Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/5/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 12 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 53

sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, en este Juzgado Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.- VI.- Córrasele Traslado a la parte del pedido de intereses con las copias respectivas, por igual termino que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- VII.- por el mismo término intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los Tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de los dispuesto en el art. 52 del ítem.- VIII.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso.- IX.- Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado.X.- Notifíquese, art. 154 C.P.C.- San Salvador de Jujuy, a los 27 del mes de abril del año dos mil veintidós.12/15/17 MAY. LIQ. Nº 32327 $1.650,00.Dr. Gustavo Alberto ToroVocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial - Sala IV, Vocalía 12 del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en Expte Nº D018838/2017 caratulado: Daños y Perjuicios: BALDIVIEZO, BARTOLOME c/ MENDEZ, JOSE ELIAS, procede a notificar el siguiente proveído:- San Pedro de Jujuy, 8 de julio de 2022. I II.- Atento el Informe Actuarial que antecede, y lo solicitado por la actora téngase al demandado Sr. José Elías MENDEZ D.N.I. 18.545.433, por decaído el derecho a contestar la demanda interpuesta, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el ap. III.- del proveído de fecha 9 de junio de 2.017- fs.15-, notificándose posteriores providencias y resoluciones por Ministerio de Ley art. 52 y art. 154 Cód. Proc. Civil.
III.-Previo a proveer lo que por derecho corresponda, intímese a la actora a notificar al demandado Sr. José Elías MENDEZ D.N.I. 18.545.433, lo dispuesto en el punto que antecede, por el mismo medio que notifico el traslado de demanda, es decir, por edictos, disponiéndose la publicación de los mismos por tres 3
veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial art.162 Cód. Proc. Civil. IV.- Notifíquese.- Firmado electrónicamente: Dr.
Gustavo Alberto Toro.- Vocal Presidente de Trámite.- Ante mi Dra. Romina Y. Alejandra PérezProsecretaria.- Publíquese por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 16 de agosto de 2022.12/15/17 MAY. LIQ. Nº 32339-32354 $1.650,00.Dra. Marisa Eliana RondonJueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3 Secretaría N 5, en el Expte. C-123367/2018 caratulado:
Prepara Vía Ejecutiva: VALERO, GUADALUPE c/ CORBALAN, ALEJANDRA DEBORA y DOMINGUEZ, CESAR RICARDO notifica que ha dictado el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 08 de marzo de 2023.- Proveyendo Escrito Nº 575127, los edictos acompañados, AGREGUESE en autos y téngase presente.- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4, 478 del C.P.C, líbrese Mandamiento de Pago y Ejecución en contra de y DOMINGUEZ, CESAR en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos: Treinta y Tres Mil $33.000 en concepto de Capital reclamado, con más la suma de Pesos: Dieciséis Mil Quinientos $16.500, calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.- Acto seguido, cíteselos de Remate a la parte demandada para que oponga excepciones legitimas si las tuviere, dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por ministerio de ley art.52 del C.P.C..- A tal fin publíquense Edictos, los que deberán ser publicados por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciendo saber al demandado que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designar al Defensor Oficial como su representante, con quien se seguirá el juicio Art.
474 del C.P.C..- Notifíquese por art. 155 del C.P.C.- Firmado Dra. Marisa Eliana RondonJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Ante mí: Dra.
López Pfister, María LauraSecretaria de Primera Instancia".- San Salvador de Jujuy, 20 de Abril de 2023.12/15/17 MAY. LIQ. Nº 32344 $1.650,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 2, en el Expte Nº C-202668/2022, caratulado: Ejecutivo: CASTAÑEDA HUGO
ANDRES c/ MARTINEZ, LUIS ANGEL, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2.023. Autos y Vistos Resulta Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por HUGO ANDRES CASTAÑEDA en contra del Sr.
LUIS ANGEL MARTINEZ D.N.I N 13.910.373, hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos: Dos Millones $2.000.000,00.- con más las costas del juicio y el interés de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la mora y hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 Sala I del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/
Achi, Yolanda y otro.- II.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada debiendo practicarse conforme las pautas establecidas en la Sentencia.- III.- Imponer las costas a la parte vencida Art. 102 del C.P.C..- IV.- Notifíquese esta resolución por edictos y las posteriores por Ministerio de Ley. V.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Registrar, agregar copia en autos y notificar por edictos al demandado.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón, Juez. Ante Mi Dra. Ana Isabel Fernández HubeidSecretaria.- San Salvador de Jujuy, 25 de Abril de 2023.12 MAY. LIQ. Nº 32345 $550,00.-

EDICTOS DE CITACION
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 2, en el Expte Nº C-182000/2021 caratulado: ACCION DE CAMBIO DE
NOMBRE: IBAÑEZ CHICCHI MARIANELA RUTH cita y emplaza por DOS MESES a quien formule oposición al cambio de nombre de MARIANELA
RUTH IBAÑEZ CHICHI D.N.I Nº 43.352.810 dentro de los quince días hábiles contados a partir de la última publicación. Publíquese una vez por mes durante el lapso de dos meses en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL.- PROSECRETARIA: DRA. NATACHA BULIUBASICH.- SAN
SALVADOR DE JUJUY, 21 DE OCTUBRE DE 2022.12 ABR. 12 MAY. LIQ. Nº 31978 $1.100,00.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/5/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date11/05/2023

Page count27

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

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