Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/12/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 11 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 145

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO N 8700-E/2019.EXPTE. N 1050-120/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 FEB. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desígnase a la Licenciada MARIA ROSA SUAREZ VARGAS, D.N.I. N 14.966.957, en el cargo de Directora de Educación Superior dependiente de la Secretaría de Gestión Educativa del Ministerio de Educación a partir de la fecha del presente Decreto, por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 3.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio, de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 9916-S/2019.EXPTE. N 761-380/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizar al Instituto de Seguros de Jujuy, en el marco de la excepción prevista en el artículo 1 - in fine - del Decreto Acuerdo N 3789-H2001, a la adquisición de bienes de capital cinco 5 aires acondicionados, por el monto de pesos ochocientos mil con 00/100 ctvs. $ 800.000,00, mediante el procedimiento que corresponda conforme Decreto Acuerdo N 3716-H/78, Régimen de Contrataciones del Estado, Decreto Acuerdo N 8484-HF-19, quedando expresamente facultase en mencionado organismo, para continuar, adjudicar, aprobar culminar el procedimiento de compra, debiendo cumplir exhaustivamente ARTICULO 2.- Lo dispuesto en el artículo precedente, se afectará a la partida Bienes de Capital prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del I.S.J. por el Ejercicio 2019, que a continuación se expone en forma desagregada:
TOTAL EROGACIONES
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Erogaciones de Capital Bienes de Capital $14.035.904,50
Bienes de Capital - ISJ Seguros $3.700.000,00
ARTICULO 3.- Previa Toma de Razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma integral o sintética y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. - Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1120-G/2020.EXPTE. N 0241-718-2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévese, desde el 1 de Enero de 2020, a la Categoría 24 del Agrupamiento Administrativo, Escalafón General Ley N 3161/74, a la señora MARIA LILIANA AGOSTINI, CUIL 27-14374333-6, personal de planta permanente de la Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación, Categoría 22 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07
reglamentario de la Ley N 5502, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación emergente se atenderá con afectación a la Partida de Gastos en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2020 Ley N 6149 para la U. de O. A-2J-3 Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando créditos de la Partida: 1-1-1-1-1-60
"Adecuación Ley 5562, prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- Instrúyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3 del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias; quedando la agente intimada en los términos del Artículo 100 bis de la Ley N 3161/74, modificada por Ley N
5748/12.-

1292

ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento y, gírese a la Dirección Provincial de Personal a los efectos determinados por el Artículo 3.
Fecho, vuelva a la Dirección Provincial de Piensa y Medios de Comunicación a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1351-MS/2020.EXPTE. N 1414-029/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 AGO. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Di sp ó ng a se , a p a rt i r d e l a fec h a d e no t i fi c a ci ó n de l p re se n te Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SARGENTO
QUISPE NATALIA SOLEDAD, D.N.I. N 28.175.382, Legajo N 14.401, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del SARGENTO QUISPE
NATALIA SOLEDAD, D.N.I. N 28.175.382, Legajo N 14.401, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto N 1161-MS/16.ARTICULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1635-MS/2020.EXPTE. N 740-789/2019.C/agdo. N 1414-465/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 SET. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Modificase el artículo 2 del Decreto N 10628-MS/19, de fecha 20 de setiembre de 2.019, respecto del Retiro que le corresponde al funcionario antes mencionado, debiendo consignarse como se indica a continuación:
"ARTICULO 2: Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO BURGOS
NATALIA SOLEDAD, D.N.I N35.931.867, Legajo N18.707, por encontrarse comprendido en las disposiciones del articulo 14 inc. d de la Ley N 3759/81 y Decreto N 1161-MS/19."
ARTICULO 2.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.
ARTICULO 3.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincia de Personal y Policía de la Provincia de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1640-MS/2020.EXPTE. N 740-089/2020.c/agdo. N 1414-512/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 SET. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Modificase el artículo 2 del Decreto N 10629-MS/19, de fecha 20 de Setiembre de 2.019, respecto del Retiro que le corresponde al funcionario antes mencionado, debiendo consignarse como se indica a continuación:
ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO CLAROS
GUSTAVO MARTIN, D.N.I. N 34.355.463, Legajo N 18.580, por encontrarse
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date11/12/2020

Page count12

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031