Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 29 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 49

29 ABR. 02/04 MAY. LIQ. Nº 27888 $1.350,00.Dra. Claudia Lamas, Juez Habilitada de la Vocalía I del Excmo. Tribunal de Familia de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-175726/21 caratulado:
FILIACION CHACON ZAIDA IRIS DE LOS ANGELES c/ RAMOS SEBASTIAN, procede a notificar al Sr. RAMOS SEBASTIAN, el siguiente Decreto:
San Salvador de Jujuy, 06 de abril de 2.021.- I.- Téngase por presentada a la Sra. CHACON, ZAIDA IRIS DE LOS ANGELES, DNI 33.560.419; con patrocino letrado del Dr. MIGUEL ANGEL BURGOS, por constituido domicilio legal y por parte a mérito de la firmas impuestas al pie del escrito de demanda que adjunta en PDF.- II.-Intimase a del Dr. MIGUEL ANGEL BURGOS, para que en el plazo de cinco 5 días de notificado de la presente acredite el aport e previsto por el Art 22 inc C y D de la Ley 4764/94 y acompañe la Estampilla ProfesionalLey 3329/76, como así también al pago de Tasa de Justicia, comuníquese a CAPSAP.- III.- Admítase la presente demanda de FILIACION la que se tramitará de conformidad al procedimiento de Juicio Ordinario Escrito Art. 370 del C.P.C..- IV.- Confiérase traslado de la demanda al Sr. RAMOS SEBASTIAN, por el término de quince días, con las copias respectivas y en el domicilio denunciado, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado si así no lo hiciere Art. 298 del C.P.C..- V.-Intímeselo para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de tres kms. del asiento de este Tribunal de FamiliaVocalía I, sito en General Paz Nº 625, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores Art. 52 del C.P.C..- VI.- Los alimentos provisorios solicitados, ténganse presente para la traba de la litis.- VI.-Comisionase al letrado, para la confección y diligenciamiento de las medidas ordenadas las que deberán ser enviados como oficio colaborativo.- VII.- Notifíquese por cedula.- Fdo.: Dra. Claudia Lamas Vocal habilitada ante mi Dra. Virginia Macedo Prosecretaria.- S.S. de Jujuy, de febrero de 2022.- Conforme a lo peticionado por el Dr. Miguel A. Burgos ordenase la publicación de edictos a los fines de la notificación de la demandada Sr. RAMOS SEBASTIAN, a publicarse en el Boletín oficial y un diario local.-..Fdo. Dr. Claudia Lamas, Juez Habilitada. Ante mi, Dra. Virginia Macedo, secretaria Habilitada.-Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- Secretaria: S.S. de Jujuy, de Febrero de 2022.29 ABR. 02/04 MAY. LIQ. Nº 27694-27930-27931 $1.350,00.El Dr. José Alejandro López Iriarte, Vocal de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Vocalía Nº 2 - en el Expte. Nº C189.849/2021, caratulado: ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: DAZA, JUAN CARLOS c/ ALDECOA, JULIO CESAR-HDMI
S.R.L., se hace saber a HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLO INMOBILIARIO S.R.L., la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 15 de marzo de 2022.- I.- Proveyendo a la presentación del Dr. Jorge Rafael Abud de fs. 37 y atento a la suspensión de la audiencia convocada para el día 10 de marzo de 2022, reprográmese la misma para el día 03 de Junio de 2022 a 10.00 hs, Hágase saber al Sr. Oficial de Justicia que deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el art. 158 Inc. 4 del C.P.C. Cuando el interesado o las personas que habiten la casa se nieguen a recibir la cédula o por cualquier otro motivo ésta no pudiera ser entregada, la fijará en la puerta de calle en presencia de dos testigos o de un secretario actuario, quienes suscribirán la diligencia. II.Atento al informe de fs. 32 vta. requiérase al Dr. Jorge Rafael Abud que, en el plazo de 48 hs, L. 4141, L.4442 denuncie el domicilio real del actor para posibilitar oportunamente la debida notificación al actor art 155 inc. 3 y art 156 del CPC. III.- Requiérase al Dr. Jorge Rafael Abud acompañe para control y firma del actuario las correspondientes diligencias, debiendo notificar con una antelación no menor al cinco días de la fecha de convocatoria art. 138 párrafo 2º del CPC IV.- Notifíquese por cédula art. 155 del CPC Fdo. Dr. José Alejando López IriarteJuezAnte mí: Dr. Ignacio José GuesalagaSecretario.- San Salvador de Jujuy, 18 de abril de 2022.29 ABR. 02/04 MAY. S/C.-

