Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 211

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Granada, martes, 5 de noviembre de 2019

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Página 3

Definición y finalidad del trabajo El presente trabajo tiene por objeto establecer las alineaciones de acuerdo al Plan General de Ordenación Urbana en adelante P.G.O.U. de Armilla que plantea un retranqueo de la alineación existente y la consecuente acumulación de aprovechamiento en la misma parcela. Dicho retranqueo propone que la calle Valencia tenga una alineación continua en toda la calle y amplié las aceras existentes, pasando la calle de una anchura media de 7,00 m a 10,00 m en toda la longitud de la calle Valencia.
MEMORIA JUSTIFICATIVA
Aspectos funcionales y formales de la solución adoptada Se trata de suelo clasificado como urbano en el P.G.O.U. vigente, dentro del núcleo urbano de Armilla, y está calificado como Residencial Edificación Cerrada.
El planeamiento vigente prevé igualar la alineación irregular actual para conseguir un ancho homogéneo de la calle Valencia, en toda su longitud dejándola en un ancho final de 10,00 m.
Actualmente la calle tiene una anchura aproximada de 7,00 m.
Por tanto mediante el presente E.D. se fijan las alineaciones definitivas del solar para dar cumplimiento a lo establecido por el P.G.O.U.
Aspectos técnicos de la solución adoptada Para aumentar el ancho de la calle hasta llegar a los 10,00 m de anchura, se hace retranqueando la alineación actual aproximadamente 1,50 ml a lo largo de la calle Valencia. Partiendo del eje de la calle actual.
De esta forma el resultado es una calle con una alineación continua en la calle Valencia, con un nuevo ancho de 2,35
m aproximadamente. En la Avenida Poniente la alineación coincide con la alineación de la parcela existente teniendo una acera de unos 6,00 m aproximadamente.
La rasante no se modifica, manteniéndose la existente en el eje de la calle. Se presenta plano donde se pueden comprobar, las cotas actuales.
MEMORIA DESCRIPTIVA
Condiciones urbanísticas. Aspectos fundamentales. Residencial edificación Cerrada Según el P.G.O.U. se trata de áreas correspondientes a los primeros asentamientos del núcleo urbano de Armilla con una densidad media-alta.
Ámbito de Aplicación De forma general comprende las superficies de suelo urbano, así clasificada en el correspondiente plano de ordenación y a aquellas que mediante planes especiales en suelo urbano y planes parciales así lo establecen.
En nuestro caso viene así calificado en el plano de calificación y usos pormenorizados.
Tipo de edificación El tipo de edificación es en manzana cerrada, que es aquella que puede ocupar toda la parcela.
Parcela mínima Se establece como parcela mínima aquella que reúne las siguientes condiciones:
Superficie mínima: cien 100 metros cuadrados.
Lindero frontal: Seis 6 metros.
En nuestro caso la parcela bruta tiene una superficie de 792,48 m2 y la parcela neta de 749,22 m2.
Siendo todos los linderos:
a calle Valencia es de 28,86 m lindero norte a la Parcela colindante es de 23,34 m lindero oeste a la Avenida Poniente es de 32,94 m lindero sur a la Parcela colindante es de 23,45 m lindero este Ocupación en planta:
La ocupación máxima en planta será:
Planta baja el 100% si el uso no es residencial y el 80% si es residencial. En el resto de las plantas la ocupación máxima será del 80%.
En nuestro caso, el solar neto es el 94,55% respecto del solar bruto y la cesión a vial público es el 5,45%, por lo que la edificación podrá ocupar el 100% del solar neto en planta baja si es no residencial y el 85,45% si es residencial y en el resto de plantas.
El perímetro de la planta sótano o semisótano podrá ocupar el cien por cien de la superficie de la parcela, incluso en el caso de patios de manzana.
En nuestro caso será el cien por cien del solar neto.
Alineaciones de la edificación La edificación se ajustará a las alineaciones y rasantes marcadas en el presente E.D.
Altura máxima La altura máxima de la edificación vendrá fijada por el ancho de la calle, en nuestro caso el ancho será de 10,00 m en la calle Valencia y de 25,00 m en la Avda. Poniente y por lo tanto es de 3 Plantas + Ático y 11,30 m de altura al ser la calle mayor a 7 m.
Los áticos deberán quedar retranqueados tres metros de la línea de fachada.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date05/11/2019

Page count17

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