Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 20 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 47

Consultas Virtuales: Refuerzo del sistema de consultas virtuales, pata atención remota, y derivación, si fuera necesaria, de problemática de adultos mayores.
Campaña barrial y domiciliaria: Promoción de medidas de prevención y protección de contagio del COVID-19, para definir y comunicar ampliamente, estrategias y protocolos, que aseguren la prevención de contagios intradomiciliarios de los adultos mayores, medidas de higiene, aislamiento, uso de barbijos, guantes, etc.
Difusión masiva: Amplia presencia y difusión de información calificada, estrategias, protocolos, seguimientos, y controles, por responsables de la MESA
DE TRABAJO COVID-19 Adultos Mayores televisión, radio, diarios, redes sociales, medios digitales, etc..
Promoción de actividad física y recreativa Implementación y difusión de programas que estimulen la realización de actividad física y recreativa intradomiciliaria, con el objetivo de preservar la salud física y mental de los adultos mayores, minimizando los efectos del distanciamiento social.
4. Seguimiento, control y contención integral de adultos mayores Seguimiento, control, asistencia integral y contención de aquellos adultos mayores que se encuentren registrados en la base de datos única creada a estos efectos.
5. Refuerzo de política asistencial, sanitaria y alimentaria de adultos mayores vulnerables Garantizará la asistencia integral, con entrega de módulos alimentarios y elementos sanitaros básicos de protección, para adultos mayores que lo necesiten o en situación de vulnerabilidad.
6. Readecuación de infraestructura sanitaria Relevamiento de edificios sanitarios para asegurar que sean funcionales en la emergencia COVID-19, para resguardo de adultos mayores, en caso de infección, o de ser necesarias relocalizaciones.
7. Sistema de Voluntarios Conformación, control, coordinación, asignación de funciones, e instrucción, de una red comunitaria intersectorial de voluntarios para asistencia y contención de adultos mayores, a cargo de la Subsecretaria de Atención, Promoción y Prevención de la Secretaría de Salud.
Metodología de implementación:
Creación y diseño de plataforma web para registro de personas que quieran y puedan participar del Sistema de Voluntariado, con satisfacción de requisitos mínimos de admisión e instructivo para acceso. Se exigirá que no se trate de personas que pertenezcan a grupos de riesgo o con enfermedades preexistentes, lo que deberá acreditarse con certificación médica.
Selección de aspirantes y capacitación integral con relación a la situación epidemiológica general, normas de protección personal e higiene, y, en especial, particularidades de la población de adultos mayores, riesgos y vulnerabilidad.
Asignación de acciones en planes, estrategias, y protocolos de prevención, protección y profilaxis.
Trabajo conjunto y coordinado, con Ministerios, áreas gubernamentales, organizaciones sociales, Intendencias, Municipios, Comisiones Municipales, sectores activos de la sociedad, Centros Vecinales, Centros de Jubilados, Universidades, Iglesias, Cultos, ONG, Comunidades Indígenas, etc.
Concientización, difusión, protección familiar, e intradomiciliaria de adultos mayores.
Instrucción, asegurando protección personal, para eventuales casos de necesidad de asistencia de adultos mayores con sospecha de infección, o intervención en operativos de Emergencia.
Diseño de control del cumplimiento de asistencia y actividades por parte de los voluntarios del sistemaRecepción de información como canal de comunicación diario y directo, sistematizando la información valiosa de adultos mayores, para conocimiento del grupo, y facilitar la toma de decisiones estratégicas.
Capacitación e integración de voluntarios para asistencia de adultos mayores, en redes de contención telefónica, relevamientos de su estado y situación, reducción de efectos del distanciamiento social.
Asistencia en redes de colaboración y asistencia de adultos mayores, compra, traslado o recepción de alimentos, medicamentos y trámites en general.
Campaña comunicacional Captación de voluntarios a través de plataformas web propias o del COE.
Campaña general de promoción de medidas de prevención del contagio de COVID-19 en adultos mayores, con amplia exposición y comunicación de estrategias y protocolos, evitando contagios intradomiciliarios de adultos mayores, medidas de higiene, aislamiento, uso de barbijos, guantes, etc.

