Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 2860 MGJ

APROBANDO ADENDA
Paraná, 30 de diciembre de 2020

VISTO:
La gestión iniciada por la agente María Solange Ochoteco, DNI Nº 25.032.476, Legajo N 241.862, con prestación de servicios en el Registro de la Propiedad Inmueble de Paraná dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que la citada agente vinculada al Estado Provincial bajo la modalidad de Contrato de Servicios, solicita la modificación de la categoría y tramo, en virtud de haber obtenido el Título de Martillero, Corredor Público y Corredor Inmobiliario, expedido por la Universidad Empresarial Siglo XXI; y Que a fojas 26, la Señora Directora General del Notariado, Registros y Archivos informa que la agente Ochoteco desempeña satisfactoriamente las tareas acordes a su formación académica, funciones técnico registrales ya que realiza la tarea de calificación y matriculación de documentos en la sección Dominio del Registro de la Propiedad Inmueble de Paraná; y Que a fojas 30, obra intervención de la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación, manifestando que se podría equiparar su remuneración a una Categoría 5 Profesional B del Escalafón General; y Que a fojas 32, obra dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, sin observar impedimentos legales para este trámite; y Que a fojas 40, obra autorización de la Señora Ministra de Gobierno y Justicia para la continuidad del trámite solicitado; y Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, ha efectuado a fojas 41 el cálculo del costo que genera la gestión e informa a fojas 43 la imputación presupuestaria para atender el gasto; y Que en virtud de lo expuesto resulta pertinente acceder a lo solicitado mediante la modificación de la cláusula primera y cuarta del contrato de locación de servicios aprobado por Decreto N 4791/18
MGJ y renovado por Decretos N 311/19 MGJ y N 2129/20 MGJ; y Que la presente gestión encuadra en las disposiciones del Art. 174º de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Apruébase a partir de la fecha del presente, la Adenda suscripta entre la Señora Ministra de Gobierno y Justicia y la agente María Solange Ochoteco, DNI N 25.032.476, correspondiente a la modificación de las cláusulas primera y cuarta del Contrato de Servicios aprobado por Decreto N 2129/20 MGJ, que adjunta forma parte integrante del presente.
Art. 2 - Impútase el gasto a: Dirección de Administración 966 Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 Programa 18 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 1 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 Subfuente de Financiación 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 2 Partida Parcial 1/2/3/5 - Partida Subparcial 1001/1020 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.
Art. 3 - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y abonar a la agente María Solange Ochoteco, DNI N25.032.476, los importes correspondientes, conforme lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente norma legal.
Art. 4 - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5 - Comuníquese, publíquese, con copia del presente, remítanse a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 2861 MGJ
OTORGANDO SUBSIDIO
Paraná, 30 de diciembre de 2020
VISTO:
La gestión iniciada en el ámbito del Instituto de Promoción Cooperativa y Mutualidades de Entre Ríos -IPCyMER-; y
Paraná, martes 13 de abril de 2021

CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, se tramita el otorgamiento de un subsidio a la Cooperativa de Trabajo Kaizen Ltda., Matricula Nacional N 5 5.8 38 , po r la s u ma d e p es os cien to c in c ue nta mil $
150.000,00, para ser destinado a solventar los gastos de capacitación, fomento y funcionamiento del cooperativismo a través de programas de televisión por cable y medios digitales, según proyecto anexado a fojas 31/37; y Que el citado Proyecto, tiene como finalidad desarrollar actividades educativas y de capacitación sobre la realidad, objetivos actuales y funcionamiento del cooperativismo a partir de notas periodísticas, destinado a medios digitales y tradicionales de televisión por cable; y Que se ha cumplimentado con los requisitos exigidos en el Artículo 1 del Anexo I del Decreto N 5773/92 MEOSP, anexándose el Formulario de Solicitud de Subsidio, obrando intervención del Área Contable del Instituto de Promoción Cooperativa y Mutualidades, la cual informa que la entidad solicitante se encuentra inscripta en el Registro Nacional -INAESy posee su matrícula vigente y se encuentra al día con el cumplimiento de las obligaciones legales, de acuerdo a las prescripciones contenidas en los Artículos 41 y 56 y concordantes de la Ley N 20.337; y Que obran intervenciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, no encontrando objeciones legales para el dictado del acto administrativo; y Que obra autorización de la Señora Ministra de Gobierno y Justicia y del Titular del Poder Ejecutivo; y Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia ha adjuntado el volante de reserva respectivo, debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia; y Que el subsidio gestionado es financiado con recursos provenientes del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional N 23.427 y su correspondiente Ley Provincial N 8.130; y Que obra informe favorable de la Comisión Interdisciplinaria según Artículo 8º, Anexo I del Decreto N 5773/92 MEOSP; y Que la presente gestión encuadra en la normativa vigente en materia de aplicación del Fondo mencionado, Decreto Reglamentario N 5773/92 MEOSP - y sus modificatorios Decreto N
2181/00 MEOSP y Decreto N 1032/14 MGJ;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1- Otórgase un subsidio a la Cooperativa de Trabajo Kaizen Ltda., Matrícula Nacional N 55.838, de la ciudad de Rosario del Tala, Departamento Tala, Provincia de Entre Ríos, en la persona d e s u Pre side nt e, Se ño r Lu is Ma rc elo Is au rra ld e, D N I N
22.115.642, con domicilio legal en calle Los Andes N 214 de la ciudad de Rosario del Tala, Departamento Tala, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos ciento cincuenta mil $
150.000,00, con destino a solventar los gastos de capacitación, fomento y funcionamiento del cooperativismo a través de programas de televisión por cable y medios digitales financiado con recursos provenientes del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional N
23.427 y su correspondiente Ley Provincial N 8130; con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 2 - Impútase el monto de $ 150.000,00 a: Dirección de Administración 955 - Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto 00
- Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 4 - Función 90 - Fuente de Financiamiento 13 - Sub-Fuente de Financiamiento 0413 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 8 - Subparcial 0000 Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 del Presupuesto vigente.
Art. 3 - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia a hacer efectivo el otorgamiento del subsidio dispuesto por el Artículo 1
del presente Decreto a la Cooperativa de Trabajo Kaizen Ltda., por la suma de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00.
Art. 4 - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5 - Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/4/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date13/04/2021

Page count34

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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