Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 29/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 164

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Granada, jueves, 29 de agosto de 2019

ciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3, Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período que duren las vacaciones desde el día 1 de septiembre hasta mi incorporación el día 16 de septiembre.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SEXTA. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
SÉPTIMO. Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.
Lo decretó y firma su Señoría, D. Jorge Sánchez Hidalgo, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algarinejo, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, ante mí, el Secretario-Interventor accidental, de todo lo cual certifico.
Fdo.: D. Jorge Sánchez Hidalgo.
Ante mí. El Secretario. Fdo.: D. José Rafael Huete Serrano.

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Página 3

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Algarinejo, 23 de agosto de 2019.-El Alcalde, fdo.:
Jorge Sánchez Hidalgo.

NÚMERO 4.501

AYUNTAMIENTO DE CÚLLAR VEGA Granada
Aprobación padrón tasa recogida basura, agua, alcantarillado y canon depuración EDICTO
D Elvira Ramírez Luján, Alcaldesa Accidental del Ayuntamiento de Cúllar Vega Granada HACE SABER: Que por Decreto de Alcaldía de fecha 6
de agosto de 2019, ha sido aprobado el padrón general de contribuyentes de la tasa por recogida de basura, suministro de agua, alcantarillado y canon autonómico de depuración, correspondiente al periodo de facturación comprendido entre el 1 de mayo al 30 de junio 2019, ambos inclusive, que comprende el tercer bimestre de 2019.
El referido padrón se somete a información pública a los efectos de presentación de reclamaciones, por un plazo de quince días, contados a partir del siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, entendiéndose definitivamente aprobado si no se formulase ninguna.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
Lo firma la Sra. Alcaldesa accidental en Cúllar Vega, 21 de agosto de 2019.

NÚMERO 4.556

AYUNTAMIENTO DE CÚLLAR Granada
Aprobación definitiva modificación de crédito 1/2019
EDICTO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 16 de julio de 2019, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 29/8/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date29/08/2019

Page count6

Edition count5501

First edition01/06/2002

Last issue03/05/2024

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