Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 05 de 2021.-

Boletín Oficial Nº 27

DECRETO Nº 1266-E/2020.EXPTE. Nº 246-2317-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Concédese, a partir del día siguiente a la notificación del presente Decreto el Retiro Voluntario solicitado por el Señor Daniel Osvaldo Saldaño, CUIL N 20-13938361-4, Agente Categoría 19, Escalafón General, quien cumple funciones como Auxiliar Administrativo en el Área Liquidaciones dependiente del Ministerio de Educación, Jurisdicción "F", previsto por Ley N 5322/02, Decreto Acuerdo N 5792-H-02, Resolución N
699-H-2002 y Circular N 1/2003.ARTICULO 2.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación notifíquese al interesado, Instituto de Seguros de Jujuy y Unidad de Control Previsional.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Regístrese, torne razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia/Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección .Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1377-S/2020.EXPTE. Nº 715-754/14.Agdo. N 715-1290/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 AGO. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por otorgada y usufructuada la licencia sin goce de haberes, a favor de la Lic. María Teresa Erazo, CUIL 27-16213356-5, en el cargo categoría A-1. Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", durante el período comprendido entre el 28 de abril de 201 y el 31
de marzo de 2016. ARTICULO 2.- Téngase por designada a la Lic. Gisela Patricia Alcocer, CUIL 23-32492880-4, en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", en carácter de reemplazante, por el período comprendido entre el 28 de abril de 2015 y el 9 de setiembre de 2015.ARTICULO 3.- Téngase por designada a la Lic. Jimena Magdalena Chavarría, CUIL 27-31036218-8, en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R6-01-03
Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", en carácter de reemplazante, por el periodo comprendido entre el 5 de octubre de 2015 y el 31 de marzo de 2016.ARTICULO 4.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N6149, que a continuación se indica:
EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "03-10-15-01-26 para Pago Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 6.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de !a Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincia! de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

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GOBERNADOR
DECRETO Nº 1422-E/2020.EXPTE. Nº 1050-572-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Acéptase la renuncia presentada por el Sr. LUIS
MARCELO LOBO, D.N.I. 26.501.597, al cargo de Jefe del Área de Deportes y Educación Física, dependiente de la Secretaría de Equidad Educativa del Ministerio de Educación, a partir del 23 de julio de 2020.ARTICULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1423-E/2020.EXPTE. Nº 1050-573-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Acéptase la renuncia presentada por la CPN. GRACIELA
MARIELA MARTIN, al cargo de Jefa del Área de Administración Contable, dependiente de la Secretaría de Equidad Educativa del Ministerio de Educación, a partir del 23 de julio de 2020.ARTICULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1587-CyT/2020.EXPTE. Nº 1302-149-2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 SET. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del expediente N 1302-149-2019, caratulado "S/ Pública Pago Imprenta Zissi de Ilda Margarita Díaz" y agregados expedientes N
1302-94-2018, N 1302154-2018-, N 1302-205-2018, N 1302-232-2018, N 1302-317-2018, N 1302-3992018, 14 1302-427-2018, N 1302-4312018, N1302-432-2018, N 1302-443-2018, N1302-468-2018, N 1302477-2018, N1302-483-2018, N 1302-499-2018, N 1302-508-2018, N
1302-510-2018, N 1302-518-2018, N 1302-519-2018, N 1302532-2018, N 1302-572-2018, N 1302-599-2018, NI 1302-600-2018, N 1302625-2018, N 1302-654-2018, N 1302-671-2018, N 1302-684-2018, N
1302-687-2018, N 1302-701-2016, N 1302-723-2018, N 1302-739-2018, N 1302-747-2018, N 1302-761-2018, N 1302-789-2018, N 1302-7902018, N 1302-792-2018, N 1302793-2018, N 1302-81372018, N 1302853-2018, N 1.302-859-2018, N 1302-8702018, N 1302-876-12018, N
1302-881-2018, N 1302-887-2018, N 1302-894-2018 N 1302-953-2018;
N 1302-954-2018 y N 1302-961-2018; a la "Partida 3-10-15-126-0 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2020, Ley N 6149/19, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/3/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date05/03/2021

Page count12

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

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