Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Diciembre, 21 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 142

LEYES - DECRETOS - RESOLUCIONES

LEGISLATURA DE JUJUY
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N 6327
CREACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE JAMA
ARTÍCULO 1.- Créase la Comisión Municipal de Jama.
ARTÍCULO 2.- La jurisdicción, ámbito de actuación y límites de la Comisión Municipal creada por el Artículo 1, se extiende al Norte desde la intersección del Paralelo 23 856.20"S" y las líneas imaginarias de los Hitos Fronterizos I y XII, que forman el límite internacional con la República de Chile, siguiendo rumbo al Este por el mismo paralelo hasta llegar al borde de Laguna Iglesias 23856.25"S, 6658 50.48"O, de allí parte la direcció n Sureste en línea recta hasta el Abra de Chingol 23 11 8.18" S, 665559.67"O, sigue en dirección Sureste hasta la intersección con el Rio Caballo 23 1324.27"S, 665333.66"O, remontando por el mismo cauce hasta la juntura de los Ríos Medado y Rio Caballo Grande 231340.80"S, 66535.15"O remontan do este último hasta sus nacientes para dar con el Cerro Santa Rosa 231547.86"S, 665010.23"O, de allí en línea recta dirección Sureste pasando por un Cerro sin nombre 23160.05"S, 66516.47"O hasta el Cerro Quebrada Camino 231613.13"S, 665125.10"O, siguiendo en dirección al Sur por la misma serranía pasando por el punto más alto 231743.63"S,665135.04"O y luego al punto 231811.54"S, 665144.40"O hasta llegar al Abra de Cajliri Gr ande 231821.47"S, 665141.41"O, siguiendo la línea de la serranía en dirección Suroeste pasando por un punto 231824.55"S, 66520.49"O en línea recta hasta el Cerro Astero 23198.01"S, 665247.10"O, desciende por su falda hasta intersectar el Rio Cajliri grande 231936.74"S, 665258 .74"O, de allí parte en línea recta dirección Noroeste hasta intersectar con la Ruta Nacional N 52 231831.35", 67013.24"O y de allí en línea recta dirección Noroeste hasta el Cerro Colmitayo 231724.31"S, 67442.81"O de allí siguiendo la proyección de dicha línea hasta intersección con la línea imaginaria de los Hitos I y XII que conforman el límite internacional con la República de Chile.
ARTÍCULO 3.- Modificase el Artículo 1 de la Ley N 4294, inciso 16, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1.a b c d
16

Departamento de Susques:

Comisión Municipal de Susques: circuitos 125,126-B, 127 excepto la mesa mixta de Catua;
Comisión Municipal de Coranzulí: circuito 126-A;
Comisión Municipal de Catua: circuito 127 sólo la mesa mixta de Catua;
Comisión Municipal de Jama: circuito 125-C."

ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo Provincial incluirá en el llamado a Elecciones Provinciales o Nacionales correspondientes, cuyo cronograma electora l lo permita a partir de la fecha de aprobación de la presente Ley, los cargos a miembros de la Comisión Municipal creada por el Artículo 1, quienes asumirán sus funciones el día 10 de Diciembre del año 2023.
ARTÍCULO 5.- La Comisión Municipal de Jama estará integrada por cuatro 4 miembros. La primera composición se integrará con dos 2 miemb ros, cuyo mandato se extenderá por el término de cuatro 4 años, y dos 2 miembros cuyo mandato se extenderá por el término de dos 2 años. Esto será definido por el resultado electoral obtenido por aplicación del sistema DHont, correspondiendo a los dos 2 candidatos más votados un manda to de cuatro 4 años, y los dos 2 siguientes tendrán un mandato de dos 2 años.
ARTÍCULO 6.- Facúltase al Poder Ejecutivo para la creación, modificación y transferencias de partidas presupuestarias que resulten necesarias para afrontar las erogaciones que deriven del cumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial, Tribunal Electoral Permanente de la Provincia y Juzgado Federal de Jujuy con compe tencia electoral.SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Noviembre de 2022.C.P.N. Carlos G. Haquim Presidente Legislatura de Jujuy Cont. Pub. José M. Montiel Secretario Administrativo a/c Secretaria Parlamentaria Legislatura de Jujuy PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.EXPTE. Nº200-482/2022.CORRESP. A LEY Nº 6327.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2022.Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al registro y Boletín Oficial, tome raz ón Fiscalía de Estado, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo;
Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente y Cambio Climático; Ministerio de Seguridad; Ministerio de Planificación Estratégica y Modernización; Ministerio de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
LEGISLATURA DE JUJUY
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N 6328
CREACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE PURMAMARCA
ARTÍCULO 1.- Creación: Créase la Municipalidad de Purmamarca.

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date21/12/2022

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Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

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