Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 18 de 2021.-

ADDENDA AL CONTRATO DE UNIÓN TRANSITORIA: INGENIERO PEDRO MARIO
CAMPOS S.R.L. -COPECSA S.R.L. U.T..- A.- PARTES y PERSONERÍAS. Entre la empresa Ingeniero Pedro Mario Campos S.R.L. CUIT 30-57231121-6, con domicilio en calle Espinosa N.º 622
Barrio Ciudad de Nieva, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada en este acto por su socio gerente: Pedro Mario Campos h, D.N.I. N 23.316.143, invocando mediante constancia de inscripción en el Registro Público de comercio bajo Folio 24-Asiento 23- Libro de fecha de 10 de agosto de 2005 acredita el carácter de socio gerente mediante Acta de Reunión de Socios Nº 6 de fecha 5 de julio de 2006 y COPECSA S.R.L. CUIT 30-71587335-0, con domicilio en Belisario Roldan No 317 del Barrio Los Perales, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada por sus socios:
Pedro Mario Campos D.N.I. Nº 23.316.143 y Eleonor Bellmann, D.N.I. N 23.946.068, invocando mediante constancia de inscripción en el Registro Público de comercio bajo Folio 134-Acta 134- Libro VI de S.R.L. de fecha de 28 de marzo de 2018 por la otra parte, en adelante denominados en particular Pedro Campos y Copecsa respectivamente y en general o colectivamente llamados participes celebran esta Addenda al contrato de colaboración empresarial, del tipo UNIÓN TRANSITORIA DE
EMPRESAS, sujeto a las siguientes declaraciones y estipulaciones Cláusulas: PRIMERA -IOBJETO. Esta Unión Transitoria U.T. tendrá como objeto la construcción de Viviendas e Infraestructura, en el marco del Plan Provincial de Viviendas 2018 para la LICITACIÓN PUBLICA N
19-IVUJ-2018 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: 50 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN
ALTO COMEDERO 150 HAS.- DPTO. DR. MANUEL BELGRANO: PLAN PROVINCIAL DE
VIVIENDAS 2018.- y las obras correspondientes a la Licitación Pública Nacional N 01/2020 de las obras: ESCUELA SECUNDARIA RURAL N 1, No 2 y Nº 3 DE QUEBRALEÑA, AGUA DE
CASTILLA, CANGREJILLO, COLEGIO SECUNDARIO N 55 ORATORIO, ESCUELA
SECUNDARIA RURAL N 3, RACHAITE, 1 COLEGIO SECUNDARIO N 55 en la localidad de Oratorio, Departamento Santa Catalina; 2 Escuela Secundaria Rural N 3 en la localidad de Cangrejillos, Departamento Yavi, la ESCUELA SECUNDARIA RURAL Nº 2 en la localidad de Agua de Castilla, Departamento Cochinoca; 4 Escuela Secundaria Rural Nº 3 en la localidad de Rachaite, Departamento Cochinoca; 5 Escuela Secundaria Rural Nº 1, en la localidad de Quebraleña, Departamento Cochinoca, correspondientes al Ministerio de Educación en el marco del Programa de Infraestructura Educativa Financiada por el C.A.F. En prueba de conformidad entre las partes, de las cláusulas que anteceden, y para su fiel cumplimiento, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto, en ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 21 días del mes de diciembre del año 2.020.- ACT. NOT. B-00596604-ESC.
GRACIELA VICTORIA OSKANIAN, ADS. REG. N 56- SAN SALVADOR DE JUJUY.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Feria Judicial 2021. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por un día. San Salvador de Jujuy, 12 de Enero de 2021.Dra. María Fabiana Otaola Secretaria 18 ENE. LIQ. N 22444 $1521,00.ADDENDA AL CONTRATO DE UNIÓN TRANSITORIA: INGENIERO PEDRO MARIO
CAMPOS S.R.L. -COPECSA S.R.L. U.T..-A.- PARTES y PERSONERÍAS, Entre la empresa INGENIERO PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L. CUIT 30-57231121-6, con domicilio en calle Espinosa Nº 622 Barrio Ciudad de Nieva, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada en este acto por su socio gerente: Pedro Mario Campos h, D.N.I. Nº 23.316.143, invocando Contrato Social Constitutivo: formalizado mediante Escritura Pública No 83 de fecha 19 de septiembre de 1985, autorizada por ante la escribana María C. González Llamazares, Titular del Registro Notarial N 7, inscripto en el Juzgado de Comercio de la Provincia de Jujuy, al Folio 24, Acta 23, al Folio 209 al 231 de S.R.L. del Legajo I, Toma I del registro de Escrituras Mercantiles, en fecha 27 de octubre de 1986; b Cesión de Gratuita de Cuotas Sociales: Pedro Mario Campos y Adriana Saravia Day a favor de Pedro Mario Campos y otros, instrumentada mediante Escritura Pública No 332 de fecha 13 de julio de 2005, por ante Escribana Mariana Antoraz, entonces adscripta al Registro Notarial 68, al folio 075/177del legajo VIII de marginales de Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en echa 7
