Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/6/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 12 de junio de 2020

BOLETIN OFICIAL

Subjefe/a de Servicio Médico del Servicio de Clínica Médica.
Designando interinamente a los profesionales que a continuación se detallan, por el término de 1 año, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley 9892, a saber:
Dr. Hernán Matías Golly, DNI N 24.488.410, en el cargo de Jefe de Servicio Médico del Servicio de Cirugía del Hospital 9 de Julio de La Paz.
Dr. Pablo Miguel Bonello, DNI N 25.616.381, en el cargo de Subjefe/a de Servicio Médico del Servicio de Cirugía del Hospital 9 de Julio de La Paz.
Dr. Roberto Ramón We nceslao Chiarelli, DNI N 16.075,404, en el cargo de Subjefe/a de Servicio Médico del Servicio de Clínica Médica del Hospital 9 de Julio de La Paz, reteniendo el cargo de Profesional Asistente Médico del mismo servicio y nosocomio en el cual revista en forma efectiva por Decreto N 2646/14 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar la suma que corresponda en concepto de lo dispuesto por el presente decreto.
DECRETO Nº 532 MS
Paraná, 26 de marzo de 2019
Revocando a partir de la fecha del presente, el artículo 3 del Decreto N 266/18 MS, por el cual el Dr. Javier Fabián Damiani, DNI
N 20.279.216, fue designado como Director de la Dirección de Políticas de Salud del Ministerio de Salud, en virtud a que el mismo presenta su renuncia.
Incorporando al Régimen de Dedicación Exclusiva y Bloqueo de Matrícula, al odontólogo Javier Fabián Damiani, DNI N 20.279.216, quien revista como Profesional Asistente Efectivo - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - Escalafón Sanidad del Hospital Dr. Brage Villar de Hasenkamp.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar oportunamente la suma que corresponda al odontólogo Damiani, en concepto de lo dispuesto en el presente decreto.
DECRETO Nº 533 MS
Paraná, 26 de marzo de 2019
Reimputando el gasto autorizado mediante Decreto N 4729 MS de fecha 26 de diciembre de 2018, a la siguiente cuenta del presupuesto 2019: DA 960 -C 1 -J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP 00 -PY 00 -AC
01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 -SF 0001 -13 -PR 9 -PA 9 -SP 0000
-DP 84 -UG 07.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y efectivizando a la Firma A-Erre Comunicación Agencia Textual de Aurora Graciela Ruiu de esta ciudad la suma de $ 11.288,00, con cargo a rendir cuenta, el Departamento Tesorería del citado Ministerio, ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
DECRETO Nº 534 MS
Paraná, 26 de marzo de 2019
Aceptando la renuncia presentada por la Sra. Cristina Cirila Otero, DNI N 10.748.253, Legajo N 179.972, al cargo categoría 12- Tramo B -Carrera Enfermería - Escalafón Sanidad del Hospital Domingo Cuneo de Victoria, a partir del 1 de septiembre de 2017, por haberse acogido al beneficio previsional nacional de jubilación mediante la Administradora Nacional de la Seguridad Social ANSES ya que la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, informa que la agente Otero, no se encuentra sumariada ni involucrada en información sumaria alguna.

ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 90 ATER
DISPOSICION
Paraná, 26 de mayo de 2020

VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N 493/20 PEN, el Decreto N
728 GOB de fecha 26 de mayo de 2020 y la Resolución N 78/20
ATER; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto de Necesidad y Urgencia, el Poder Ejecutivo Nacional prorrogó hasta el 7 de junio de 2020, inclusive, el aislamiento social, preventivo y obligatorio, establecido por DNU N
297/20 PEN;
Que el Decreto provincial aludido en el Visto, atendiendo a la prórroga referida en el Considerando precedente, dispuso, en el ámbito de la Administración Pública Central, el mantenimiento de los servicios del Estado Provincial durante el período de aislamiento preventivo, social y obligatorio, establecido por DNU N 297/20 PEN, prorrogado sucesivamente por DNU N 325/20 PEN, N 355/20 PEN,
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N 408/20 PEN, N 459/20 PEN y N 493/20 PEN en observancia al Documento COES ID: DCOES039 y demás directivas que el citado Órgano emita;
Que, dicho texto legal, luego de disponer la prórroga de los Artículos 9 y 10 del Decreto N 368/20 GOB y 3 a 7, inclusive, del Decreto N 521/20 GOB, y los Decretos N 549/20 GOB y 595/20
GOB, finalmente, invita a los titulares de los entes descentralizados, a los Poderes Legislativo y Judicial, a los Municipios y Comunas, a adoptar medidas análogas;
Que, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto N 361/20 MS, a causa de la situación epidemiológica provocada por el nuevo coronavirus COVID-19, declarada pandemia por la Organización Mundial de la Salud, esta Administradora Tributaria, adoptó las medidas pertinentes para garantizar la recaudación tributaria como insumo indispensable para el sostenimiento del funcionamiento del Estado;
Que así, en consonancia con el Decreto N 368/20 GOB, que dispuso asueto administrativo en la Administración Pública Provincial, invitando a los titulares de los entes descentralizados a tomar medidas similares, por Resolución N51/20 ATER, se dispuso igual medida en todo el ámbito de la Administradora Tributaria del 17 al 31 de marzo de 2020, prorrogando dicha norma hasta el 12 de abril de 2020, inclusive, por Resolución N 54/20 ATER;
Que, en ese escenario, se establecieron guardias mínimas para atender a la prestación de los servicios esenciales del Organismo, facultándose, a tal efecto, a los Directores a determinar las mismas en las dependencias a su cargo, atendiendo a la naturaleza de sus prestaciones, pudiendo disponer en sus ámbitos las modalidades bajo las cuales se prestarán tales servicios, tomando los recaudos tendientes a reducir la circulación de personas a fin de minimizar los riesgos de transmisión de la enfermedad declarada pandemia;
Que, en ese orden, ante la situación extraordinaria, se priorizó la atención por canales electrónicos y se potenció el Servicio de Atención al Ciudadano SAC, lo cual requirió, en materia de infraestructura informática y comunicacional, el desarrollo de nuevos procesos y la profundización de los que se encontraban en ejecución;
Que, asimismo, se mantuvieron las prestaciones de servicios de las Direcciones de Asuntos Jurídicos, de Impuestos, de Administración, y Despacho, lo cual permitió el dictado de normativa que llevó alivio a distintos sectores de contribuyentes, que sufren en su economía diaria los impactos colaterales negativos de la crisis sanitaria, principalmente de aquellos que constituyen los eslabones más débiles del sistema económico productivo;
Que por la Resolución N 58/20 ATER se dispuso el mantenimiento de los servicios de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, en todo el ámbito del Organismo, durante el período de aislamiento preventivo, social y obligatorio, establecido por DNU N 297/20
PEN, prorrogado sucesivamente por DNU N 325/20 PEN y DNU N
355/20 PEN, con observancia de las directivas y recomendaciones del Comité de Organización de Emergencias de Salud COES, declarándose inhábil, a los fines de los procedimientos administrativos, el período comprendido entre el 13 y el 26 de abril de 2020, excepto los referidos a los procedimientos de selección de los co-contratantes estatales bajo las Leyes de Contabilidad, y, entre otras disposiciones, facultó a los Directores del Organismo a establecer las medidas necesarias a los fines de garantizar el funcionamiento de sus dependencias en el período referido;
Que, posteriormente, en virtud de la Decisión Administrativa N
524/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación publicada en el Boletín Oficial en fecha 18/abril/2020, que exceptuó del aludido aislamiento social al personal de las oficinas de Rentas y de la actividad registral Artículo 1, puntos 2 y 3, se procedió a la apertura progresiva de Representaciones Territoriales para la atención presencial de contribuyentes, con turno previo y solo para determinados trámites que no pueden realizarse por canales electrónicos, garantizándose a los agentes la provisión de elementos de higiene y seguridad necesarios y el cumplimiento de los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria para la protección de los trabajadores y el público concurrente;
Que, luego, ante dicho marco normativo y el dictado del DNU N
408/20 PEN, prorrogando el aislamiento dispuesto por DNU N
297/20 PEN hasta el 10/mayo/2020, y el Decreto N 602/20 GOB, se dispuso, mediante Resolución N 70/20 ATER, el mantenimiento de los servicios de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, en todo el ámbito del Organismo, durante el período de aislamiento preventivo, social y obligatorio, y se mantuvo la suspensión de los plazos administrativos durante el período comprendido entre el 27
de abril y el 10 de mayo de 2020, inclusive, excepto los referidos a los procedimientos de selección de los co-contratantes estatales bajo las Leyes de Contabilidad y los plazos ordinarios concernientes al registro de documentación de mensura y certificaciones de las

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/6/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date12/06/2020

Page count56

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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