Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 14/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada
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Granada, lunes, 14 de septiembre de 2020
Social número Tres de Granada, el código nº 603 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Servicios a la Ciudadanía, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Auxiliar Administrativo continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.18. En virtud del fallo judicial, correspondiente a SENTENCIA Nº 113/20, autos: 511/2018, Juzgado de lo Social número Tres de Granada, el código nº 603.1 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Servicios a la ciudadanía, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Auxiliar Administrativo, continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.19. En virtud del fallo judicial, correspondiente a SENTENCIA Nº 314/19, Juzgado de lo Social número 6
de Granada, el código nº 127 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Secretaría, Contratación y Nuevas Tecnologías, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Monitor de Informática, continuará siendo desempeñado por el trabajador, en su condición de indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.20. En virtud del fallo judicial, correspondiente a la SENTENCIA Nº 43/2019, Juzgado de lo Social número Tres de Granada, el código nº 620 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Servicios a la Ciudadanía, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Auxiliar de Gestión Administrativa y Deportiva, continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de indefinido no fijo, con la categoría profesional de AP, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.21. En virtud del fallo judicial, correspondiente a la SENTENCIA Nº 370/2019, Juzgado de lo Social número 2 de Granada, el código nº 651 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Servicios a la Ciudadanía, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Auxiliar Administrativo, continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.22. En virtud del fallo judicial, correspondiente a la SENTENCIA Nº 120/19, Juzgado de lo Social número 2
de Granada, el código nº 533 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Servicios Sociales, Mayores e Igualdad, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Agente de Integración Social, continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.23. En virtud del fallo judicial, correspondiente a la SENTENCIA Nº 145/19, Juzgado de lo Social número Siete de Granada, el código nº 612 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Servicios a la Ciudadanía, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Auxiliar de Biblioteca, continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de
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indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
1.24. En virtud del fallo judicial, correspondiente a la SENTENCIA Nº 33/20, Juzgado de lo Social número Cinco de Granada, el código nº 111 de la relación de puestos de trabajo, ubicado en el Área de Secretaría, Contratación y Nuevas Tecnologías, correspondiente al puesto de trabajo, denominado Telefonista, continuará siendo desempeñado por la trabajadora, en su condición de indefinido no fijo, hasta que se proceda a su cobertura reglamentaria definitivamente.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que se estime procedente.
Las Gabias, 9 de septiembre de 2020.-La Alcaldesa, fdo.: Merinda Sádaba Terribas. n