Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 2/9/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 168
Jueves, 02 de septiembre de 2021
Pág. 14781
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENSANTA DE MARTOS
JAÉN
2021/4102 Delegación de funciones de la Alcaldía.
Anuncio Por Resolución de Alcaldía n.º 260, de fecha 30 de agosto de 2021, se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Visto que, con motivo de las vacaciones estivales, durante los días comprendidos entre el 1
y 3 de septiembre de 2021, ambos inclusive, la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO
Primero.- Delegar en Eva María Molina Barranco, Primera Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante los días comprendidos entre el 1 y 3
de septiembre de 2021, por las vacaciones de la Alcaldesa de Fuensanta.
Segundo.- La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.- El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28