Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 573 MPIyS

Paraná, 26 de diciembre de 2019
Disponiendo la utilización del Fondo de Desarrollo Energético FDEER, creado por el Articulo 78 de la ley N 8916 hasta la suma de $ 350.428,74 y en consecuencia facultase a la Secretaria Ministerial de Energía a transferir dichos fondos al Club Social y Deportivo Defensores de Pronunciamiento DEPRO, de la ciudad de Pronunciamiento, Departamento Uruguay, en la persona de su Presidente, señor Ramón Oscar Perron, DNI N 22.850.993, en carácter de subsidio no reintegrable, con destino al pago de la realización de la obra denominada Segunda Etapa del Proyecto de Eficiencia Energética en la Iluminación del Estadio Delio Esteban Cardozo del Club Social y Deportivo Defensores de Pronunciamiento.
Autorizando a la Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, a abonar al Club Social y Deportivo. Defensores de Pronunciamiento DEPRO, en la persona de su presidente, señor Ramón Oscar Perron, DNI N22.850.993 por el sistema de libramientos, el importe dispuesto en este decreto, con cargo de oportuna rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
DECRETO Nº 576 MPIyS
Paraná, 26 de diciembre de 2019
Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial Ejercicio 2019, establecido por Ley N 10.660, mediante ampliación de créditos por la suma de $ 145.400.146,16, en la Jurisdicción 25
-Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Unidad Ejecutora: Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, conforme se discrimina en planillas analíticas del recurso y del gasto que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.
DECRETO Nº 589 MPIyS
Paraná, 26 de diciembre de 2019
Reconociendo y disponiendo el pago del subsidio por fallecimiento del Sr. Maximiliano Darío Fabro, DNI N24.592.379. quien se desempeñaba como agente de planta permanente de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, a favor de su cónyuge supérstite la Sra. Natalia Elizabeth Ledesma, DNI N 29.024.720, por sí y en representación de sus hijos menores Juana Valentina Fabro Ledesma, DNI N 54.156.338 y Máximo Rafael Fabro Ledesma, DNI N
57.222.443. conforme lo detallado en la presente norma legal.Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a efectivizar a la Sra. Natalia Elizabeth Ledesma, la suma total de $
88.083,54, liquidado en concepto de subsidio por fallecimiento, conforme lo dispuesto en el presente decreto.
DECRETO Nº 591 MPIyS
Paraná, 26 de diciembre de 2019
Aprobando una partida ampliatoria de $ 47.584,53, con destino la obra Cambio de cubierta edificio taller Hospital Santa Rosa" Villaguay - Departamento Villaguay".Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del libramiento correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos para emitir el pago de $
47.584,53, a la Firma Schmidt Marcelo Fabián Construcciones S.R.L., a los efectos de cubrir las erogaciones mencionadas en el presente decreto, debiendo la empresa antes mencionada presentar la factura debidamente conformada, previa emisión de la correspondiente orden de pago para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Disponiendo que la Subsecretaria de Arquitectura y Construcciones, proceda dentro de los treinta días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el Funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto N" 6440/94 SOySP.
DECRETO Nº 594 MPIyS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 26 de diciembre de 2019
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Fabricio Alejandro Meza, DNI N 31.815.827, interpone formal recurso de apelación
Paraná, miércoles 20 de mayo de 2020

jerárquica contra la decisión adoptada por la Comisión Administradora para el Fondo Especial Salto Grande - CAFESG de no renovar el contrato de locación de obra, dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios; y, CONSIDERANDO:
Que el citado agente interpone el recurso mencionado precedentemente, en fecha 31 de enero de 2018, mediante Telegrama Ley 23789, ingresado en la Secretaria Privada de la Gobernación el día 06/02/2018
Que el objeto principal que motiva su interposición consiste en la impugnación de la decisión de la Comisión Administradora para el Fondo Especial Salto Grande - CAFESG - de no renovar el contrato de locación de obra aprobado por Resolución N 1/17
C.A.F.E.S.G, que unía al Sr. Meza con la CAFESG; y, Que la relación contractual entre el peticionante y el ente tuvo su origen en el contrato de locación de obra celebrado en fecha 17/04/15, cuyo plazo de ejecución se convino en 12 meses contados desde el 01/01/15 al 31/12/15, aprobado por Resolución N
94/15 C.A.F.E.S.G; posteriormente, por Resolución N 46/16
C.A.F.E.S.G, se aprobó un nuevo contrato de locación de obra por seis meses contados desde el 01/07/16 al 31/12/16, mediante la celebración de un nuevo convenio aprobado por Resolución N
382/16 C.A.F.E.S.G; finalmente por Resolución W 1/17 CAFESG, se aprobó el Contrato de locación de obra en fecha 30/1 0/17 por el plazo de doce meses, desde el 01/01/17 hasta 31/12/17; y, Que la extinción de dicho vínculo opero de pleno derecho al vencimiento del plazo estipulado, sin que se requiera el dictado de un acto administrativo expreso por el cual se disponga la Resolución del contrato de locación de obra, por ello corresponde ser encauzada la presente como formal reclamo administrativo en el marco del Derecho Constitucional de peticionar Articulo 14
C.N y la Ley local de trámites administrativos N 7060;
Que por Resolución N 194/17 C.A.F.E.S.G, funda su decisión de no renovar el Contrato de locación de obra con el Sr. Fabricio Meza en la intención de efectuar ajustes de contratación de su personal para el año 2018, a fin de adecuar las funciones y operatividad previstas en la Comisión Administradora y en función de la administración eficiente de los recursos; y, Que al tomar intervención Fiscalía de Estado, mediante Dictamen N 0518/18, manifestó que la vinculación con el Sr. Meza de ningún modo otorga derecho subjetivo alguno a la estabilidad del empleado público, en tanto no ha trabajado para la CAFESG
desde un cargo o ejerciendo funciones permanentes, sino para la realización de una tarea específica, concretamente, la realización de tareas de organización de actividades deportivas en el Área de Desarrollo Regional del ente, dentro de un plazo determinado con una fecha de comienzo y finalización de la tarea encomendada; y, Que atento a lo expuesto precedentemente, es que acaecido el plazo previsto en el contrato, esto es al 31/12/17, se extinguió de pleno derecho la relación contractual entre Meza y la CAFESG, por lo que, consecuentemente no existe ningún tipo de vinculación laboral entre el reclamante y dicho ente, por la cual tenga la obligación de incorporarlo a su planta de empleados permanente: y, Que debe tenerse presente que la Ley de Contrato de Trabajo NO 20744, por disposición expresa del Articulo 2 a, es inaplicable a las relaciones de empleo o de servicios prestados a la administración pública provincial. por lo que se descarta toda posibilidad de reconocer ninguna indemnización derivada de la cesación del vinculo o de la prestación de los servicios contratados con el reclamante; y, Que conforme lo expuesto precedentemente, corresponde en ésta instancia, no hacer lugar al reclamo formulado y rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Fabricio Alejandro Meza, DNI N 31.815.827, ante el Sr. Gobernador de la Provincia contra la decisión adoptada por la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Rechazase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Sr. Fabricio Alejandro Meza, DNI N 31.815.827, contra la Resolución N 194/17 C.A.F.E.S.G, y ratifíquese la misma en todos sus términos, de conformidad a lo expuesto en los considerandos de la presente norma legal.Art. 2.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3.- Comuníquese, publíquese y notifíquese a la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande, para su conocimiento.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date20/05/2020

Page count12

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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