Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 9/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 4

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Granada, jueves, 9 de enero de 2020

43.1.f de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como dar traslado a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
OCTAVO. Notificar el Acuerdo al interesado a los efectos oportunos con indicación de los recursos. >> Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del proyecto de actuación para legalización de antena de telefonía móvil, de interés público en suelo no urbanizable se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 43.1.f de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Albuñol, 26 de diciembre de 2019.-La Alcaldesa, fdo.: María José Sánchez Sánchez.

NÚMERO 6.820/19

AYUNTAMIENTO DE GALERA Granada
Ordenanza reguladora de la administración electrónica EDICTO
D. José Manuel Guillén Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galera Granada, HACE SABER: El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria de 19/09/2019, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Galera, y no habiéndose presentado alegaciones, durante el período de exposición pública, contra la aprobación inicial del citado Reglamento, se eleva el acuerdo a definitivo, procediéndose a la publicación íntegra, al objeto de su entrada en vigor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local:

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ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE GALERA.
ÍNDICE DE ARTÍCULOS
PREÁMBULO
CAPÍTULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación CAPÍTULO 2. SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN
Artículo 3. Sistemas de identificación y autenticación CAPÍTULO 3. SEDE ELECTRÓNICA
Artículo 4. Sede electrónica Artículo 5. Catálogo de procedimientos Artículo 6. Contenido de la sede electrónica Artículo 7. Tablón de edictos electrónico Artículo 8. Publicidad activa Artículo 9. Perfil de contratante CAPÍTULO 4. REGISTRO ELECTRÓNICO
Artículo 10. Creación y funcionamiento del registro electrónico Artículo 11. Naturaleza y eficacia del registro electrónico Artículo 12. Funciones del registro electrónico Artículo 13. Responsable del registro electrónico Artículo 14. Acceso al registro electrónico Artículo 15. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones Artículo 16. Rechazo de las solicitudes, escritos y comunicaciones Artículo 17. Cómputo de los plazos CAPÍTULO 5. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Artículo 18. Condiciones generales de las notificaciones Artículo 19. Práctica de las notificaciones electrónicas DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Entrada en funcionamiento de la sede electrónica DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Entrada en funcionamiento del registro electrónico DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de Servicios DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Habilitación de desarrollo DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Aplicación de las previsiones contenidas en esta Ordenanza DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor PREÁMBULO
La ya derogada Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, estableció como un nuevo derecho de la ciudadanía la posibilidad de utilizar medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones públicas y fijó un plazo, que finalizó en el año 2009, para que estas últimas implantaran los medios necesarios para ello.
Atendiendo al Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la men-

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 9/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date09/01/2020

Page count11

Edition count5502

First edition01/06/2002

Last issue06/05/2024

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