Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 3842 GOB

APROBANDO ADENDA DE CONTRATO
Paraná, 2 de diciembre de 2019

VISTO:
La gestión iniciada por la señora María Fernanda Quaglia, agente con prestación de servicios en la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que la citada agente vinculada al Estado Provincial bajo la modalidad de contrato de servicios, solicita la adecuación de su situación de revista, en virtud de haber obtenido el título de técnica universitaria en Gestión y Administración Pública, expedido por la Universidad Nacional de Entre Ríos;
Que el titular de referida dirección general informa que la señora Quaglia desempeña satisfactoriamente tareas acordes a su formación académica; recepcionando y controlando los expedientes de gastos que ingresan al Departamento Tesorería conforme a los criterios de control interno, realizando las órdenes de pago internas previa verificación de la documentación respaldatoria de las mismas y comunicándose con los proveedores y/o reparticiones para solicitar información inherente a la actualización de la base de datos, entre otras;
Que la Dirección General de Recursos Humanos manifiesta que a fin de viabilizar lo gestionado, es menester la suscripción de una adenda en la cual se especifiquen las tareas que realiza la agente en concordancia al título obtenido y se equipare su remuneración a una categoría 5 Profesional B;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente acceder a lo solicitado, mediante la modificación de las cláusulas primera y cuarta del contrato de servicios aprobado por Decreto Nº 1.048/17 GOB y renovado por Decretos Nos. 85/18 GOB y 18/19 GOB;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha efectuado el cálculo del costo que genera la gestión y adjuntado el volante de registro de reserva preventiva del gasto debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 174º de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la adenda que agregada forma parte integrante de este acto administrativo, correspondiente a las cláusulas primera y cuarta del contrato de servicios aprobado por Decreto Nº 1.048/17 GOB y renovado por Decretos Nos. 85/18 GOB y 18/19
GOB, suscripta entre el señor director general del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, contador Gustavo Tórtul, y la señora María Fernanda Quaglia, M.I. Nº 22.706.215.
Art. 2º Impútase el gasto a D.A. 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 01, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 02, Obra 00, Finalidad 1, Función 60, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 1, Partida Principal 2, Partida Parcial 1/3/5, Subparcial 1001/1020, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07 del Presupuesto vigente.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar a la señora María Fernanda Quaglia los importes correspondientes, conforme lo establecido por el presente texto legal.
Art. 4º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 3843 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 2 de diciembre de 2019
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la abogada María Virginia Kisser, apoderada legal de la señora Marisa Edith Enrique interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un trámite que se encuentra agregado al Expediente R.U. 438305;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de segui-

Paraná, lunes 10 de febrero de 2020

miento de expedientes, dichos actuados se localizan desde el 4.9.19 en Fiscalía de Estado, encontrándose vencido el plazo de cuarenta 40 días hábiles que posee dicho órgano para emitir dictamen, previsto en el Decreto Nº 1.535/95 SGG;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a imprimir el trámite pertinente a las actuaciones caratuladas que se encuentran agregadas al Expediente R.U. 438305;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la abogada María Virginia Kisser, apoderada legal de la señora Marisa Edith Enrique, M.I. Nº 20.656.385, con domicilio legal en calle Laprida Nº 374, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas que se encuentran agregadas al Expediente R.U. 438305, y en consecuencia intímase a Fiscalía de Estado a efectos de imprimir al expediente citado el trámite pertinente dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Con copia del presente pasen las actuaciones la Dirección de Despacho de la Gobernación para la notificación a la recurrente, pase a la Fiscalía de Estado. Publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 3844 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 2 de diciembre de 2019
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la señora María Belén Francou, con patrocinio letrado interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un trámite gestionado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 2282764;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área de Despacho de la referida repartición desde el 21.10.19, encontrándose vencido el plazo de tres 3 días previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a imprimir el trámite pertinente a las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 2282764;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la señora María Belén Francou, M.I. Nº 18.071.976, con domicilio legal en calle Juan Domingo Perón Nº 87 de la ciudad de Concepción del Uruguay, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 2282764, y en consecuencia intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones a efectos de imprimir al expediente citado el trámite pertinente dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Minis-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/02/2020

Page count32

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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