Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Paraná, viernes 18 de diciembre de 2020

BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 2325 GOB
OTORGANDO ASUETO Y RECESO ADMINISTRATIVO
Paraná, 16 de diciembre de 2020
VISTO:
Las festividades de Navidad y Año Nuevo; y CONSIDERANDO:
Que las mismas constituyen tradicionalmente motivo de reuniones familiares, siendo intención de esta Administración teniendo presente las previsiones contenidas en el DNU 956/20 PEN y normativa que lo modifique o reemplace, facilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos;
Que por otro lado, la experiencia indica que en vísperas de las fiestas, como así también durante el mes de enero, se observa una marcada disminución de trámites y gestiones en áreas vinculadas con los restantes Poderes del Estado, en virtud de la feria del Poder Judicial y período de sesiones legislativas;
Que a efectos de ordenar la utilización de la licencia anual ordinaria por parte de la Administración Central, tendiente a lograr un equilibrado manejo de los recursos humanos y materiales con miras a la racionalización y austeridad del gasto público, se estima conveniente disponer asueto y receso administrativo en la órbita de este Poder Ejecutivo, en aquellas áreas que admitan esta modalidad sin resentir la prestación de servicios esenciales;
Que a fin de brindar seguridad jurídica para los administrados, dichos períodos serán considerados inhábiles administrativos conforme lo establecido en el Art. 5º del Decreto Nº 1092/20 GOB, suspendiéndose los plazos procedimentales, con las excepciones de aquellos procedimientos que, de acuerdo al interés público comprometido, sea imprescindible continuar;
Que en el marco de la declaración de Emergencia Sanitaria dispuesta por Decreto Nº 361/20 MS dictado como consecuencia de la Pandemia de COVID-19, se considera conveniente extremar las medidas precautorias pertinentes para reducir el tránsito de personas a fin de minimizar la posibilidad de circulación del virus;
Que la medida a adoptar no determina la suspensión total de las funciones propias del Estado, ya que se deberá garantizar la continuidad en la prestación de los servicios esenciales a cargo de éste, debiéndose establecer las guardias con las modalidades que cada situación amerite para no resentir su normal funcionamiento en observancia de lo establecido en el Documento COES ID: DCOES039;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 174º de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Provincial desde el 24 al 31 de diciembre de 2020.Art. 2.- Dispónese receso administrativo en el ámbito de la Administración Pública Central, durante el período comprendido entre los días 2 y 22 de enero de 2021 inclusive, el que se computará a cuenta de la licencia anual ordinaria de los agentes.Art. 3.- Ratifícase la vigencia del Art. 5º del Decreto Nº 1092/20
GOB en el período de asueto y receso y dispónese en consecuencia la suspensión de los plazos administrativos, excepto los referidos a los procedimientos de selección del co-contratante estatal bajo la ley de contabilidad y la de obras públicas, los concernientes a las operaciones de crédito público, a los procedimientos de los registros públicos y a los que expresamente las autoridades máximas de cada jurisdicción les habiliten día y hora mediante la emisión de los actos administrativos de su competencia.Art. 4.- Los señores Ministros Secretarios de Estado y el señor Secretario General de la Gobernación en la jurisdicción Gobernación, mediante el dictado de Resoluciones establecerán las medidas necesarias a efectos de garantizar los servicios esenciales y el funcionamiento de sus dependencias en los períodos de asueto y receso, pudiendo disponer en su ámbito las modalidades bajo las cuales se prestarán servicios los agentes responsables, así como los lineamientos a seguir para la atención de situaciones extraordinarias y/o de urgencia que se susciten.Art. 5.- Instase a los titulares de los organismos descentralizados de la Administración Pública Provincial a dictar normas análogas a la presente.Art. 6.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 7.- Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 1735 MGJ

REVOCANDO DECRETO
Paraná, 19 de octubre de 2020

VISTO:
La Resolución N 263 de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de fecha 15 de marzo de 2019; y CONSIDERANDO:
Que por la citada resolución se aceptó la renuncia presentada por el agente Pablo Rafael Lederhos, DNI N 29.988.420, Legajo N173.124, categoría 4 Administrativo - Ejecución, a las funciones de la Jefatura de División Sistema y Operadores del Departamento Informática dependiente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a partir del 1 de abril de 2019 y reasignando las mismas al agente Darío Ulises Chabrillon, DNI N 27.654.661, Legajo N 112.295, categoría 8, Administrativo - Ejecución planta permanente del mismo Organismo; y Que a fojas 01, luce nota suscripta por la señora Coordinadora de Gestión del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, comunicando sobre la Resolución N 263/19
DGRECCP, obrante a fojas 02/03; y Que obra agregada a fojas 04 formal renuncia presentada por el agente Pablo Rafael Lederhos a la Jefatura cuya reasignación se gestiona en autos;
Que a fojas 05/08 se agregó copia del Decreto N 3760/13 MGJ
de la asignación de funciones al agente Lederhos adjuntando a fojas 09/11 copia del Decreto N 8684/06 GOB, ratificatorio de la Resolución N 566/06 DGRECCP como antecedentes legales y administrativos de las funciones que se pretenden reasignar; y Que a fojas 12, intervino la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, informando que el agente Pablo Rafael Lederhos, percibe en concepto de Adicional por Responsabilidad Funcional el equivalente al veinticinco por ciento 25% de la Categoría 2 mientras que el agente Darío Ulises Chabrillon no percibe suma alguna en tal concepto; y Que a fojas 14/15, la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación, entendió que previo dar intervención a los organismos legales y técnicos de competencia, se estaría en condiciones de elevar al Poder Ejecutivo el pertinente proyecto de Ac to A d minis tra tivo que ratifique la Resolución N 263/19
DGRECCP regularizando las situaciones dadas de hecho en el Departamento Informática, encuadrando la presente gestión en las disposiciones del Decreto Nº 5384/03 GOB; y Que a fojas 17 la Dirección General del Servicio Administrativo Contable manifiesta que el agente Lederhos percibió el Adicional por Responsabilidad Funcional hasta el 31 de marzo de 2019;
Que a fojas 18/19, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, no encontró objeciones jurídicas que efectuar a la prosecución del trámite, quedando a criterio de la Superioridad el dictado del Acto Administrativo pertinente con la salvedad que la asignación de las funciones corresponde de modo transitorio en mérito a lo prescripto por Decreto N 7376/08
GOB; y Que a fojas 27, intervino la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, efectuando el cálculo del costo a fojas 25, y agregando volante con la reserva preventiva a fojas 26 debidamente intervenido por el Contador Auditor de la Contaduría General de la Provincia; y Que la presente gestión encuadra en las disposiciones de los Decretos N 4458/90 MGJOSP, modificado por Decreto N
2426/04 GOB, Decreto Nº 5384/03 GOB y sus modificatorios y Decreto N 7376/08 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Revócase el Decreto N 3760 MGJ de fecha 17 de oc tu bre de 2 01 3, ra tifica to rio d e la Resolución N 617/12
DGRECCP.
Art. 2 - Ratifícase en todos sus términos la Resolución N 263
de fecha 15 de marzo de 2019 de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, conforme a lo expresado en los considerandos de esta norma legal.
Art. 3 - Reconócese lo actuado a cargo de la Jefatura de la División Sistema y Operadores dependiente del Departamento Informático de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas al Agente Darío Ulises Chabrillon, DNI N 27.654.661, Legajo Personal N 112.295, categoría 8, Administrativo, Ejecución, desde el 1 de abril de 2019 y hasta la

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date18/12/2020

Page count30

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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