Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 10 de marzo de 2020

BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 421 GOB

Paraná, 23 de diciembre de 2019
Asignando transitoriamente a partir de la fecha del presente, las funciones de Responsable Actividad Archivo del Área Mesa de Entradas, Salidas y Archivos de la Dirección General de Despacho de la Gobernación, al Sr. Enzo Mariano Zandomeni, M.I. N 26.902.665.
Asignando el adicional por responsabilidad funcional a partir de la fecha del presente texto legal, al agente Enzo Mariano Zandomeni, atento lo dispuesto.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y hacer efectivos los importes correspondientes, conforme lo establecido por el presente texto legal.
DECRETO Nº 446 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 26 de diciembre de 2019
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Instituto Autárquico Becario Provincial, solicita una modificación presupuestaria, mediante ampliación de créditos; y CONSIDERANDO:
Que dicha modificación tiene por objeto adecuar las partidas en razón de la mayor recaudación del impuesto a las profesiones liberales constatada desde inicios del corriente año, para atender erogaciones surgidas de la demanda de becas 2019;
Que la modificación solicitada asciende a la suma de pesos doce millones cuatrocientos doce mil seiscientos seis $ 12.412.606,00;
Que la Oficina Provincia! de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas concluye que la modificación resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del Art. 14 de la Ley N 10.660 - presupuesto 2019;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2019, Ley Nº 10.660, mediante ampliación de créditos en la Jurisdicción 01: Poder Legislativo Provincial, Unidad Ejecutora: Instituto Autárquico Becario Provincial, por la suma de $
12.412.606,00, conforme se discrimina en las planillas analíticas del recurso y del gasto, las que agregadas, forman parte del presente instrumento legal.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas y por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese, remítase copia a la Honorable Legislatura Provincial y pasen las actuaciones al Instituto Autárquico Becario Provincial.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 485 GOB
REUBICANDO DEPENDENCIA
Paraná, 26 de diciembre de 2019
VISTO:
El inicio de una nueva gestión de gobierno; y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios Nº 10.093, establece las estructuras y funciones administrativas de los cuadros superiores de la Administración Pública de la Provincia de Entre Ríos; y Que conforme las previsiones del Art. 16 de la citada ley, en lo relativo a las Secretarías de la Gobernación, el titular del Poder Ejecutivo podrá disponer la creación, supresión o modificación de las mismas; y Que a su vez, el Art. 24 de la misma ley faculta al Poder Ejecutivo, para modificar la estructura orgánica funcional de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarías, así como transferir personal, cuentas y bienes a efectos de adecuarlos a sus fines, objeto y materias; y Que parte de las políticas impulsadas por esta gestión de gobierno tienen por objeto dotar a la administración de una estructura organizativa ágil y dinámica que permita responder a las actuales exigencias del estado democrático de derecho y de la sociedad de manera eficaz y eficiente; y
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Que, a su vez, se interesa propender a la racionalización del gasto público, lo que traducido en la faceta organizativa de la Administración Pública Provincial, trasunta en la conveniencia y necesidad de adecuar los órganos que la componen mediante cambios de órbita; y Que en este entendimiento, es intención del titular de este Poder Ejecutivo, reubicar al ámbito de la Gobernación, con dependencia directa del Gobernador a la Secretaría de Comunicación y sus órganos dependientes, a saber: Subsecretaría de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos, compuesta a su vez por: Dirección General de Despacho; Dirección General Administrativa; Dirección General de Asuntos Jurídicos y Asesoría Legal y Técnica; y la Subsecretaría de Comunicación, que cuenta con: Dirección General de Comunicación Periodística; Dirección General de Producción de Contenidos y Coordinación de Comunicación Digital; Dirección General de Publicidad y Auditoría y Secretaría Privada; y Que la difusión de los actos de gobierno es un derecho fundamental, consagrado en el Art. 14 de la Constitución de la Provincia, donde se establece que La publicidad oficial comprende la realizada por la provincia, los municipios y las comunas, en todos sus estamentos y organismos. Su objeto es garantizar la vigencia del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública. Su adjudicación se rige por los principios de transparencia, eficacia, pluralismo y austeridad. La ley establecerá pautas objetivas para asegurar la distribución equitativa y no discriminatoria de espacios en los medios de comunicación social que se inscriban para tal fin. La publicidad oficial no podrá incluir mensajes discriminatorios ni contrarios a los principios constitucionales. La de los entes y empresas deberá tener relación directa con el objeto social de los mismos.; y Que para poder operar dentro de la estructura piramidal gubernamental y a fin de viabilizar la ejecución de lo dispuesto en el presente, se torna necesario autorizar a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y a la Oficina Provincial de Presupuesto a realizar y proyectar los actos que sean conducentes a ese fin, con la intervención de la Contaduría General de la Provincia; y Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Art. 174 de la Constitución de la Provincia y en los Arts. 16
y 24 de la Ley Nº 10.093;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Reubícase a partir del 11.12.2019, en el ámbito de la Gobernación y con dependencia directa de su titular, a la Secretaría de Comunicación y sus órganos dependientes, a saber: Subsecretaría de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos, compuesta a su vez por: Dirección General de Despacho; Dirección General Administrativa; Dirección General de Asuntos Jurídicos y Asesoría Legal y Técnica; y la Subsecretaría de Comunicación, que cuenta con: Dirección General de Comunicación Periodística; Dirección General de Producción de Contenidos y Coordinación de Comunicación Digital; Dirección General de Publicidad y Auditoría y Secretaría Privada, conforme lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º - Dispónese que las competencias y atribuciones de la Secretaría de Comunicación serán las determinadas en la Ley Nº 10.093, Art. 13, inc. 3 puntos 1 al 17, en lo concerniente a su especialidad.
Art. 3º - Facúltase a la Oficina Provincial de Presupuesto y a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el presente decreto, propiciando a tal efecto el dictado de los instrumentos legales pertinentes.
Art. 4º - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a realizar las adecuaciones contables, financieras y patrimoniales en el inventario de bienes que la instrumentación de la presente norma implique, con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia.
Art. 5º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/03/2020

Page count27

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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