Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 11

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Granada, lunes, 20 de enero de 2020

NÚMERO 110

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE MOTRIL
Granada
Notificación decreto 16-12-19 EN ej. nº 82/19. Neg. 2
EDICTO
La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de Motril, HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 82/2019 acumulada ej. nº 84/19, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de Adelina García Sánchez, Judit Requena Montes, José García Galán Fernández, Emilio Alcalde Gámez, Elena Casaubon Montero, Alejandro Ortiz Estévez, Alba Hurtado Sánchez, Lidia Duzman Pozo, Cristina Peña Manzano y Marcelo Mario Bertolino Contra Marisquería Chill Out Swing, S.L., Oleaje Beach Experiences, S.L.U., Fogasa, Badia Beach Club, S.L., en la que con esta fecha se ha dictado Decreto cuya Parte Dispositiva dice sustancialmente lo siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
En cumplimiento del despacho de ejecución acordada mediante Auto dictado en el día de la fecha en la ejecución seguida bajo el nº 84/19, ACUERDO:
1º Decretar la acumulación de la ejecutoria nº 84/19
seguida a instancias de Alba Hurtado Sánchez, Lidia Duzman Pozo, Cristina Peña Manzano y Marcelo Mario Bertolino a la presente ejecución nº 82/19 seguida a instancia de Adelina García Sánchez, Judit Requena Montes, José García Galán Fernández, Emilio Alcalde Gámez, Elena Casaubon Montero y Alejandro Ortiz Estévez contra la misma empresa ejecutada: Marisquería Chill Out Swing, S.L., Oleaje Beach Experiences, S.L.U., y Badia Beach Club, S.L. En virtud de lo anterior, se fija como cantidad principal total objeto de ejecución la de 84.924,11 euros, más la cantidad de 8.210,94 euros de presupuesto para intereses, gastos y costas del procedimiento, más otros 600,00 euros en concepto de honorarios de la instancia.
2º Que se proceda, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la parte ejecutada Marisquería Chill Out Swing, S.L., Oleaje Beach Experiences, S.L.U., y Badia Beach Club, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 84.924,11 euros de principal, más la cantidad de 8.210,94 euros de presupuesto para intereses, gastos y costas del procedimiento, más otros 600,00 euros en concepto de honorarios de la instancia, y habiéndose designado bienes por la parte ejecutante, acuerdo, con carácter previo al embargo de la concesión administrativa que interesa, librar oficio al Ayuntamiento de Motril al objeto de que se informe sobre la titularidad y situación de dicha concesión.
3º Requerir al deudor o persona que legalmente le represente para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad la cantidad objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente
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manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades.
En esta manifestación debe indicar también, si procede, las personas que ostenten derechos de cualquier clase sobre sus bienes y en el caso de estar sujetos a otro proceso concretar cuál sea éste. Debe señalar, igualmente, la naturaleza de los bienes, gananciales o privativos, sus cargas y, en tal caso, el importe de los créditos garantizados, con la advertencia de que pueden imponérsele multas coercitivas periódicas si incumple dicha obligación sobre designación de bienes, así como una nueva obligación de pago, si incumple, injustificadamente, la obligación impuesta en título que se ejecuta, cuya cuantía puede alcanzar hasta los 300 euros por cada día de retraso.
4º Proceder a la averiguación y localización de bienes del deudor, mediante el acceso a la base de datos de los distintos organismos oficiales a los que tiene acceso este Juzgado, y con su resultado se acordará.
5º Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.
Notifíquese esta resolución a los ejecutantes y al ejecutado, junto con el Auto despachando ejecución, con entrega de la solicitud de ejecución, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones nº 0396-0000-64-0082-19 del Juzgado de lo Social nº 1 de Motril, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Letrada de la Administración de Justicia.
INSÉRTESE para que sirva de notificación a la ejecutada Marisquería Chill Out Swing, S.L., y Oleaje Beach Experiences, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, en el Boletín Oficial de la Provincia, el presente edicto para su publicación, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Motril, 16 de diciembre de 2019.-La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date20/01/2020

Page count20

Edition count5501

First edition01/06/2002

Last issue03/05/2024

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