Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/8/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 157

n
Granada, martes, 20 de agosto de 2019

NÚMERO 4.391

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE Granada
Aprobación de padrones municipales de ciclo integral de agua y basura del 1º y 2º trimestre de 2019
EDICTO
D Delia Ferrer Lozano, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Aldeire Granada, HACE SABER: Que confeccionados los padrones de Ciclo Integral de Agua y Basura del 1º trimestre y 2º trimestre de 2019, se exponen al público en el tablón de Edictos de este Ayuntamiento por espacio de 15 días para audiencia de reclamaciones, haciéndose saber que de no producirse estas, los referidos padrones se entenderán elevados a definitivos.
Contra la inclusión, exclusión o alteración de cualquiera de los datos del padrón cobratorio, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldesa-Presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública, o bien impugnarlo directamente mediante recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, desde la fecha indicada anteriormente sin perjuicio de cualquier otro que estime conveniente.
Asimismo y de conformidad con lo establecido en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace saber a todos los contribuyentes y por los conceptos indicados que el plazo de cobro en periodo voluntario será único y comprenderá dos meses desde el día 2
de septiembre de 2019 al 2 de noviembre de 2019.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas será exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003 General Tributaria de 17 de diciembre y en su caso las costas que se produzcan.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Aldeire, 2 de agosto de 2019.-La Alcaldesa, fdo.: Delia Ferrer Lozano.

NÚMERO 4.404

ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE BÁCOR-OLIVAR
O Granada
Régimen de indemnizaciones de los miembros de la Junta Vecinal EDICTO
D Laura Martínez Bustamante, Presidenta de la ELA
de Bácor-Olivar,
n
Página 3

HACE SABER: La Junta Vecinal, Se da cuenta de la propuesta del la Sra. Presidenta de la E.L.A. que dice:
Una vez constituida la Nueva Junta Vecinal resultante de las Elecciones Locales celebradas el 26 de mayo pasado, resulta necesario proceder al establecimiento del régimen de indemnizaciones de los miembros políticos de esta Junta Vecinal.
Considerando que de conformidad con los dispuesto en el art. 75 de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y con el art. 13 del ROF
aprobado por R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, los miembros de las corporaciones locales tienen derecho a percibir retribuciones por el ejercicio de su cargo, cuando lo desempeñen en régimen de dedicación parcial, así como a percibir indemnizaciones en la cuantía y condiciones que establezca la Junta Vecinal de la Corporación, en concepto de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los cuales forman parte, incluidos los organismos autónomos. Según lo establecido en el artículo 75.bis, los miembros de las Corporaciones Locales serán retribuidos por el ejercicio de su cargo en los términos establecidos en el artículo anterior. Los Presupuestos Generales del Estado determinarán, anualmente, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que en su caso tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se encuentren en situación de servicios especiales, atendiendo entre otros criterios a la naturaleza de la Corporación local y a su población. Y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 75.ter. referente a la limitación del número de cargos públicos de las Entidades Locales con dedicación exclusiva, en el que ningún municipio inferior a 1.000 habitantes podrá prestar servicios de dedicación exclusiva.
Y requiriendo la dirección, coordinación y gestión de los asuntos de la ELA una dedicación singular y especialmente intensa por parte de la Presidenta, dado el gran numero, acumulación, complejidad e importancia de los mismos, y que cada vez son mayores la necesidad de los servicios, y para conocer los verdaderos problemas que se presenta y ser accesibles a los vecinos, se considera que el mejor modo realizar todo ello es establecer la dedicación parcial de la Presidencia.
Por todo ello, se propone a esta Junta Vecinal la adopción del siguiente acuerdo:
Primero: Establecer a favor de los miembros de esta Junta Vecinal las siguientes asistencias e indemnizaciones:
ASISTENCIAS: 60,10 euros por Asistencia a esta sesión de la Junta Vecinal y a las posteriores que se celebren.
DIETAS Y GASTOS DE LOCOMOCIÓN: Se aplicará las disposiciones legales en cada momento regule tales indemnizaciones por razón de servicio al personal del servicio de la Administración del Estado actualmente RD 462/2002 de 24 mayo. Los cargos electos de la ELA
se consideran incluidos en el grupo segundo.
Segundo: Retribuir a la Sra. Presidenta de la E.L.A.
con 990 euros brutos mensuales y dos pagas extraordi-

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/8/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date20/08/2019

Page count26

Edition count5501

First edition01/06/2002

Last issue03/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031