Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 31/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 4

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JUNTA DE ANDALUCÍA

Granada, lunes, 31 de octubre de 2022

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B.O.P. número 208
NÚMERO 4.912

CONSEJERÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y
ENERGÍA EN GRANADA

Expediente: E-4898; 14187/AT
EDICTO
Anuncio de fecha 29 de septiembre de 2022 Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto NUEVA LÍNEA MT PARA CIERRE DE LA LÍNEA MT CAMPOTÉJAR 20 kV ENTRE
EL ANTIGUO APOYO A609014 Y EL ANTIGUO APOYO A602616 SITA ENTRE CORTIJO ENCEBRAS Y CORTIJO DE
TRUJILLO, en el término municipal de Montillana Granada. Expte. Núm. E-4898; 14187/AT.
De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:
a Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.U., con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Escudo del Carmen 31, 18009 Granada.
b Objeto de la petición: Declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación denominada NUEVA LÍNEA
MT PARA CIERRE DE LA LÍNEA MT CAMPOTÉJAR 20 kV ENTRE EL ANTIGUO APOYO A609014 Y EL ANTIGUO
APOYO A602616 SITA ENTRE CORTIJO ENCEBRAS Y CORTIJO DE TRUJILLO, en el término municipal de Montillana Granada.
c Emplazamiento: Término municipal de Darro. Coordenadas UTM30-ETRS89 desde SN1 S35258 X: 475090 Y:
4134792 hasta SN2 X: 478601 Y: 4136911.
d Características:
Nueva Línea Aérea: Conductor 47-AL1/8-ST1A LA-56 en S/C; Longitud 2.644 m; Nuevos apoyos de Celosía metálica galvanizada R.U. en montaje atirantado S/C y s/c 1,50 m y aislamiento polimérico.
Reforma: Conductor: 47-AL1/8-ST1A LA-56 en S/C; Longitud 229 m; Cambio de conductor de dos vanos existentes entre el último nuevo apoyo proyectado número 23 y apoyos existentes A602617 y A602615.
e Finalidad: nueva Línea Aérea de Media Tensión a 20 kV S/C para mejora en la explotación, calidad y seguridad de suministro de la zona.
La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública, por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 31/10/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date31/10/2022

Page count76

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