Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/12/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 14 de 2020.-

1317

Boletín Oficial Nº 146

III.- Cúmplase con lo dispuesto por el Art. 536 del C.P.C. y acredítese fehacientemente la colocación del cartel indicativo correspondiente.- IV.- A tales efectos, instrúyase a los letrados de la parte actora la confección de las diligencias correspondientes Arts. 50 y 72 del C.P.C.;
fecho, deberá ser presentada en Secretaría para control y firma del Actuario.- V.- Notifíquese Arts. 155 y 156 del C.P.C..- Fdo. Dr. Carlos M. CosentiniPte. de TrámiteAnte mi Dra.
Carolina BurryProsecretaria.- San Salvador de Jujuy, 02 de Junio de 2020. Notifíquese a la Señora MARIA ISABEL DEL CARMEN SALSES, mediante edictos Art. 162 del C.P.C., como se pide. A tal fin, publíquese edictos en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, e instrúyase a la parte actora la confección de las diligencias pertinente, ello en virtud del deber de colaboración Arts. 50 y 72 del C.P.C.. Fecho, deberá presentarlas en secretaría para su debido control y firma, con la carga procesal de acreditar su diligenciamiento.- II Notifíquese Art. 155 del C.P.C.- Fdo. Dr. Carlos M. CosentiniJuez, Ante mi Dra. Carolina BurrySecretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 27 de Octubre de 2020.11/14/16 DIC. LIQ. N 22021-22111 $801,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dr. Juan Pablo CalderónJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1, Secretaria N
1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N C-074230/16 caratulado Ejecutivo: VILLEGAS
SERGIO OMAR C/ SOTO PEDRO JAVIER, se hace saber la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy 11 de octubre del 2016 ITéngase por presentada la Dra. Rosalía Txapi Baca en nombre y representación de VILLEGAS SERGIO
OMAR a mérito de la copia juramentada de poder presentada en autos por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- IIAtento lo previsto en los Arts. 472, 478 y 480
del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr.
SOTO PEDRO JAVIER DNI. N 31.590.821 en el domicilio denunciado por la suma de Pesos Cuatro Mil Setecientos $4.700,00 en concepto de capital y con más la suma de Pesos Mil Cuatrocientos Diez $1.410,00 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago Trábese Embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 Secretaria N 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- IIIAsimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IVPor el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Ítem.- VPara el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- VINotificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VIIA lo demás solicitado estése a lo ordenado precedentemente.- VIIINotifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón Juez. Ante mí Dra. Amelia del Valle Farfán-Prosecretaria.- Proveído de fecha 24/04/2019: S. S. de Jujuy 24 de abril de 2019 I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Proveyendo a la presentación de fs. 92, atento a lo informado por el Oficial de Justicia a fs. 11, 47 y 61, el Juzgado Electoral fs. 77, la Policía de la Provincia a fs. 85 vta., ANSES a fs. 81/84, EJESA a fs. 24, NORTELEVISA S.A. a fs. 27/37, MUNICIPALIDAD DE
S. S. DE JUJUY fs. 42, IVUJ fs. 52/54 y encuesta realizada por la Policía de la Provincia a fs.
86, notifíquese al demandado Sr. SOTO PEDRO JAVIER DNI. N 31.590.821 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C.- Para el caso que el demandado Sr.
SOTO PEDRO JAVIER DNI N 31.590.821 no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda Art. 474 in fine del C.P.C..- III.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- IV.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P. C., impónese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma.- V.- Notifíquese Art. 155 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón Juez. Ante mi Dra. Amelia del Valle FarfánSecretaria.- Publíquese por Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.- Secretaría N 1, Dra.
Verónica M. Córdoba Etchart Firma Habilitada.- San Salvador de Jujuy, 29 de octubre de 2020.11/14/16 DIC. LIQ. N 22104-22134 $801,00.Art. 2 Ley 11.867. El Sr. MARCELO PABLO MÁSCOLO DNI 14.246.652, con domicilio en calle Alvear Nº 590, segundo piso C, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, vende y transfiere el 100% del FONDO DE COMERCIO DENOMINADO SERVICIO DE
HEMOTERAPIA DR. MARCELO MASCOLO ubicado en el consultorio Nº 35 del edificio sito en calle Belgrano Nº 340, Piso 4, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, establecimiento para la salud sin internación de tratamiento ESSIT conforme al Art. 3 inc. 3.3
apartado I de la Resolución 8150-S/2012, modificatoria del Capitulo II del Decreto Reglamentario Nº 4425-BS-91 de la Ley Provincial 2814/71, establecimiento de salud complementario privado ESCL a PAOLA BETIANA VIDOVIC, DNI 32.453.121, CUIL 2732453121-7 argentina, mayor de edad, con domicilio en calle Zurita Nº 509, Piso 1, Departamento 428, San Pedrito, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, estado civil, soltera. Los eventuales acreedores deberán presentarse a ejercer sus derechos en el plazo de ley 11.867 10
días de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 y de 17:00 a 21:00 en calle Belgrano 1335, Piso 3, Dto.
A de esta ciudad.- Fdo. Paola Betiana Vidovic.-