de Septiembre de 2005; c Acta de Reunión de Socios Nº 2 de fecha 12 de agosto de 2005, pasada al folio 3 y 4 del libro de actas N 2 de Directorio, mediante el cual se designa como socio gerente de razón social, inscripta en el Juzgado de Comercio bajo asiento Nº 7, al folio 42/43 del Legajo IX Tomo I de Marginales del registro de escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 14 de febrero de 2006 d Acta de Reunión de Socios Nº 6, de fecha 05 de Julio del año 2006, pasada a folio 9/10 del libro de Actas N
2, mediante el cual se resuelve otorgar una prórroga al plazo de duración del contrato constitutivo; e Acta de reunión de Socios Nº 7, de fecha 6 de Julio de 2006, pasado al folio 10/11 del Libro de actas No 2, mediante la cual surge modificación parcial al artículo 69 de administración y representación, inscripto en el Juzgado de Comercio bajo asiento N 57, folio Nº 307, del legajo IX Tomo II de marginales del Registro de Escrituras mercantiles de S.R.L., en fecha de 22 de Septiembre de 2006; f Acta de Socio N 19 de fecha 28 de Diciembre de 2013, pasada al folio 23 del libro de Actas de directorio Nº 2 del cual surge modificación del domicilio fiscal de la Sociedad a calle espinosa N 622
del Barrio Ciudad de Nieva, Inscripta en el Juzgado de Comercio de esta Provincia, bajo asiento N 18, folio 182/202, del legajo 21, T. V de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 5 de Agosto de 2019 y la Sra. Eleonor Bellmann, D.N.I. Nº 23.946.068 y el Sr. Pedro Mario Campos D.N.I. Nº 23.316.143 en nombre y representación de COPECSA S.R.L. CUIT 30-71587335-0, con domicilio en Belisario Roldan No 317 del Barrio Los Perales, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en su carácter de Socios Gerentes, representación y facultades acreditan con contrato constitución formalizado por instrumento privado en fecha 08 de noviembre de año 2017, inscripto en el Juzgado de Comercio bajo Folio 134-Acta 134- Libro VI de S.R.L. y registrado con copia bajo asiento N1, Folio 1/9, del legajo XXIII Tomo Il del Registro de Escrituras mercantiles de S.R.L. de fecha de 28, en adelante denominados en particular Pedro Campos y Copecsa respectivamente serán llamados participes celebran esta Addenda al contrato de colaboración empresaria, del tipo UNIÓN TRANSITORIA DE
EMPRESAS, sujeto a las siguientes declaraciones y estipulaciones Cláusulas : PRIMERA -I-, Se Modifica la Cláusula XVII del Contrato Constitutivo, donde dice: DÉCIMO SEPTIMA -XVIIDOMICILIO. INGENIERO PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L.-COPECSA S.R.L.-UNIÓN
TRANSITORIA DE EMPRESAS U.T., constituye domicilio especial, para todo los efectos judiciales y extrajudiciales, ante terceros que deriven del presente contrato en calle Belisario Roldan Nº 317 del Barrio Los Perales, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. Debe decir: DÉCIMO SEPTIMA -XVIIDOMICILIO. INGENIERO PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L. COPECSA S.R.L.- U.T., constituye domicilio especial, para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, ante terceros que deriven del presente contrato en calle Belisario Roldan Nº 317 del Barrio Los Perales, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. En prueba de conformidad entre las partes, de las cláusulas que anteceden, y para su fiel cumplimiento, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 8 días del mes de Enero del año 2.021. ACT. NOT. B-00596604-ESC. GRACIELA VICTORIA OSKANIAN, ADS.
REG. N 56- SAN SALVADOR DE JUJUY.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Feria Judicial 2021. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por un día. San Salvador de Jujuy, 12 de Enero de 2021.Dra. María Fabiana Otaola Secretaria 18 ENE. LIQ. N 22444 $1521,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

