Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/12/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy
Diciembre, 21 de 2018.-
DECRETO Nº 7844-S/2018.EXPTE Nº 700-302/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 OCT. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Suprímase a partir del 1/4/18 la Coordinación de Bienes Muebles, Mantenimiento y Edificios Públicos dependiente de la U. de O. R 7-04 Dirección Provincial de Recursos Físicos e Infraestructura - Secretaria de Coordinación General del Ministerio de Salud.ARTICULO 2º.- Créase a partir del 1/4/18 la Dirección de Odontología de la Provincia dependiente de la U. de O. R6- Secretaria de Salud y un cargo de Director.ARTICULO 3.- Asignase a la Dirección de Odontología de la Provincia las Misiones y funciones que se consignan en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud, de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7874-S/2018.EXPTE Nº 200-249/18.Agdos. Nº 700-410/17, Nº 728-321/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 OCT. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. CATALINA ELENA
LLAMPA, D.N.I. N 22.188.750, en contra de la Resolución N 2128-S-18, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 16 de abril de 2.018, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Dejase constancia que el acto administrativo se emite al sólo efecto de dar cumplimiento al art. 33 de la Constitución Provincial sin que implique la reapertura de instancias, fenecidas o caducadas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7909-E/2018.EXPTE Nº 1056-932-16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 OCT. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase el reclamo de pago de haberes adeudados a la SRA.
MERCEDES DEL CARMEN ORELLANA D.N.I. N 13.844.021, Personal de Servicios Generales del Colegio Secundario N 29, correspondiente al periodo 2010, 2011, 2012 y 2013, por los motivos expuestos en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7925-S/2018.EXPTE Nº 200-205/18.Agdos. Nº 700-505/17, Nº 715-1621/17 y Nº 715-525/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 OCT. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de apoderado legal del Sr. HECTOR PELOC, D.N.I. N 5.537.946 en contra de la Resolución N 1912-S/18 emitida por el Sr.
Ministro de Salud en fecha 23 de marzo de 2.018, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Por aplicación del principio de eventualidad procesal, dejase opuesta, en subsidio, la defensa de prescripción prevista en el Art. 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7956-S/2018.EXPTE Nº 717-229/15.Agdo. Nº 717-125/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase la aplicación de la sanción expulsiva de CESANTIA al Sr.
RODRIGO NICOLÁS OMAR CARTAGENA, C.U.I.L. N 23-29629823-9, legajo N
14.994, personal de planta permanente del Hospital Néstor Sequeiros, por transgresión a la normativa del art. 100 inc. 1, 2, 4 15, 21, 23 de la Ley N 3161/74 en concordancia con el art. 168 inc. 5 y art. 173 de la citada ley.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
1707
Boletín Oficial Nº 143
DECRETO Nº 7975-MS/2018.EXPTE Nº 1414-1490/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Concédase a partir del día subsiguiente a su notificación, sesenta 60
días de Licencia Excepcional con goce de haberes, a favor del personal dependiente de Policía de la Provincia que siguientemente se nomina, conforme las previsiones del artículo 25º inc. f, del Reglamento del Régimen de Licencias Policiales R.R.L.P.:
01
Comisario Inspector
02
Comisario Inspector
03
Comisario Inspector
04
Comisario
05
Sub Comisario
06
Sub Comisario
07
Sub Oficial Mayor
08
Sub Oficial Principal
ESCALERA
VALENTÍN
RENÉ
CORIA
FERNANDO
NICOLAS
MOSCOSO
ANGEL
GABRIEL
ZAMBRANO DISTEFANO
Sub Oficial Principal
SORIANO EDGAR ANIBAL
10
Sub Oficial Principal
11
Sargento Ayudante
ARIAS
VALENTIN
APARICIO
SOZA NESTOR ANDRÉS
12
Sargento Ayudante
13
Sargento Ayudante
14
Sargento Ayudante
15
Sargento Primero
FLORES
JORGE
HUMBERTO
APAZA NOLASCO
ALANCAY
NORBERTO
LEODEGARIO
ALVAREZ DAVID AMADO
PALAVECINO
RUBEN
ROLANDO
PEREZ ROQUE RAUL
RAMOS
GUSTAVO
SCHIRADO
RICARDO
RODOLFO
PEDRO
Legajo 12.414
Legajo 12.635
Legajo 12.652
Legajo 13.309
Legajo 13.280
Legajo 14.028
Legajo 12.678
Legajo 9.228
Legajo 12.931
Legajo 13.254
Legajo 13.025
Legajo 13.243
Legajo 13.349
Legajo 13.352
Legajo 13.357
Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº
ARTÍCULO 2.- Por Policía de la Provincia, notifíquese a los funcionarios con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs de la Ley N 1886/48.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7997-ISPTyV/2018.EXPTE Nº 612-525-2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase al Sr. Santos Vicente Tintilay, D.N.I. N 8.302.930, al cargo Categoría 24, Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Personal Planta Permanente dependiente de la Dirección General de Arquitectura, con retroactividad al 1 de enero 2017, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3 Anexo I del Decreto N
8865-H/07 reglamentario de la Ley N 5502/05. ARTÍCULO 2.- Lo dispuesto en este Decreto se atenderá con la siguiente partida:
Ejercicio 2018
Partida de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuestó General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6046, para la U. de O.: "V3A"- Dirección General de Arquitectura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida Prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada: 11-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502". EJERCICIOS ANTERIORES Periodo no consolidado Se -imputará a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 para "Pago Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", y conforme la disponibilidad de saldó de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Publico a sus demás efectos.ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal el control y cumplimento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3 del Decreto N 8865-H-07, y de lo dispuesto por el Artículo 100 bis de la Ley N 3161/74 y su modificación por la Ley N 5748/72, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8012-S/2018.EXPTE Nº 200-241/18.y Agdo. Nº 700-440/17, Nº 716-985/17
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo