Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 23/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 56

Lunes, 23 de marzo de 2020

Pág. 4204

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BAILÉN JAÉN
2020/1245 Aprobado el Padrón Contributivo de la tasa por el Servicio de Ayuda a Domicilio, correspondiente al mes de enero de 2020.

Edicto Doña Juana Zocueca Mañas Pastor, Concejala-Delegada del Área de Hacienda y Comunicación, por delegación de competencias del Sr. Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Bailén P.D. 21/06/2019.
Hace saber:
Que por Resolución de la Alcaldía de fecha 19/03/2020, ha sido aprobado el padrón contributivo correspondiente a la tasa por prestación de servicio de ayuda a domicilio correspondiente al mes de enero de 2020.
Dicho padrón se encuentra expuesto al público en el Departamento de Recaudación del Área de Tesorería Municipal, sito en Plaza de la Constitución, 1, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas por un plazo de un mes a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 14.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estimen procedente.
De conformidad con lo establecido en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente Edicto, tendrá carácter de notificación colectiva de los recibos comprendidos en el referido Padrón, entendiéndose realizadas las notificaciones el día que termine la exposición pública del mismo.
El plazo de ingreso en período voluntario será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Transcurrido el plazo de cobro en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, lo que se indica a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Los recibos se podrán abonar en la cuenta restringida que el Ayuntamiento de Bailén mantiene abierta en CAJASUR núm. ES89-0237-0210-30-9153742736, en horario bancario y en la OFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANIA de este Ayuntamiento, los días laborables de 9 a

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 23/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

CountrySpain

Date23/03/2020

Page count28

Edition count5631

First edition02/01/2003

Last issue12/06/2024

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