Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 26/8/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 163
Jueves, 26 de agosto de 2021
Pág. 14439
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BEDMAR Y GARCÍEZ
JAÉN
2021/4009 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local.
Edicto Doña María Trinidad Torres Amezcua, Alcaldesa-Presidenta en funciones del Iltmo.
Ayuntamiento de Bedmar y Garcíez Jaén.
Hace saber:
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Bedmar y Garcíez sobre aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general , así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, haciendo saber que contra el presente acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo directo en las formas y lugares que rigen en la normativa de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación definitiva de la publicación del texto íntegra de este Ordenanza en el BOLETÍN
OFICIAL de la Provincia.
A continuación se inserta, el texto íntegro de dicha Ordenanza:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTO
ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, CONSTITUIDOS EN EL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LAS
VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE
SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL.
Artículo 1º. Naturaleza y fundamento.
En uso de las facultades concedidas en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 20, 24.1 y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario, que se regirá por la