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Boletín Oficial Nº 7

Dr. R. Sebastian Cabana-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. Mabel de los Ángeles González, D.N.I. Nº 23.630.810 que en el EXPTE. Nº C-108.498/18, caratulado: "Ejecutivo: Maturano, Juan Eduardo c/González, Mabel de los Ángeles", se dictó el siguiente Proveído de Fs. 48:San Salvador de Jujuy, 20 de septiembre del 2019.
Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art.162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs.34 y 34 vlta. mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber a la accionada Mabel de los Ángeles González, D.N.I. Nº 23.630.810 que deberá presentarsea hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio Art. 474 del C.P.C.. Notifíquese art.154 del C.P.C.-rfs.Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana:
Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria. Proveído de Fs.34 y 34vlta San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2018.Proveyendo el escrito que antecede, téngase por cumplido lo requerido a fs.19, 3er. párrafo. Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Art.472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra de Mabel de los Ángeles González, DNI Nº 23.630.810, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Catorce Mil doscientos con cero Ctvos.$14.200,00 en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos Cuatro Mil Doscientossesenta con cero Ctvos.$4.260,00 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles de la demandada hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Arts.52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.
Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Notifíquese art.154 C.P.C.rfs. Fdo. Dr.
R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria". Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días. San Salvador de Jujuy, 20 de Septiembre de 2.019.13/15/18 ENE. LIQ. 22033 $801,00.Dra. Lis M. Valdecantos Bernal Juez Habilitada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, Secretaria 11, en el EXPTE N C-097133/2017, caratulado: Ejecutivo: Miranda, Juana c/Machaca, Guillermo, cita y emplaza al demandado Guillermo Machaca, D.N.I. N 13.016.949, para que en el término de cinco días a partir de las ultimas publicación de edictos, pague ante este Juzgado y Secretaria, la suma de Pesos Cincuenta Mil $50.000 en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Diez Mil $10.000 presupuestadas para responder a ulteriores del juicio. En defecto e pago, se lo cita a Remate, para que en igual termino oponga excepciones legales que estime le correspondan, y por igual termino deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Kilómetros, de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en el sucesivo por Ministerio de Ley Art.52 del C.P.C. y de nombrarle, en caso de incomparecencia como representante, al Defensor Oficial con quien se seguirá el juicio. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 04 de Noviembre de 2020.18/20/22 ENE.

LIQ. Nº 22246 $ 267,00- LIQ. Nº 22411 $ 692,00.-

Dr. Diego Armando Puca, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaria N 4 en el EXPTE. C-147978/19, Caratulado: Ejecución de Convenio Mamani Jonatan Álvaro Franco C/Cutili Ricardo y Cutili Ivana Antonela Milena se procede a notificar por este medio a Cutili Ricardo y Cutili Ivana Antonela Milena el siguiente proveído: "San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero de 2020".1.-Atento a las constancias de autos, 1ibrese Edictos a fin de notificar al demandado de lo proveído a fs.13 de 1os presentes autos el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y en caso de incomparencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. 2.Notifíquese art.154 del CPC. Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días. Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación. San Salvador de Jujuy, 03 días del mes de febrero de 2019.18/20/22 ENE.

LIQ. Nº 22438 $ 346,00- LIQ. Nº 22446 $ 692,00.-

De acuerdo a la Resolución Nº 036/2020-SBDS del 19 de febrero del 2020 Expediente 0256-243-2014.
El Sr. Néstor Rodolfo López, DNI 10.008.563, en su carácter de titular de la explotación y usufructuario, presenta la Inclusión de la propuesta del Plan de Manejo Sostenible del Bosque en la Finca denominada Buena Voluntad, ubicada en el Distrito Los Sauces, Departamento San Antonio, Provincia de Jujuy. El PMSB se ubica en la Finca: Buena Voluntad, Distrito Los Sauces, Departamento San Antonio, Provincia de Jujuy, Matrícula C-75, Parcela 32, Padrón C-204, de 535 hectáreas, y respecto al cual se ha dictado la Resolución N 146/2013-DPDS de fecha del 04/12/2013 que aprueba el Plan de Ordenamiento Predial, todo conforme a conforme lo previsto en los Decretos Nº 5980/06 Art.
4to y Nº 9067/07, reglamentarios de la ley General del Ambiente, requiriéndose a tal efecto un estudio de impacto ambiental, que se encuentra a disposición del público en general, en las oficinas centrales de la Repartición, sita en República de Siria Nº 147 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy para su consulta. Se deberá publicar a su cargo por tres 3 veces en cinco 5 días, en boletín oficial de la Provincia, conforme al artículo 28º del DR 5980/06. Fdo Néstor Rodolfo López - Titular.
18/20/22 ENE.

LIQ. Nº 22445 $ 692,00.-

EDICTOS DE CITACION
Dra. Lis Valdecantos Bernal Juez Habilitada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, Secretaria N 11, en el Expte. N C-117770/18, caratulado Ausencia con Presunción de Fallecimiento LELLO DANTE LUIS, cita y emplaza al Sr. DANTE LUIS LELLO D.N.I. N
8.196.668 para que comparezca ante este Juzgado y Secretaria cualquier día hábil y horas de despacho, bajo apercibimiento de ley.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez Habilitada Ante mi Dra. Lucia FríasProsec. T. de Juzgado.- Publíquense edictos una vez por mes durante el término de seis meses en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia.- San Salvador de Jujuy, 12 de Febrero de 2.020.18 SEPT./ 19 OCT./ 16 NOV./ 18 DIC./2020- 18 ENE./ 17 FEB./2021 LIQ. N 21114 $1.602,00.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date18/01/2021

Page count8

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

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