Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
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Paraná, miércoles 9 de noviembre de 2022

Art. 3º Autorizase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a efectuar la liquidación, atento a lo dispuesto en el Artículo 1 del presente Decreto.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Hugo A. Ballay ANEXO I
Jefe de Area, 52%
Resp Actividad 46%
Pers S/ Jefatura, 40%
-----DECRETO Nº 3920 GOB
FACULTANDO A SECRETARIA DE COMUNICACION
Paraná, 4 de noviembre de 2022
VISTO:
El marco legal vigente para la contratación de publicidad oficial de los actos de gobierno y posibilitar el derecho a la información pública establecido en el artículo 14 de la Constitución Provincial, arto 26. Inc. h, y 27 inciso c, ap.
B punto 10 del texto único y ordenado de la Ley N 5140, y la necesidad de adecuar la reglamentación dispuesta en el art. 142 inc. 11 apartados a y b del Decreto Reglamentario de las Contrataciones del Estado N 795/96
MEOSP, los Decretos N 938/03 GOB, N 994/08 GOB, N 3724/08 GOB y N 3348/22 GOB y la resolución N
01/09 DGIP; y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones N 5140 T.U.O. por Decreto N
404/95 MEOSP, en los Articulas 26 inc. h y 27 inc. c ap. B punto 10, admite como excepción al principio de licitación pública el procedimiento de contratación directa por vía de excepción, estableciendo dentro de estas dos modalidades: a base de precio testigo, o mediante libre elección por negociación directa, la que podrá realizarse para la contratación de medios de comunicación, con el fin de publicar actos de gobierno, dejando librada a la reglamentación el alcance y rango del funcionario autorizante; y Que a los efectos de ejercer esta facultad de reglamentación dispuesta por la Legislatura, es decisión de este Poder Ejecutivo mantener los procedimientos reglados, incluidos en la licitación pública, y exigir el cabal cumplimiento de los mismos, adecuando las disposiciones específicas que fueren menester de los procedimientos abreviados, para la mayor eficacia en su desarrollo; y Que nuestra Carta Magna establece como principios de adjudicación los de transparencia, eficacia, pluralismo y austeridad, disponiendo a su vez que la ley deberá fijar pautas objetivas para asegurar la distribución equitativa y no discriminatoria de los espacios en los medios de comunicación; y Que a fin de facilitar el cumplimiento de los principios y pautas antes señalados, garantizar el derecho a la información pública y no contando nuestra Provincia con una ley especial que regule la materia, resulta necesario adecuar la normativa existente; y Que la reglamentación vigente, en el art. 142 inc. 11, apartados a y b del Decreto N 795/96 MEOSP -texto modificado por Decreto N 2991/96 MEOSPdeterminó la autoridad competente para autorizar las contrataciones de publicidad oficial, dependiendo del monto presupuestario implicado y la intervención obligatoria en las órdenes de publicidad de la entonces Dirección General de Información Pública; y Que atendiendo al especial dinamismo y versatilidad que rige la materia de publicidad y la necesidad de inmediatez comunicacional de los contenidos que redundan en el interés general de la población, se hace necesario dotar de agilidad el camino a fin de lograr estos objetivos; y

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date09/11/2022

Page count102

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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