Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 20 de febrero de 2020

BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 237 GOB

Paraná, 17 de diciembre de 2019
Designando Representante de la Provincia de Entre Ríos ante el Consejo Federal de Inversiones al Sr. Ministro Secretario de Estado de Producción, D. Juan José Bahillo, MI N 17.684.300, y como Representante Alterno al Sr. Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Ing. Luis Alberto Benedetto, MI N 10.699.353.
DECRETO Nº 238 GOB
Paraná, 17 de diciembre de 2019
Designando a partir del 11 de diciembre de 2019, Coordinador de la Unidad Operadora Provincial del Consejo Federal de Inversiones, al Ing. Guillermo Gabriel Gorskin Amerman, MI Nº 23.143.569, con una remuneración equivalente al Nivel 36 del Personal Fuera del Escalafón, contemplado en la Ley N 8620, con retención del cargo del del que es titular en la Administración Pública Provincial, en el cual se le concede licencia extraordinaria sin goce de haberes mientras dure en el desempeño de sus funciones.
DECRETO Nº 239 GOB
REUBICANDO A SECRETARIA
Paraná, 17 de diciembre de 2019
VISTO:
El inicio de una nueva gestión de gobierno; y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N 10.093 establece las estructuras y funciones administrativas de los cuadros superiores de la Administración Pública de la Provincia de Entre Ríos;
Que conforme las previsiones del Art. 16 de la citada ley, en lo relativo a las Secretarías de la Gobernación, el titular del Poder Ejecutivo podrá disponer la creación, supresión o modificación de las mismas;
Que a su vez, el Art. 24 de la citada ley faculta al Poder Ejecutivo para modificar la estructura orgánica funcional de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarías, así como transferir personal, cuentas y bienes a efectos de adecuarlos a sus fines, objeto y materias;
Que parte de las políticas impulsadas por esta gestión de gobierno tienen por objeto dotar a la administración de una estructura organizativa ágil y dinámica que permita responder a las actuales exigencias del estado democrático de derecho y de la sociedad de manera eficaz y eficiente;
Que, a su vez, se interesa propender a la racionalización del gasto público, lo que traducido en la faceta organizativa de la Administración Pública Provincial trasunto en la conveniencia y necesidad de adecuar los órganos que la componen mediante cambios de órbita;
Que en este entendimiento, es intención del titular de este Poder Ejecutivo reubicar la Secretaría de Cultura y sus órganos dependientes al ámbito de la Gobernación, con dependencia directa del Gobernador;
Que la cultura es un derecho fundamental, consagrado en el Art.
26 de la Constitución de la Provincia, donde se establece que El Estado impulsa las siguientes acciones, entre otras: la promoción, protección y difusión del folclore, las artesanías y demás manifestaciones; el reconocimiento a la identidad y respeto a la diversidad cultural, la convivencia, la tolerancia y la inclusión social, estimulando el intercambio desde una perspectiva latinoamericana; la protección, preservación y divulgación de los bienes culturales, el patrimonio tangible e intangible, histórico, artístico, arqueológico, arquitectónico y paisajístico; la aplicación de las nuevas tecnologías de la comunicación para la producción cultural;
Que para poder operar dentro de la estructura piramidal gubernamental y a los efectos de propender al funcionamiento ágil y eficiente de la Secretaría de Cultura se ha propuesto que todo lo inherente a la gestión administrativa de la misma sea asistido transitoriamente con la estructura de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Secretaría de Comunicación de la Gobernación -y órganos dependientesquien posee los recursos, capacidad, experiencia e idoneidad necesarios a esos efectos;
Que a fin de viabilizar la ejecución de lo dispuesto en el presente, se torna necesario autorizar a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y a la Oficina Provincial de Presupuesto a realizar y proyectar los actos que sean conducentes a ese fin, con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia;
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Art. 174 de la Constitución de la Provincia y en los Arts. 16 y 24 de la Ley N 10.093;

Por ello;

3

El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Reubícase a partir del 11/12/2019 a la Secretaría de Cultura y sus órganos dependientes, en el ámbito de la Gobernación, con dependencia directa de su titular.Art. 2.- Dispónese que las competencias y atribuciones de la Secretaría de Cultura serán las determinadas en la Ley N 10.093.
Art. 13, Inc. 3 puntos 1 -en lo que es de su competenciaal 4 y 17º.Art. 3.- Facúltase a la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicación de la Gobernación y sus órganos dependientesa saber: Dirección General de Despacho, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Dirección General Administrativa y Asesoría Legal y Técnica a sustanciar los expedientes administrativos de la Secretaría de Cultura transitoriamente hasta la que se efectivice la reorganización administrativafuncional del área, pudiendo ejercer para la especialidad que se le asigna por el presente, todos los actos inherentes a sus competencias, conforme lo expresado en los considerandos.Art. 4.- Autorízanse a la Oficina Provincial de Presupuesto y a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el presente decreto, propiciando a tal efecto el dictado de los instrumentos legales pertinentes.Art. 5.- Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a realizar las adecuaciones contables, financieras y patrimoniales en el inventario de bienes que la instrumentación de la presente norma implique, con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia.Art. 6º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 240 GOB
Paraná, 17 de diciembre de 2019
Designando a partir del 11 de diciembre de 2019, como Secretaria de Cultura y con dependencia directa del titular del Poder Ejecutivo, a la Señora Francisca DAgostino, MI Nº 24.630.600, de acuerdo a lo expuesto en el presente texto legal.
DECRETO Nº 241 GOB
Paraná, 17 de diciembre de 2019
Designando desde el 11 de diciembre de 2019, como Subsecretario de Cultura en el ámbito de la Secretaría de Cultura, al señor Germán Andrés Gómez, DNI N24.513.264, conforme lo expresado en el presente decreto.
Disponiendo que por la Dirección de Administración Jurisdiccional se liquide y abone al señor Carlos Andrés Gómez, la remuneración que corresponda como Funcionario Político en un cargo 36, según la Ley 8620, viáticos y cualquier otro emolumento que perciban los Funcionarios Políticos con el mismo Nivel y por todo concepto.
DECRETO Nº 242 GOB
Paraná, 17 de diciembre de 2019
Designando Asesor Cultural Itinerante de la Secretaría de Cultura, al Licenciado Roberto Alonso Romani, DNI N 12.697.888, a partir del 11 de diciembre de 2019, de acuerdo a lo expresado en el presente decreto.
Disponiendo que por la Dirección de Administración Jurisdiccional se liquide y abone al funcionario designado anteriormente, la remuneración pertinente y viáticos que correspondan como Funcionario Político cargo 34 Ley 8620.
Facultando a la Oficina Provincial de Presupuesto conjuntamente con la Dirección de Administración Jurisdiccional para que procedan a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan para atender la designación dispuesta por el presente decreto.
DECRETO Nº 243 GOB
Paraná, 17 de diciembre de 2019
Designando a partir del 11 de diciembre de 2019, al Lic. Mariano Enrique Maffei, MI N 27.157.560, en el cargo de Subsecretario de Modernización Administrativa, de la Secretaría de Modernización.Estableciendo que para la concreción de sus fines la Subsecretaría de Modernización tendrá las siguientes competencias:
- Diseñar e implementar proyectos de modernización administra tiva mediante el reordenamiento administrativo, simplificación de procesos y trámites en la administración pública provincial.
- Promover el uso de las herramientas de gestión documental

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date20/02/2020

Page count33

Edition count4732

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Last issue19/04/2024

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