Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 17/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 239

Martes, 17 de diciembre de 2019

Pág. 17205

Segundo: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes estipulado en la Convocatoria, y examinada la documentación presentada, se requirió a los interesados para que el plazo improrrogable de diez días presentaran la documentación preceptiva o subsanaran las faltas advertidas.
Tercero: El procedimiento no se ha continuado respecto de aquellos solicitantes que no subsanaron los defectos advertidos o acompañaron la documentación requerida, así como tampoco respecto de los que habiendo aportado la documentación exigida no han reunido los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.
Cuarto: En el informe emitido por este Órgano Instructor, de fecha 24 de octubre de 2019, constan las solicitudes que reúnen los requisitos establecidos en la normativa reguladora y que han sido admitidas a la fase de evaluación 39, aquellas que han sido excluidas 12, así como aquellas que han renunciado 1, de conformidad con el Art. 23.5 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto: Por el Órgano Colegido se ha elevado informe de evaluación de las solicitudes admitidas en Convocatoria 39, en el que se contiene la relación de solicitantes de la Convocatoria de ayudas destinada a Ayuntamientos para proyectos que promuevan la actividad económica y la generación de empleo, en el marco del plan de empleo de la provincia de Jaén, año 2019, ordenados por puntuación obtenida tras el proceso de valoración, y las cuantías que procede asignar a cada uno de ellos, dentro del importe total previsto para este tipo de proyectos en la Convocatoria.
Dado que el total de la subvención solicitada supera el crédito consignado para ella en el artículo 6 de la Convocatoria 150.000,00 €, se ha procedido a evaluar las solicitudes que han sido sometidas a su consideración, con arreglo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 15 de la mencionada Convocatoria. Dada la naturaleza de los proyectos presentados y con el objetivo de garantizar la viabilidad financiera de los mismos y su ejecución en las condiciones en que han sido concebidos y valorados, el órgano colegiado propone que la subvenciones que se concedan, lo sean en la cuantía solicitada por los solicitantes, dentro de los límites de porcentajes y cuantía máxima establecidos en la Convocatoria. Todo ello, hasta agotar los recursos con los que cuenta la Convocatoria 150.000 €.
Sexto: Dicha propuesta de resolución provisional fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 213, de 07 de noviembre de 2019 y en la página web. A partir del día antes citado, los interesados han dispuesto de un plazo de diez días hábiles para formular las alegaciones que hayan considerado oportunas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero: La legislación en lo esencial está constituida por las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2019, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y por la normativa contemplada en la Convocatoria.
Segundo: Según el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ha de formularse por el órgano Instructor la propuesta de resolución

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 17/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

CountrySpain

Date17/12/2019

Page count73

Edition count5629

First edition02/01/2003

Last issue07/06/2024

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