Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/3/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 15 de 2021.-

Boletín Oficial Nº 31

DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por la Dra. Agustina Infante, Apoderada Legal de Sra. Norma Josefina Martínez - D.N.I. N 18.310.615, en contra de la Resolución N 11574-E-19 de fecha 11 de marzo de 2019, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, emitiéndose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.ARTICULO 3.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio procédase a notificar la parte dispositiva del presente, a la Dra. Agustina Infante, en el domicilio legal constituido.ARTICULO 4.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Coordinación de Educación No Formal, Dirección de Educación Comunitaria, Dirección Provincial de Administración y Área ,4 Recursos Humanos.
Hecho, archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2451-E/2020.EXPTE. Nº 200-365-18.C/Agreg. 1050-1686-16; 1050-1643-16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Pedro Octavio Figueroa, en representación de la Prof. Delia Inés Melgarejo, D.N.I.
N 13.910.350, en contra de la Resolución N 9122-E-18 de fecha 05 de junio de 2018, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, emitiéndose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.ARTICULO 3.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio procédase a notificar la parte dispositiva del presente, al Dr. Pedro Octavio Figueroa, en el domicilio legal constituido.ARTICULO 4.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente Sala Primaria y Área de Recursos Humanos. Hecho, archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2552-G/2020.EXPTE. Nº 0900-1820-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Acéptase, a partir del día 1 de Febrero de 2021, la renuncia presentada por el Dr. ISIDORO ARZUD CRUZ, DNI N 10.622.964, al cargo de Juez de Control N 4 de esta Ciudad.ARTICULO 2.- Regístrese tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Parte-cirial para conocimiento, registro y posterior remisión al archivo.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2642-G/2021.EXPTE. Nº 0222-4154-2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Créase, en el Departamento Santa Bárbara, el JUZGADO DE PAZ DE
VINALITO, con competencia en el ámbito territorial o ejido de la Comisión Municipal de Vinalito.ARTÍCULO 2.- La designación de su titular se realizará de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la Provincia y Ley Orgánica del Poder Judicial, vigente y aplicable.ARTÍCULO 3.- Comuníquese lo dispuesto al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, y Comisión Municipal de Vinalito.ARTICULO 4.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2643-G/2021.EXPTE. Nº 0400-4501-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2021.-

313

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Créase, en el Departamento Yavi, el JUZGADO DE PAZ DE
PUMAHUASI, con competencia en el ámbito territorial o ejido de la Comisión Municipal de Pumahuasi.ARTÍCULO 2.- La designación de su titular se realizará de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la Provincia y Ley Orgánica del Poder Judicial, vigente y aplicable.ARTÍCULO 3.- Comuníquese lo dispuesto al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, y Comisión Municipal de Pumahuasi.ARTICULO 4.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2659-G/2021.EXPTE. Nº 0300-022-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 FEB. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la "ESCUELA
DEPORTIVA LOS PUMITAS -ASOCIACION CIVIL" con asiento en la Localidad de Santa Clara Departamento Santa Bárbara, y apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y nueve 39 Artículos, que como Escritura Pública N 182/2020 del Registro Notarial N 10 de la Provincia de Jujuy corre agregado en fs. 95 a 104 de autos.ARTICULO 2.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION GENERAL Nº 1592-DPR/2021.San Salvador de Jujuy, 15 de Marzo de 2.021.VISTO:
Las disposiciones del Código Fiscal Ley Nº 5.791/2.013 y modificatorias, las Resoluciones Generales N 1.341/2.014, 1.584/2.020 y 1.585/2.021, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Código Fiscal en su Artículo 164 contempla la posibilidad de que esta Dirección Provincial de Rentas acuerde a los contribuyentes una bonificación de hasta el veinte por ciento 20% en el pago del Impuesto Inmobiliario, siempre que el pago total de dicho impuesto se efectúe hasta la fecha de vencimiento del primer anticipo del período fiscal correspondiente, y el contribuyente mantenga regularizada su situación fiscal respecto del inmueble al que se aplicará la bonificación.
Que, en ejercicio de las facultades acordadas, ésta administración fiscal emitió la Resolución General Nº 1.341 estableciendo una bonificación del veinte por ciento 20%
de descuento por pago anticipado, para aquellos contribuyentes del Impuesto Inmobiliario que reúnan los requisitos antes mencionados.
Que, debido a razones de administración tributaria, así como la masiva asistencia de contribuyentes con la finalidad de cumplir con el pago del tributo y de acceder a las bonificaciones, resulta oportuno extender la fecha estipulada para el pago del Impuesto Inmobiliario, ampliando el plazo para acogerse al beneficio por pago anticipado en el período fiscal 2.021.
Que, por ello y en uso de las facultades previstas por el artículo 10 del Código Fiscal, Ley Nº 5.791 y sus modificatorias;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario hasta el día 31 de marzo de 2.021.ARTICULO 2º.- Considerar que hasta la fecha establecida en el Artículo 1º de la presente norma, se encuentra habilitado el pago anticipado con la bonificación del veinte por ciento 20% de descuento.ARTICULO 3º.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.Dra. Analía Correa Directora
LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS

AGUA POTABLE DE JUJUY S.E.Tipo de Contratación: LICITACION PUBLICA Nº 01/2021.Objeto: ADQUISICION DE PRODUCTOS QUIMICOS: 300 TN POLICLORURO DE
ALUMINIO LIQUIDO PAC PARA PLANTAS POTABILIZADORAS.Expte. N 622-54/2021.Fecha y Hora de Apertura: 30/03/2021- Hs. 09:30.Valor del Pliego: $25.000 +IVA.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/3/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date15/03/2021

Page count8

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031