto Nº 270-G/1988, y apruébense los Anexos I y II que forman parte integrante del presente Decreto.ARTÍCULO 2.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas, reglamentarias y operativas; y a realizar las modificaciones, creaciones, supresiones y transferencias en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto se atenderá con la partida de Gastos en Per sonal correspondiente a la Jurisdicción C Ministerio de Hacienda y Finanzas Unidad de Organización 1F Dirección Provincial de Estadística y Censos.ARTÍCULO 4º.- Déjese sin efecto toda otra norma que se oponga a lo dispuesto.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma íntegra y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dir ección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de Estadísticas y Censos. Hecho, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/5/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date15/05/2023

Page count35

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

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