Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 17/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 177

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Granada, martes, 17 de septiembre de 2019

NÚMERO 4.705

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE
GRANADA

Juicio de faltas inmediato núm. 138/18
EDICTO

Se hace saber que en este Juzgado se sigue juicio de faltas inmediato registrado con el núm. 138/18, habiendo recaído sentencia por lo cual, se requiere a D.
Ramón Araturo Yaport Almonte, con D.N.I. 79044719K, nacida en República Dominicana, eI día 24 de abril de 1968, para que en el plazo de cinco días desde la publicación del presente edicto, para que comparezca en la sede de este Juzgado y llevar a cabo su notificación.
Se hace saber que de no comparecer y transcurrido el plazo, continuará la tramitación del procedimiento.
Firma ilegible
NÚMERO 4.706

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE MOTRIL
Granada
Autos núm. 210/19
EDICTO
D Domitila García Gallego, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Motril, HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 210/2019 se ha acordado citar a Limpiezas Costa Tropical, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezca el próximo día 15 de octubre de 2019, a las 10.00 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en c/ Fielato de la Posta s/n debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Cítese al representante legal de la empresa demandada a fin de que comparezca personalmente al acto de juicio que viene señalado para prestar confesión, apercibiéndole que de no hacerlo se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración art. 91,2 y 91,4 LJS.
Requiérase a la empresa demandada para que aporte a las actuaciones la documental propuesta por la parte demandante en su demanda: Contrato de Trabajo, Transferencias bancarias efectuadas al actor del período reclamado, hojas de salario y TC2 del deman-

n
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dante y Parte de alta y /o baja en la Seguridad Social, con la advertencia de que si los mencionados documentos no se aportan al acto del juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada, de conformidad con el artículo 94.2 de la LJS.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Insértese para que sirva de notificación a la demandada Limpiezas Costa Tropical, S.L., actualmente en paradero desconocido, en el Boletín Oficial de la Provincia, el presente edicto para su publicación, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Motril, 2 de septiembre de 2019.-La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.

NÚMERO 4.707

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE MOTRIL
Granada
Autos núm. 409/18
EDICTO
D Domitila García Gallego, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Motril, HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 409/2018 a instancia de la parte actora D Mireia Prados Bueno contra Limpiezas Costa Tropical, S.L., sobre procedimiento ordinario se ha dictado sentencia de fecha 13/3/19 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 39/19
En la Ciudad de Motril a trece de marzo de dos mil diecinueve.
En nombre de S.M. el Rey, el Ilmo. Sr. D. Benito Raboso del Amo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Uno de Motril, vistos los autos seguidos a instancias de D Mireia Prados Bueno contra Limpiezas Costa Tropical, S.L., sobre reclamación de cantidad con el nº 409/18.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D Mireia Prados Bueno contra la empresa demandada Limpiezas Costa Tropical, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cuantía de 2.394,15 euros en concepto de salarios adeudados y liquidación.
Con más el interés anual por mora del 10% sobre dicha cuantía.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 17/9/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date17/09/2019

Page count7

Edition count5502

First edition01/06/2002

Last issue06/05/2024

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