Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 09 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 126

ARTICULO 3.- Instrúyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias; y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N 3161/7, modificado por Ley N 5748.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7868-HF/2018.EXPTE Nº 500-738-2018.Agregados Nº 500-323/18 y Nº 560-46-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 OCT. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO
1º.Apruébase el modelo de CONTRATO
DE
CONTRAGARANTIA a suscribir entre la REPUBLICA ARGENTINA y la PROVINCIA DE JUJUY que como anexo integra el presente, conforme lo dispuesto en las Leyes N 5.954, N 6.013 y N 6.084, de conformidad a lo expresado en el exordio del presente.ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Hacienda y Finanzas y de Ambiente.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 000141-MS/2018.EXPTE Nº 1400-254/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2018.EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Rechazase la solicitud de Reincorporación a la Fuerza Policial interpuesta por el Ex Cabo Primero de Policía de la Provincia Sr. Ricardo Daniel Martínez, D.N.I. Nº 29.383394, por las consideraciones expuestas en el exordio.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el Capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.Dr. Ekel Meyer Ministro de Seguridad
CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS
LA ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CRISTIANAS EVANGÉLICAS DE
JUJUY ADICEJU.- Personería jurídica N 3969-G-01; Convoca a sus asociados a la asamblea general ordinaria la cual tendrá lugar el día 19 de noviembre 2018 a Hs. 20:30 en nuestra sede de calle Mejías N 584 del B Santa Rita S.S. de Jujuy.ORDEN DEL DIA- 1.Lectura y aprobación del acta anterior.- 2. Aprobación de balances del año 2016 y 2017.- 3. Informe de gestiones de la Asociación.- 4.
Elección de nuevas autoridades.- 5.Modificación del estatuto.- Fdo. Alejandro Conde Aramayo-Presidente.09 NOV. LIQ. 15970 $125,00.Acta N 81.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de Julio de 2016, siendo las 16 horas se reúnen en la sede social sita en la calle Gemes 666, Barrio Centro, los señores socios de QUILAY S.R.L. Preside la reunión el socio Sr. Raúl Jorge Rojas en su carácter de Gerente y manifiesta que la presente Reunión de Socios cuenta con la presencia de la totalidad de los socios que representan el 100% de las cuotas y votos de la Sociedad.- Abierto el acto se pasa a considerar el primer punto del Orden del Día: 1 ELECCIÓN DE LOS
FIRMANTES PARA SUSCRIBIR EL ACTA DE REUNIÓN DE SOCIOS. La totalidad de los socios presentes resuelven por unanimidad suscribir el acta.-Acto seguido se pone a consideración de los socios el segundo punto del Orden del Día:
2 CONSIDERACIÓN DE LA CESION DE CUOTAS DEL SR. JUAN MARIA
ROJAS. Se pone en consideración que en el día de la fecha el Sr. Juan María Rojas ha cedido y transferido al restante socio Sr. Raúl Jorge Rojas la totalidad de sus cuotas sociales, de lo que así se deja constancia en función de lo previsto por el Contrato Social. Acto seguido, se pasa a tratar el tercer punto del Orden del Día: 3
RENUNCIA AL CARGO DE GERENTE DEL SR. JUAN MARIA ROJAS. En consideración a lo tratado en el punto anterior y dado que el Sr. Juan María Rojas no tiene más participación en la Sociedad, el Sr. Juan María Rojas renuncia expresamente al cargo de Gerente y declara y manifiesta que nada le adeuda la Sociedad por ningún concepto renunciando a todo evento a cualquier suma a percibir de la misma por sus tareas realizadas en su carácter de gerente o cualquier otro. Acto seguido, se pasa a tratar el cuarto punto del Orden del Día: 4
CONSIDERACIÓN DEL AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL Y REFORMA