EDICTOS DE CITACION

Por disposición del Titular de la Fiscalía Especializada en Violencia Familiar de Genero y Sexual N 5, a cargo del Agente Fi scal Dr. José Alfredo Blanco, en el Expte N41271-19 caratulado GUTIERREZ, FRANCISCO DAVID p.s.a. lesiones leves agravadas por el vinculo y por ser el hecho perpetrado por un hombre en contra de una mujer y mediare violencia de genero.- PALMA SOLA.- Que se tramita ante la Secretaría a cargo de la Escribana Marcela Telles, se cita, llama y emplaza al inculpado GUTIERREZ, FRANCISCO DAVID, argentino, de 32 años, soltero, nacido el día 03-02-90 en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Pcia de Jujuy, D.N.I.Nº 45.765.027, hijo natural de Susana Gutiérrez, con último domicilio en Barrio Santa Rita Los Lapacho de la localidad de Palma Sola y/o Calle 65 Lote N 35 Asentamiento Providencia Barrio Campo Verde de la ciudad de San Salvador Pcia de Jujuy, para que se presente a estar a Derecho, en la causa de referencia dentro de los cinco dias posteriores a la última publicación del presente Edicto Art. 203 del C.P.Penal, qu e se hará por tres veces en cinco día en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de declararlos Rebelde en caso de incomparecencia Art. 120 del C.P.Penal.- Fiscalía de Especializada en Violencia Familiar de Genero y Sexual N 5, a los Veinte días del mes de Abril del año 2.022.25/29 ABR. 02 MAY. S/C.Por disposición del Titular de la Fiscalía Especializada en Violencia Familiar de Genero y Sexual N 5, a cargo del Agente Fiscal Dr. José Alfredo Blanco, en el Expte N41268-19 caratulado BARCENA, JORGE ABEL p.s.a. lesiones leves agravadas por el vinculo y por ser hecho perpetrado por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de genero.- SAN PEDRO.- Que se tramita ante la Secretaría a cargo de la Escribana Marcela Telles, se cita, llama y emplaza al inculpado BARCENA, JORGE ABEL, argentino, de 32 años, soltero, nacido el día 11 -10-89 en la ciudad de San Pedro de Jujuy, Pcia de Jujuy D.N.I.Nº 34.865.604, hijo de Oscar Barcena y María Dolores Farfan, con último domicilio en Calle Superi N 48 B Ejercito del Norte de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Pcia de Jujuy, para que se presente a estar a Derecho ,en la causa de referencia dentro de los cinco dias posteriores a la última publicación del presente Edicto Art. 203 del C.P.Penal, que se hará por tres veces en cinco día en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de declararlos Rebelde en caso de incomparecencia Art. 120 del C.P.Penal.- Fiscalía de Especializada en Violencia Familiar de Genero y Sexual N 5, a los Veinte días del mes de Abril del año 2.022.25/29 ABR. 02 MAY. S/C.Por disposición del Titular de la Fiscalía Especializada en Violencia Familiar de Genero y Sexual N 5, a cargo del Agente Fiscal Dr. José Alfredo Blanco, en el Expte N47660-20 caratulado BARCENA, JORGE ABEL p.s.a. lesiones leves agravadas por el vinculo y por mediar violencia de genero.- SAN PEDRO.Que se tramita ante la Secretaría a cargo de la Escribana Marcela Telles, se cita, llama y emplaza al inculpado BARCENA, JORGE ABEL, argentino, de 32

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date29/04/2022

Page count23

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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