Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 44

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DIPUTACIÓN DE GRANADA

Granada, viernes, 6 de marzo de 2020
NÚMERO 1.067

Extracto de la Resolución de la Presidencia con asistencia de la Junta de Gobierno de 18 de febrero de 2020, aprobando convocatoria de subvenciones para entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro para el año 2020
EDICTO
BDNS Identif.: 498442
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas, y reconocidas formalmente por la Junta de Andalucía o la Administración General del Estado, que tengan domicilio o delegación en un municipio de la Provincia de Granada, y/o que vayan a realizar la actividad o proyecto en la Provincia de Granada.
Segundo. Objeto:
Apoyo para poner en práctica todo un conjunto de políticas públicas locales, entre la Diputación y el tejido asociativo de la provincia de Granada, mediante la ayuda y el apoyo para la realización de programas, proyectos y/o cualquier otra actividad relacionada con los fines propios de cada una de la Delegación que interviene, y que atiendan a los colectivos asociados, grupos o personas de la provincia, procurando su integración, formación, desarrollo y bienestar, y además contribuyan a paliar las desigualdades existentes entre mujeres y hombres en el ámbito municipal y provincial, potenciando la transversalidad de género Tercero. Bases reguladoras:
Bases de Ejecución Presupuestaria para 2020 publicadas en el BOP de Granada nº 34 de 27 de febrero de 2020
Cuarto. Cuantía 480.780 euros distribuidos entre las siguientes líneas:
Delegación de Bienestar Social, 198.780 euros, Delegación de Igualdad y Juventud, 110.000 euros y 20.000
euros, Delegación de Cultura, Memoria Histórica y Democrática, 52.000 euros y Delegación de Deportes 100.000 euros.
La aportación económica que realice la Diputación no sobrepasará en ningún caso el 90% del coste total del proyecto, y la cuantía solicitada no excederá de los máximos establecidos por delegación y, en su caso, establecido en cada sublínea, pudiendo solicitarse un único proyecto en la sublínea que más se adecúe al mismo. La entidad beneficiaria aportará al menos el 10% del costo total del proyecto. Se podrá considerar, como aportaciones de la entidad solicitante los recursos que sean imprescindibles como infraestructuras en uso y medios propios, relativos al proyecto, así como cuotas de socios, recursos financieros de actividades
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propias, costes indirectos, gastos generales de la entidad y desplazamientos. En ella no se podrá tener en cuenta las aportaciones otorgadas por otros financiadores para el mismo proyecto. La subvención mínima a conceder no será inferior a 400 euros.
- LINEA I. BIENESTAR SOCIAL. DOTACIÓN TOTAL:
198.780 euros SUB-LÍNEA A: PROYECTOS LOCALES A DESARROLLAR EN UNO O HASTA TRES MUNICIPIOS
Dotación 68.780 euros Cuantía máxima a solicitar: 2.000 euros SUB-LÍNEA B: PROYECTOS COMARCALES O PROVINCIALES EN MÁS DE 3 MUNICIPIOS
Dotación 130.000 euros Cuantía máxima a solicitar: 7.500 euros a Cuando una de las sublíneas con dotación económica específica haya agotado el número de solicitantes con asignación económica y quedara remanente, éste se añadirá a la sublínea restante.
b La subvención mínima a conceder en cualquier línea no será inferior a 400 euros.
c No serán financiados aquellos proyectos con una puntuación igual o inferior a 49 puntos.
LÍNEA II. IGUALDAD. DOTACIÓN TOTAL: 110.000
euros Cuantía máxima a solicitar: 4.000 euros a La subvención mínima a conceder en esta línea no será inferior a 400 euros o al importe solicitado, si fuera menor a esta cantidad.
LÍNEA III. JUVENTUD. DOTACIÓN TOTAL: 20.000 euros SUB-LÍNEA A: APOYO AL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN EL DESARROLLO DE UNA ACTIVIDAD.
Dotación 13.000 euros Cuantía máxima a solicitar 1.000 euros SUB-LÍNEA B: APOYO AL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA.
Dotación 7.000 euros Cuantía máxima a solicitar: 2.200 euros a Cuando una de las sublíneas con dotación económica específica haya agotado el número de solicitantes con asignación económica y quedara remanente, éste se añadirá a la sublínea restante.
b La subvención mínima a conceder en cualquier línea no será inferior a 400 euros.
c No serán financiados aquellos proyectos con una puntuación igual o inferior a 49 puntos.
LÍNEA IV. DEPORTES. DOTACIÓN TOTAL: 100.000
euros Cuantía máxima a solicitar: 15.000 euros LÍNEA V. CULTURA, DOTACIÓN TOTAL: 52.000 euros Cuantía máxima a solicitar: 2.000 euros Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto.
Sexto. Otros datos.
El pago de la subvención se efectuará de forma anticipada.
Granada, 3 de marzo de 2020.-El Presidente de la Excma. Diputación de Granada, fdo.: José Entrena Ávila. n

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date06/03/2020

Page count25

Edition count5501

First edition01/06/2002

Last issue03/05/2024

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