Campaña barrial y domiciliaria, que difunda las estrategias de aislamiento intra hogar de adultos mayores, higiene, distancia y utilización de elementos de protección de los integrantes del grupo familiar conviviente, que aseguren la difusión de las ventajas de reducir al máximo las posibilidades de contagio intradomiciliarios de los adultos mayores, y su permanencia en ambientes resguardados.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

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GOBERNADOR
DECRETO N 782-S/2020.EXPTE. N.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ABR. 2020.VISTO:
El Decreto Acuerdo N 776-S-2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el citado instrumento legal se dispuso la aprobación del Plan de acción de adultos mayores COVID-19 CORANAVIRUS y la creación de la Mesa de trabajo Adultos Mayores;
Que, en el Anexo I, punto 7, se deslizo un erro material involuntario respecto al Sistema de Voluntarios, pues quedo claro que quedara a cargo del Ministerio de Desarrollo Humano.Por ello, en uso de las facultades que son propias EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rectifíquese el Anexo I, Punto 7 del Decreto Acuerdo N 776-S2020 de fecha 15 de Abril de 2020, donde dice Subsecretaria de Atención, Promoción y Prevención de la Secretaria de Salud, debe decir Ministerio de Desarrollo Humano.ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por los Ministros de Salud y Desarrollo Humano.ARTICULO 3.- Registrase, tome razón Fiscalía de Estado, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Pase al Ministerio de Desarrollo Humano para conocimiento. Cumplido. Vuelva al Ministerio de Salud.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO ACUERDO N 783-S/2020.EXPT. N.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ABR. 2020.VISTO:
Las disposiciones emanadas por los Poderes Nacional y Provincial, y las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia COE y;
CONSIDERANDO:
Que, las medidas previstas en las normativas dictadas se encuadran en la acción decidida del Gobierno Provincial y del COE para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud;
Que, en este contexto a la fecha hay personas que desean retornar a sus domicilios en nuestra provincia, provenientes del exterior o de otras provincias, para quienes es necesario implementar un sistema a fin de controlar efectivamente las condiciones óptimas de salud;
Que, para este supuesto se deberá aplicar, corno requisito indispensable, la Resolución Conjunta RESFC-2020-2-APN-MI de fecha 17 de abril de 2020, dictada por el Ministro de Transporte y del Interior de la República Argentina, respecto la Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual";
Que, tramitada la certificación antes mencionada, las personas que deseen retornar a nuestra provincia, deberán gestionar ante el Comité Operativo de Emergencia de la Provincia una segunda autorización que definirá su ingreso y posteriormente cumplir, por el término de 14 días, el aislamiento social, preventivo y obligatorio en hoteles, hospedaje o residencias asignadas por el COE;
Por ello en uso de las atribuciones que son propias:
EL GOBERANDOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1.- Aprobar el Protocolo de Ingreso a la Provincia de Jujuy de aquellos residentes jujeños que deseen retornar a sus domicilios de origen, sea que provengan del exterior u otras provincias. El protocolo que por este acto se aprueba, determinará la forma de cumplir con el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", dispuesto por Decreto Provincial N 753-G-2020 y la Resolución 13COE-2020 que como Anexo I forma parte integrante del presente DecretoAcuerdo.ARTICULO 2.- Disponer que los ciudadanos jujeños repatriados desde el exterior u otras provincias, deberán tramitar en primera instancia, la declaración jurada de "Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual", establecida en la Resolución Conjunta RESFC-2020-2-APN-MI de fecha 17 de abril de 2020
dictada por el Ministro de Transporte y del Interior de la República Argentina.
Cumplida y autorizada la misma, deberán gestionará una segunda autorización ante las autoridades del Comité Operativo de Emergencia de la Provincia C.O.E., organismo que establecerá un cronograma de ingresos, en forma gradual, planificada y segura, para cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco del Plan Fronteras Seguras para Salvar Vidas.ARTICULO 3.- Facúltese al Comité Operativo de Emergencia de la Provincia C.O.E. a dictar todas las normas e instructivos, implementar procedimientos y mecanismos que demande la efectiva e inmediata aplicación del presente Decreto Acuerdo.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date19/04/2020

Page count4

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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