Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 9

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Granada, jueves, 16 de enero de 2020

Las características más importantes de la línea aérea son:
Sistema: Corriente alterna trifásica Frecuencia Hz: 50
Tensión nominal kV: 220 kV
Tensión más elevada de la red kV: 245 kV
Temperatura máxima del conductor: 85ºC
Capacidad de transporte por circuito: 447MVA
N.º de circuitos: 2
N.º de conductores aéreos por fase: 1
Tipo de conductor aéreo: LA-455 Cóndor N.º y tipo de cables de tierra:
- Tramo SE Atarfe a SE Caparacena: 1xOPGW ALCATEL 24F 25kA
- Tramo SE Caparacena a apoyo 1Bis: 1xOPGW
PRYSMIAN 48F 17kA
- Tramo apoyo 193 a apoyo 38: 1xOPGW DRAKA 48F
17kA
- Tramo apoyo 38 a apoyo 25: 1xOPGW PRYSMIAN
48F 25kA
- Tramo apoyo 25 a SE Tajo de la Encantada:
1xOPGW DRAKA 48F 25kA
Tipo de aislamiento: compuesto o vidrio, según apoyo Apoyos: metálicos, perfiles angulares de alas iguales, atornillados y galvanizados. Disposición en hexágono DC
Cimentaciones: independientes para cada pata, de hormigón en masa Longitud aproximada: 107,956 km - Tramo SE Atarfe a SE Tajo de la Encantada: 107,164 km - Tramo E/S en Caparacena: 0,792 km Origen: SE Tajo de la Encantada Final: SE Atarfe Provincias afectadas: Málaga y Granada Segundo.- La Autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
a Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
b El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la autorización de explotación de la instalación, se procederá a la revocación de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente resolución por parte de esta Dirección General en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación del mismo.
c El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a las Delegaciones del Gobierno Servicios de Industria, Energía y Minas en Granada y de Málaga, respectivamente, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.

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d Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
e La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Tercero.- Estas autorizaciones se otorga en el ejercicio de las competencias de esta Dirección General y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Secretaria General de Industria, Energía y Minas en el plazo de un 1 mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
El Director General de Industria, energía y Minas, Francisco Javier Ramírez García.
Granada, a 4 de diciembre de 2019.- El Delegado del Gobierno, fdo.: Pablo García Pérez.

JUNTA DE ANDALUCÍA

NÚMERO 6.708/19

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Solicitud para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre, con carpa velador de masajes, en playa de Los Berengueles, t.m. de Almuñécar, por 4
años. Expte.: AUT01/20/GR/0013
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.1
de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y en el artículo 152.8 y 9 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, se somete a información pública la solicitud para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre con carpa velador de masajes, en playa de Los Berengueles, t.m. de Almuñécar, por 4 años. Expte.:
AUT01/20/GR/0013, formulada por D Raffaella Imperatrice.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date16/01/2020

Page count27

Edition count5500

First edition01/06/2002

Last issue02/05/2024

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