adelante la presente ejecución seguida por la Firma CREDIMAS SOCIEDAD ANONIMA en contra del SR. ANIBAL GUSTAVO CHOQUE hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Un Mil Ciento Treinta y Siete con Cincuenta y Un Centavos $1.137,51 con más los intereses a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de presentación al cobro denunciada 01/12/2007 y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, y como punitorios, encontrándose estipulados, se fijan en un 50% de los moratorios, todo con más I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- III.
Regular los honorarios profesionales de la Dra. Liliana Cristina de Tezanos Pinto en la suma de Pesos Seis Mil Setenta y Dos $6.072.- que equivale a 6 UMAS atento a que la suma de capital e intereses compensatorios y moratorios a la fecha no supera la suma de $10.120.- que torna aplicable la escala legal, conforme lo dispuesto por los Arts. 17, 24, y 35 de la Ley. Dicha suma llevará un interés igual a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros:
Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 58 en contra del SR. ANIBAL GUSTAVO
CHOQUE mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI. Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-JuezAnte Mi Secretaria María Laura López Pfister.- Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en cinco días.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Secretaría: María Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 19 de Diciembre de 2.019.14/16/18 DIC. LIQ. N 22205 $801,00.Dr. Puca Diego ArmandoJuez, Agustina NavarroProsecretaria de la Secretaria Nº 3- Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 2 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N C142914/19, caratulado: Acción de Cambio de Nombre: BELEIZAN REYMUNDO JORGE.Procede a expedir la presente: San Salvador de Jujuy, 07 de Agosto de 2019: Ordenase la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local, una vez al mes, durante dos meses, haciendo saber que se inicio el trámite de Cambio de Nombre de BELEYZAN
REYMUNDO JORGE por BELEYZAN JORGE, solicitando se suprima el nombre de REYMUNDO.- Hágase saber que podrá formularse oposición al mismo dentro del plazo de quince días hábiles a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de hacer lugar a lo solicitado.- Fdo. Dr. Puca Diego ArmandoJuez, Proc. Agustina Navarro-Pro Secretaria.14 DIC. /15 ENE./2021 LIQ. N 22085 $267,00.INSCRIPCION DE MARTILLERORUTH NOELIA ANCASI D.N.I. N 30.756.684, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.14/21/28 DIC. LIQ. Nº 22223 $801,00.-

EDICTOS DE CITACION
Dr. Mario Alejandro Maldonado, Agente Fiscal de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Propiedad, en la causa Expte. Nº P-223215-MPA, Caratulado: GARCIA PEREZ, ELISEO; PEREZ, DAVID JONATAN; FLORES, FRANCO EMANUEL Y ORTEGA, LUIS
FERNANDO P.S.A. ROBO CON ESCALAMIENTO Y EN POBLADO Y EN BANDA;
PEREZ GARCIA, ELISEO Y PEREZ, DAVID JONATAN P.S.A. ADULTERACION DE
NUMERACION DE BIENES REGISTRABLES Y PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE
FUEGO EN CONCURSO REAL Y RAMON, MIGUEL ANGEL P.S.A. PARTICIPE
NECESARIO EN EL DELITO DE PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE
USO CIVILCIUDAD. cita, llama y emplaza a LUIS FERNANDO ORTEGA, alias CUI, argentino, D.N.I. N 42.072.467, con último domicilio conocido en Calle Hornos N 475 B
Antártida Argentina de la Ciudad de Palpalá, para que comparezca ante esta Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Propiedad, SITA EN Av. Urquiza N 462 de esta ciudad, a estar a derecho dentro del término de cinco 5 días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incomparecencia sin causa justificada art. 203 del C.P.P..- Fdo. Dr. Mario Alejandro MaldonadoAgente Fiscal-, ante mí: Dr.
Nicolás Fernández, Secretario.-Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días, sin necesidad de previo pago.- Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Propiedad, 02 de Diciembre de 2020.09/11/14 DIC. S/C.-

14/16/18/21/23 DIC. LIQ. N 22155-22156-22157-22159-22160 $1.335,00.Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3- Secretaria N
5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N B-201167/08 caratulado: Prepara Vía Ejecutiva:
CREDIMAS S.A. c/ CHOQUE ANIBAL GUSTAVO, hace saber al SR. ANIBAL GUSTAVO
CHOQUE, la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 12
de Diciembre del 2.019.- Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve: I.- Mandar llevar
EDICTOS SUCESORIOS
En el Expte. N D-034657/2020, caratulado: Sucesorio Ab Intestato de Don CARLOS
ALBERTO GOMEZ, El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaria
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date14/12/2020

Page count16

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031