Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 869 MGyJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 22 de junio de 2020

VISTO:
El recurso previsto por el artículo 99 de la Ley N 5654/75, contra la Resolución DP N 2573/18, interpuesto por la Agente Auxiliar de la Policia de Entre Ríos, señora Antonella Vergara Sione, LP N
29649, MI N 34.495.505; y CONSIDERANDO:
Que el acto administrativo atacado, Resolución DP N2573/18, que dispueso el orden de mérito para el ascenso del Personal Subalterno de la Policía de la Provincia, fue notificado a la causante en fecha 29
de diciembre de 2018, a las 10,37 horas, cfr. fojas 03, y teniendo en cuenta que la fecha de interposición del recurso es el día 03 de enero de 2019, a las 17,24, cfr. fojas 01, corresponde tenerlo por presentado en forma extemporánea, de acuerdo a lo previsto por el artículo 99 de la Ley N 5654/75; y Que a fojas 24, la División Asesoría Letrada de la Jefatura de Policía de la Provincia, mediante Dictamen N 66/19, señaló la extemporaneidad del recurso interpuesto; y Que conforme lo opinado a fojas 27/28, por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, mediante Dictamen N 808/19, en los presentes actuados es de aplicación el Reglamento General de Policía, Ley N 5654/75, el Decreto N
5778/06 MGJOySP y las respectivas modificaciones; y Que en virtud de la normativa señalada, la peticionante ha presentado su disconformidad fuera del plazo de cuarenta y ocho 48 horas de notificada, dispuesto por el artículo 99 de la Ley N 5654/75, para interponer el reclamo oportuno, por lo que el mismo deviene improcedente; y Que al respecto, cabe evocar que el recurso de apelación del artículo 99 del RGP, se presenta apto para cuestionar la ubicación obtenida en base a las calificaciones otorgadas por lo órganos evaluadores y de tal modo tener expectativa de obtener, según la disponibilidad posterior de vacantes, la promoción en el grado superior. Se trata entonces de un recurso que requiere del aspirante el cuestionamiento oportuno y eficaz de la posición en el orden de mérito sobre la cual decidirá el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, la no impugnación, en tiempo y forma, frustrará la pretensión de obtener su modificación y/o revisión, de tal modo que, los actos posteriores que se dicten serán consecuencia de los anteriores que habrán adquirido fuerza y eficacia; y Que por ello, no corresponde expedirse sobre el fondo a tenor de la presentación tardía contra el orden de mérito, al recurrirse intempestivamente la Resolución DP N 2573/18, procediendo al rechazo del recurso interpuesto por la Agente Antonella Vergara Sione; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Recházase el recurso previsto por el artículo 99 de la Ley N 5654/75, contra la Resolución DP N 2573/18, que establece el orden de mérito para el ascenso del Personal Subalterno de la Institución Policial, interpuesto por la Agente Auxiliar de la Policia de Entre Ríos, señora Antonella Vergara Sione, LP N 29649, MI N
34.495.505, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto, será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente, archívense.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 870 MGyJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 22 de junio de 2020
VISTO:
El recurso previsto en los términos del artículo 99 de la Ley 5654/75, contra la Resolución DP N 230/19, que dispone el orden de mérito para el ascenso ordinario del Personal Policial, interpuesto por el Sub Comisario de la Policia de Entre Ríos, señor Daniel Darío Escobar, MI N 22.690.654, LP N 21397; y
Paraná, lunes 10 de agosto de 2020

CONSIDERANDO:
Que el recurso de disconformidad contra el orden de mérito dispuesto por resolución del señor Jefe de Policía de la Provincia, previsto por el artículo 99 de la Ley de Policía N 5654/75, debe ser interpuesto dentro de las cuarenta y ocho 48 horas de notificado del orden asignado; y Que el recurrente fue notificado de la Resolución DP N 230/19, en fecha 27 de enero de 2019, a las 10,05 horas, cfr. fojas 02, e interpuso el presente recurso en fecha 30 de enero, a las 09,20
horas, cfr. fojas 01 vuelta, siendo entonces formalmente extemporáneo; y Que a fojas 26, obra intervención de la División Asesoría Letrada de la Policía de Entre Ríos, a través de Dictamen N 168/19, efectuando el análisis formal del recurso interpuesto; y Que por su parte, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, a través de Dictamen N
1809/19, efectúa el análisis formal del recurso interpuesto señalando la extemporaneidad del mismo, conforme la normativa citada; y Que por lo expuesto, sin entrar en la cuestión de fondo el citado Organismo aconseja el dictado del acto en el sentido del rechazo del mismo, por extemporáneo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Recházase el recurso previsto en los términos del artículo 99de la Ley 5654/75, contra la Resolución DP N 230/19, interpuesto por el Sub Comisario de la Policía de Entre Ríos, señor Daniel Darío Escobar, MI N 22.690.654, LP N 21397, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto, será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente, archívense.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 871 MGyJ
DISPOSICION
Paraná, 22 de junio de 2020
VISTO:
La gestión iniciada por la Jefatura de Policía de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita el retiro obligatorio por invalidez de la Institución Policial del Agente de Policía, Dn. Juan Ignacio Albornoz, DNI N 34.605.199, Legajo Personal N 31420; y Que a fojas 43 y vuelta, la hoy Sección Trámites Previsionales y Sociales dependiente de la Dirección Personal de la Policía de Entre Ríos, adjunta para el caso la planilla demostrativa de servicios del funcionario; y Que a fojas 50, el Área Central de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, se expide manifestando que el funcionario, posee una incapacidad del 66% total y permanente para la actividad policial, y el 20% de incapacidad para la vida civil, administra sus bienes; y Que a fojas 52/55, obra Resolución JP N 192/17, de fecha 22
de noviembre de 2017, por la cual se dispuso la sanción de destitución por cesantía del Sr. Albornoz, concordante con lo informado por la Dirección Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Entre Ríos, a fojas 64; y Que a fojas 57, la Sección Asesoría Letrada dependiente de la Dirección Personal de la Jefatura de Policía de la Provincia, estableció continuar con el trámite de retiro por invalidez que se sigue al causante, en virtud de encontrarse dentro de los parámetros legales y sin perjuicio de la sanción que le ha sido impuesta al Sr. Albornoz, con motivo del Sumario Administrativo N 4122; y Que a fojas 72/73, obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, quien dictaminó que no se encontraron objeciones jurídicas que formular al respecto; y Que a fojas 79, obra intervención de Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos, quien dictaminó que no se advierten objeciones que formular a la prosecución del trámite; y Que fundamenta tal petición en las previsiones establecidas en los artículos 247; 248, Inc. d; 253 Inc. 2, apartado a; 258,

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/08/2020

Page count14

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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