Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 18/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 95

Miércoles, 18 de mayo de 2022

Pág. 8280

respecto de los que habiendo aportado la documentación exigida no han reunido los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.
Cuarto. En el informe emitido por el Órgano Instructor, de fecha 13-05-2022, constan las solicitudes que reúnen los requisitos establecidos en la normativa reguladora y que han sido admitidas a la fase de evaluación.
Quinto. Por el Órgano Colegiado se ha elevado informe de evaluación de las solicitudes admitidas, de fecha 16-05-2022, en el que se contienen la relación de solicitudes y las cuantías que, a juicio del Órgano Colegiado, procede asignar a cada una de ellas a tenor de los criterios de valoración fijados en la convocatoria. Y en este sentido, el importe de la subvención propuesta viene determinado por la puntuación de la valoración técnica art. 7
de la convocatoria del proyecto que se toma como porcentaje de la cuantía del importe solicitado hasta el máximo establecido en las Bases de la Convocatoria. Se establece el corte en 52 puntos en adelante para la Línea 1 y 34 puntos en adelante para la Línea 2.
Igualmente, se acompaña relación de solicitudes, ordenadas por orden decreciente de la puntuación total obtenida de acuerdo con los criterios de valoración, que no pueden ser atendidas con los recursos con los que cuenta la Convocatoria.
Fundamentos de Derecho Primero. La legislación en lo esencial está constituida por la Bases de Ejecución del Presupuesto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en adelante L.G.S., el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones en adelante R.L.G.S., la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en adelante L.P.A.C.A.P. y por la normativa contemplada en la Convocatoria.
Segundo. Según el art. 24.4 de la L.G.S. ha de formularse por el Órgano Instructor la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se notificará a los beneficiarios para que puedan formular las alegaciones que estimen convenientes durante un plazo de diez días hábiles.
La notificación se realizará mediante publicación en la página Web de la Diputación Provincial dipujaen.es y en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Jaén, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Convocatoria.
Tercero. Existe consignación presupuestaria en las aplicaciones del Presupuesto de Gastos de la Diputación Provincial de Jaén para las líneas de subvenciones que se han previsto en el art. 1 de la citada Convocatoria de subvenciones, para hacer frente a la concesión de las subvenciones.
Según todo lo anteriormente expuesto se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PROVISIONAL:

Primero. Conceder a los beneficiarios que se relacionan a continuación las subvenciones que se señalan, autorizándose y comprometiéndose el gasto a favor de cada uno de ellos por las cuantías que se detallan:

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 18/5/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

CountrySpain

Date18/05/2022

Page count131

Edition count5631

First edition02/01/2003

Last issue12/06/2024

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