Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 22/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, viernes, 22 de mayo de 2020

NÚMERO 1.674

AYUNTAMIENTO DE GRANADA

Exposición de la matrícula de sujetos pasivos, no exentos, del Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio 2020
EDICTO
La Titular del Órgano de Gestión Tributaria del Excmo. Ayuntamiento de Granada, HACE SABER: Que conforme a lo dispuesto en el Art. 3 del R.D. 243/1995, de 17 de febrero, durante el plazo de quince días naturales a contar desde la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, se encontrará expuesta al público en las Oficinas de la Sección de Tributos, sita en el Complejo Administrativo Los Mondragones, pabellón B, Avda. de las Fuerzas Armadas nº 4, la matrícula de sujetos pasivos, no exentos, del Impuesto sobre Actividades Económicas de Granada, correspondiente al ejercicio 2020.
Contra los actos de inclusión o exclusión en la misma de los sujetos pasivos o de alteración de cualquiera de los datos a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 del R.D. 243/1995, de 17 de febrero por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la Delegación de Competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, podrán los interesados interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Tributaria o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, ambos en el plazo de un mes a contar desde el día inmediato siguiente al de término del periodo de exposición pública de la matrícula, y ello conforme a lo dispuesto en el art.
4.1 del RD. 243/1995, de 17 de febrero.
Lo que se hace público para general conocimiento de los contribuyentes de este término municipal.

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B.O.P. número 81

del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los plazos para presentar los recursos correspondientes quedan suspendidos.
Una vez pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas, se indica que contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada a contar desde el día siguiente en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas. Así se ha dispuesto con motivo de la publicación del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en su Disposición Adicional Octava, que el cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar cualesquiera otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd.
cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Benalúa de las Villas, 15 de mayo de 2020.-La Alcaldesa, fdo.: María Angustias Cámara García.

Granada, 18 de mayo de 2020.-La Titular del Órgano de Gestión, fdo.: María Carmen Cabrera Miranda.

NÚMERO 1.670

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ Granada NÚMERO 1.660

AYUNTAMIENTO DE BENALÚA DE LAS VILLAS
Granada
Aprobación definitiva plan despliegue fibra óptica EDICTO
Por acuerdo del Pleno, de fecha 13/05/2020, se aprueba definitivamente el expediente núm. 164/2018, relativo al Plan de Despliegue de una red de acceso de nueva generación mediante fibra óptica en el municipio de Benalúa de las Villas, promovido a instancia de D.
Juan A. Mañas Vela, en representación de Telmi Telecom, S.L.
Lo que se hace público a efectos de su conocimiento, indicándose que de conformidad con la DA 3

Aprobación padrón impuesto gastos suntuarios, cotos 2020
EDICTO
Por medio del presente se hace público que el Sr. Alcalde con fecha 13 de mayo de 2020 ha dictado la siguiente Resolución:
Aprobación del padrón de contribuyentes por el impuesto municipal sobre gastos suntuarios aprovechamiento de cotos privados de caza y pesca año 2020.
VISTO el padrón anual de contribuyentes de este municipio de Iznalloz correspondiente al impuesto municipal sobres gastos suntuarios aprovechamiento de cotos privados de caza y pesca año 2020 que asciende al importe de 3.619,98 euros tres mil seiscientos dieci-

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 22/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date22/05/2020

Page count12

Edition count5514

First edition01/06/2002

Last issue22/05/2024

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