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DE LA CLÁUSULA CUARTA DEL CONTRATO SOCIAL. El Sr. Raúl Jorge Rojas manifiesta sobre la conveniencia de proponer un aumento de capital con la simultánea incorporación de un nuevo socio, para cumplir los planes de inversión de la sociedad, en virtud del análisis de la situación actual de la Sociedad y potencialidades de la empresa, sumado a los proyectos que se pueden concretar en el camino de crecimiento de la misma. El Capital Social se elevaría en $2.500.pesos dos mil quinientos con lo que el Capital Social total sería entonces de $12.500.- pesos doce mil quinientos mediante la emisión de 250 cuotas de $10
valor nominal cada una con una prima de emisión total de $ 5.997.500 pesos cinco millones novecientos noventa y siete mil quinientos. El mismo se integraría con la capitalización de los aportes irrevocables ya efectuados por el Sr. Manuel Orlando Carbajales, que se incorpora a la Sociedad como socio, cuyos datos personales son:
D.N.I. 11.777.522, C.U.I.T. 20-11777522-8, fecha de nacimiento 11/10/1955, de estado civil casado, con domicilio real en Bartolomé Mitre 850, Santiago Temple, Provincia de Córdoba, y con la integración que realizará el Sr. Manuel Orlando Carbajales, dentro del plazo de tres meses.- Por unanimidad se aprueba la moción propuesta por el Sr. Raúl Jorge Rojas aumentándose el Capital Social a la suma de $12.500 pesos doce mil quinientos. Se encuentra presente y suscribe en carácter de conformidad y aceptación por su incorporación y los compromisos asumidos, el Sr. Manuel Orlando Carbajales. De resulto de ello, las nuevas tenencias a los que la totalidad de los socios prestan expresa conformidad en razón de los redondeos necesarios, serán los siguientes: I Raúl Jorge Rojas: 1.000 cuotas de $10 valor nominal cada una y representativas del 80% del capital social y de los votos; II
Manuel Orlando Carbajales: 250 cuotas de $10 valor nominal cada una y representativas del 20% de capital social y de los votos. Que la totalidad de los socios dejan constancia expresamente que han renunciado a los derechos de acrecer y suscripción preferente en razón de lo aquí acordado. A sus fines, se deja constancia que el Sr. Carbajales suscribe esta acta y que ha estado presente al momento de esta decisión por invitación del restante socio. Por unanimidad se aprueba la reforma de la cláusula CUARTA del Contrato Social, la que quedará redactada de la siguiente manera: CUARTA: El capital social se fija en la suma de Pesos doce mil quinientos $12.500, dividido en un mil doscientas cincuenta 1.250 cuotas de diez pesos $ 10 valor nominal cada una. Cuando el giro comercial de la Sociedad lo requiera, el Capital indicado podrá aumentarse hasta el monto que los socios lo dispongan. La suscripción e integración se realizará conforme lo establecido por la Ley 19.550. Acto seguido, se pasa a tratar el quinto punto del Orden del Día: 5 CONSIDERACIÓN DE LA REFORMA INTEGRAL
DEL CONTRATO SOCIAL. APROBACIÓN DE UN NUEVO TEXTO
ORDENADO: El Sr. Raúl Jorge Rojas manifiesta que resulta conveniente reformar el Contrato Social de la Sociedad a fin de adecuar el mismo a la normativa vigente y a la actualidad de los negocios sociales, y emitir un Texto Ordenado del mismo para el mejor desenvolvimiento de la Sociedad, especialmente modificando: la cláusula 4º actualizando el Capital Social en virtud del aumento de capital aprobado en el punto precedente; la cláusula 5º habilitando la posibilidad de que la gerencia sea ocupada por no socios y modificando el plazo de duración de la misma; la cláusula 6º aumentando las mayorías exigidas para todo tipo de resoluciones sociales; la cláusula 7º modificando las limitaciones de las transferencias de cuotas sociales; y la cláusula 10º a los efectos de recomprarle la porción a los herederos en virtud de un valor real y actual. Atento que el texto propuesto con la nueva redacción del Contrato Social de QUILAY SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ya ha sido circularizado entre los Señores socios, su redacción se aprueba por unanimidad de los votos presentes conforme el siguiente TEXTO ORDENADO: PRIMERA: La sociedad se denominará QUILAY
S.R.L. y tendrá su domicilio legal en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. La Sociedad podrá trasladar su domicilio a otra ciudad e instalar sucursales, agencias, fábricas, estudios y/o depósitos en el país o en el extranjero.
SEGUNDA: Su duración será de 99 años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo prorrogarse este plazo por iguales períodos. TERCERA: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, ajena, o asociada con terceros, en forma permanente o transitoria, a las siguientes actividades: A La representación de artistas nacionales o extranjeros de cualquier rama del arte, promocionando, publicitando y difundiendo sus actividades por todo tipo de medio apropiado a tales fines y comprometiendo, programando y organizando sus actividades y/o actuaciones en el país y en el extranjero, celebrando y suscribiendo los respectivos contratos en ejercicio de las representaciones conferidas; B Producción, organización y comercialización de espectáculos en vivo, televisivos, radiales y cinematográficos en el país o en el exterior, sean musicales, teatrales o de cualquier otro género, en uso de representaciones conferidas o contratando a tales efectos los artistas necesarios y los lugares, personal y elementos indispensables para la realización de tales eventos; C Producción, reproducción, publicación, distribución y en general comercialización en todas sus formas de fonogramas, sea en disco, cinta magnética, disco láser o cualquier otro soporte, inventado o a inventarse, conviniendo a tal efecto con los titulares de los derechos sobre los fonogramas las respectivas representaciones y/o autorizaciones para su reproducción y/o comercialización; D Compra, venta, locación, importación y exportación de productos y servicios relacionados con las actividades detalladas anteriormente en A, B y C, concesión de licencias para la explotación de caracteres y personajes relacionados con dichas actividades merchandising y la realización de todos los servicios vinculados a las mismas no expresamente prohibidos por las leyes de la República; E Editora, mediante la impresión, difusión, importación, exportación;

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/11/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date09/11/2018

Page count12

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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