Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Campos -Dpto. San Salvador, a partir del 01/11/19, conforme lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º - Intímase al Odontólogo Emiliano Martin Vilche DNI N
26.310.363, para que en un plazo perentorio de quince 15 días a partir de su notificación proceda a la devolución de la suma de pesos setenta y nueve mil trescientos cincuenta con veintiséis centavos $
79.350.26 que percibió indebidamente en concepto de haberes luego de presentada la renuncia, bajo apercibimiento de ley.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 4º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 2154 MS
MODIFICANDO PARCIALMENTE ESTRUCTURA ORGANICA
Paraná, 9 de diciembre de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la modificación parcial de la Estructura Orgánica del Ministerio de Salud y la asignación de funciones a favor del agente Diego Raúl Giménez, D.N.I. N 23.485.513; y CONSIDERANDO:
Que es necesaria la creación del Departamento Seguridad e Higiene Laboral del Ministerio de Salud en el marco de las normativas vigentes establecidas por Ley 24.557 y sus Decretos Reglamentarios y por la Ley N 19.587, la que tendrá bajo su órbita la División Gestión Administrativa y Prevención de Riesgos Laborales;
Que mediante Decreto N 3927/02 S.E.S. y Resolución N 1736/12
se aprobó y puso en vigencia la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Salud;
Que dicho pedido se fundamenta en la necesidad de asesoramiento en higiene y seguridad en el trabajo teniendo en cuenta la legislación vigente, definición de políticas de seguridad en el trabajo, cumplimiento de normas de seguridad laboral que deben adoptar terceros que realicen tareas o presten servicios en el ámbito del Ministerio de Salud o de sus dependencias, definición de estrategias para la prevención de riesgos laborales, capacitación continua en relación a salud y seguridad ocupacional;
Que por otra parte se destaca que la tarea realizada en seguridad e higiene laboral es de asesoramiento y verificación del cumplimiento de condiciones exigidas en la normativa, por lo que la creación del Departamento Seguridad e Higiene Laboral permitirá ejecutar acciones que tienen que ver con la colaboración de ese Departamento con otras areas dependientes del Ministerio de Salud;
Que atento a lo expuesto es necesario asignar las funciones de Jefe del Departamento Seguridad e Higiene Laboral al agente Giménez, por reunir los requisitos profesionales necesarios para el desempeño de las funciones encomendadas a partir de la creación del citado Departamento;
Que de acuerdo a lo informado por las áreas pertinentes, el Departamento y la División que se interesan crear, cuentan con espacio físico, recursos humanos, muebles y útiles;
Que dicho agente revista en categoría 1 -Carrera Profesional -Tramo C de la Subsecretaría de Administración - del Ministerio de Salud;
Que la Dirección General de Recursos Humanos, ha emitido el informe pertinente de acuerdo a lo establecido por el Decreto N
2900/71 SGG;
Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, ha realizado los cálculos, la reserva de fondos e imputación correspondiente;
Que la Delegación Contable de la Contaduria General de la Provincia ha tomado la intervención pertinente;
Que la presente gestión se encuadra en el artículo 1 del Decreto Nº 5384/03 GOB, en el Anexo I, Punto G del Decreto Nº 4458/90
MGJOSP y su modificatorio el Decreto Nº 2426/04 GOB y Decreto N
7376/08 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Modifícase parcialmente la Estructura Orgánica del Ministerio de Salud y créase el Departamento Seguridad e Higiene Laboral el que tendrá bajo su órbita la División Gestión Administrativa y Prevención de Riesgos Laborales y dependerá de la Subsecretaría de Administración del citado Ministerio y cuyas funciones se encuen-

Paraná, lunes 8 de febrero de 2021

tran detalladas en el Anexo I que pasa a formar parte del presente texto.
Art. 2º - Asígnanse a partir de la fecha del presente decreto y en forma transitoria las funciones de Jefe del Departamento Seguridad e Higiene Laboral del Ministerio de Salud, al agente Diego Raúl Giménez DNI N 23.485.513, quien revista en categoría 1
-Carrera Profesional -Tramo C -Escalafón General de la Subsecretaría de Administración y otórgase el adicional por responsabilidad funcional hasta tanto se desempeñe en las mismas.
Art. 3º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 960
-Carácter 1 -Jurisdicción 45 -Subjurisdicción 00 - Entidad 0000
-Programa 01 -Subprograma 00 -Proyecto 00 - Actividad 04 -Obra 00 -Finalidad 3 -Función 14 -Fuente de Financiamiento 11 Subfuente de Financiamiento 0001 -Inciso 1- Partida Principal 1
-Partida Parcial 1/3/4/6
-Partida Subparcial 1001/1100/1103/1111/1169/ 1031/1051/1075 -Departamento 84
-Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.
Art. 4º Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a abonar al agente Diego Raúl Giménez, DNI
Nº 23.485.513, la suma que corresponda de acuerdo a lo establecido en el presente decreto.
Art. 5º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez ANEXO I
Departamento Seguridad E Higiene Laboral Funciones 1 - Asesoramiento en higiene y seguridad en el trabajo, en el marco de la normativa de aplicación vigente.
2 - Participar en la definición de las políticas de seguridad en el trabajo.
3 - Promover el cumplimiento de normas de seguridad laboral.
4 - Asesorar, a los responsables de los establecimientos dependientes del Ministerio de Salud, de acuerdo a las exigencias de la legislación vigente y los requerimientos de los organismos de controlar.
5 - Asesorar con relación a las medidas de seguridad laboral que tengan que adoptar terceros, que realicen tareas o presten servicios en el ámbito del Ministerio de Salud o de sus dependencias, en virtud de la responsabilidad recíproca establecida en la legislación.
6 - Participar en la definición de estrategias, para la prevención y la implementación de medidas tendientes a mitigar y/o eliminar riesgos laborales; con la aprobación de la superioridad y posterior la intervención de los responsables de las áreas involucradas.
7 - Realizar auditorías continuas, programadas o a demanda de los distintos establecimientos dependientes del Ministerio de Salud.
8 - Elaborar informes técnicos relacionados con la prevención de riesgos laborales, accidentes y enfermedades de trabajo, identificando riesgos y proponiendo medidas preventivas. Asesorando con relación a elementos de protección colectiva y personal.
9 - Realizar el estudio de los puestos de trabajo para determinar los agentes de riesgo y actuar según lo establecido en la normativa aplicable.
10 - Realizar estudios de campo que puedan ser de interés, en el marco de la prevención de riesgos laborales.
11 Implementar un sistema que permita el registro, seguimiento, investigación y análisis estadístico de accidentes y enfermedades laborales; asesorando en la adopción de las medidas preventivas.
12 - Definición de indicadores de gestión, análisis estadístico y reporte periódico a quien corresponda.
13 - Implementar un programa de capacitación continúa, en lo que refiere a salud y seguridad ocupacional, exigido en la normativa; formando e informando a los trabajadores en lo atinente a higiene y seguridad en el trabajo.
14 - Evaluar y aprobar el ingreso de personas competentes, que aspiren a puestos en el Departamento o Divisiones.
15 - Evaluar y generar las condiciones para la capacitación continua del personal del Departamento de Seguridad e Higiene laboral.
16 - Interactuar, para considerar las medidas necesarias ten-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/2/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date08/02/2021

Page count30

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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