Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
Paraná, martes 8 de noviembre de 2022

Que luce autorización favorable a la prosecución de la gestión de la Secretaría de Cultura de Entre Ríos y del Secretario General de la Gobernación, sin objeciones que formular; y Que obra intervención de la Coordinación Legal Jurisdiccional, emitiendo Dictamen N 264/22, en sentido favorable a lo solicitado en autos; y Que el Responsable Contable Jurisdiccional junto a la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Gobernación y la Contadora Auditora Delegada de la Contaduría General de la Provincia han intervenido el volante de reserva presupuestario y suscripto informe técnico de competencia; y Que la presente gestión se encuadra en las disposiciones del Art. 2 del Decreto N 239/19 GOB, y Artículo 27, Inciso c Apartado b Punto 3 de la Ley N 5140 t.o. Decreto N 404/95 MEOSP concordante con el Artículo 142, inciso 4, Apartados a y b del Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Art. 1º - Apruébase el Reglamento General para la realización del LIX Salón Provincial de Artes Visuales de Entre Ríos 2022, cuya organización y realización estará a cargo del Museo Provincial de Bellas Artes Dr. Pedro E. Martínez, de pendiente de la Secretaría de Cultura del Gobierno de Entre Ríos, el que como Anexo I forma parte integrante del presente, de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Facúltase a la señora Secretaria de Cultura a invertir hasta la suma de pesos ochocientos ochenta y dos mil $ 882.000,00, destinada a los premios adquisición a otorgarse durante la realización del LIX Salón Provincial De Artes Visuales De Entre Ríos 2022, correspondiente a: Sección Pintura: primer premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos ochenta y cuatro mil $ 84.000,00 y segundo premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos sesenta y tres mil $ 63.000,00; Sección Dibujo: primer premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos ochenta y cuatro mil $ 84.000,00 y segundo premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos sesenta y tres mil $ 63.000,00; Sección Grabado: primer premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos ochenta y cuatro mil $ 84.000,00 y segundo premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos sesenta y tres mil $ 63.000,00. Sección Escultura:
primer premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos ochenta y cuatro mil $ 84.000,00 y segundo premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos sesenta y tres mil $ 63.000,00; Sección Arte Cerámica: primer premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos ochenta y cuatro mil $
84.000,00 y segundo premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos sesenta y tres mil $
63.000,00; y Sección Arte Textil: primer premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos ochenta y cuatro mil $ 84.000,00 y segundo premio adquisición Gobierno de Entre Ríos, la suma de pesos sesenta y tres mil $ 63.000,00; pasando las obras galardonadas a formar parte del patrimonio del citado Museo.
Art. 3º Autorízase a la señora Directora del Museo Provincial de Bellas Artes Pedro E. Martínez, a suscribir los contratos de cesión total, onerosa y exclusiva de los derechos patrimoniales de autor, conforme al modelo que se aprueba y que, como Anexo II, pasa a ser parte integrante del presente texto legal.
Art. 4º Facúltase a la señora Secretaria de Cultura a establecer los plazos de inscripción, recepción de obras, actuación del jurado, como todo otro plazo necesario para llevar adelante la convocatoria estipulada en el Reglamento que se aprueba por el Artículo 1 del presente texto legal, mediante el dictado de resoluciones.
Art. 5º Impútase el gasto a: D,A. 986, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 05, Entidad 0000, Programa 19, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 3, Función 48, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 4, Partida Principal 6, Partida Parcial 0, Partida Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del Presupuesto Vigente.
Art. 6º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a hacer efectivos los pagos que resulten de la aplicación del Artículo 2 del presente texto legal.
Art. 7º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 8º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date08/11/2022

Page count70

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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