Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 13 de diciembre de 2018
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comunícase, publícase, con copia del presente remítanse las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia y oportunamente archívase.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1735 MGJ
Paraná, 14 de junio de 2018
Aceptando la donación formulada por el señor Juan Federico Boaglio, DNI Nº 25.014.852, de un inmueble de su propiedad, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, ejido de Nogoyá, zona de quintas, quinta 5, grupo 36, domicilio parcelario calle Antonio El Gaucho Rivero s/n, a 171,10 metros de calle Eduardo Miguel Ramat, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula Nº 102.241, que consta de una superficie de 300
m2, registrada en Catastro de la Provincia con plano Nº 36.921, dentro de los siguientes límites y linderos:
NORESTE: recta 1-2 S 45º 00 E, de 10,00
metros, que linda con calle Antonio El Gaucho Rivero tierra;
SURESTE: recta 2-3 S 44º 56 O, de 30.00
metros, que linda con Juan Federico Boaglio;
SUROESTE: recta 3-4 N 45º 00 O, de 10,00
metros, que linda con Juan Federico Boaglio;
NOROESTE: recta 4-1 N 44º 56 E, de 30,00
metros, que linda con Juan Federico Boaglio.
La donación se acepta con el cargo de que el inmueble objeto de la misma sea destinado a la creación e instalación de una Comisaría.
Facultando a la Escribanía Mayor de Gobierno a efectuar los trámites necesarios para la efectiva transferencia del dominio del inmueble cuya donación se acepta en el presente.
DECRETO Nº 1736 MGJ
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 14 de junio de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Departamento Contabilidad del Consejo General de Educación gestiona una modificación presupuestaria; y CONSIDERANDO:
Que dicha gestión se inicia a efectos de tramitar un refuerzo presupuestario destinado a la adquisición de relojes biométricos para el registro automático de ingreso y egreso del personal de establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación, el cual surge del Convenio de Colaboración firmado entre Educ.ar y el CGE; y Que a tales efectos, resulta necesario modificar presupuestariamente los créditos asignados al Consejo General de Educación para realizar una correcta imputación del gasto; y Que en virtud de lo expuesto, el Departamento Contabilidad del citado organismo ha efectuado un análisis de acuerdo a las ejecuciones mensuales en los distintos incisos dependientes del Consejo General de Educación y sus proyecciones por programas y actividades, por fuente y subfuente de financiamiento y por subparciales; y Que, consecuentemente, dicha dependencia informa las modificaciones de créditos a realizar para contar con los fondos necesarios e imputar el gasto de acuerdo a la nomenclatura vigente en el Inciso 4 - Bienes de Uso, por el monto de pesos un millón trescientos mil $
1.300.000; y Que, atento a ello, obra en las presentes planillas analíticas del gasto y del recurso, con el respectivo desarrollo de los programas y actividades; y Que, al tomar intervención la Oficina Provincial de Presupuesto, informa que dicha modificación resulta técnicamente viable encuadrándose en las disposiciones legales del artículo 13º de la Ley Nº 10.531;

BOLETIN OFICIAL
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2018, mediante una transferencia compensatoria de créditos por un monto total de pesos un millón trescientos mil $ 1.300.000, en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora: Consejo General de Educación, y Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro, Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda, conforme se discrimina en las planillas analíticas del gasto y del recurso, que forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 1737 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 14 de junio de 2018
VISTO:
El recurso de revocatoria interpuesto por el doctor Hugo Tomás Cuesta contra el Decreto Nº 1.514/16 del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1.514/14 del Ministerio de Gobierno y Justicia, de fecha 8 de junio de 2016, se deja sin efecto la Resolución Nº 050/14 S.J., rechazando el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el doctor Cuesta e intimándolo a proceder a la devolución de las sumas indebidamente percibidas en concepto del adicional por responsabilidad funcional desde el 18 de abril de 2012 al 30 de noviembre de 2013; y Que habiéndose procedido a notificar al agente, éste presenta un recurso de revocatoria contra el Decreto Nº 1.514/16 MGJ, atribuyendo los vicios de arbitrariedad y abuso de poder como así también lo califica de confiscatorio e inconstitucional, aduciendo la imposibilidad de aplicar otra sanción que las ya impuestas en sede judicial; y Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia considera que correspondería el rechazo de la presentación articulado por el doctor Cuesta, considerando que el acto cuestionado no se funda en arbitrariedad sino en la apreciación razonable de las circunstancias fácticas y jurídicas del caso; y Que, asimismo, la mencionada Dirección General no advierte abuso de poder, ya que el dictado del decreto en cuestión responde a la clara competencia revisora de los actos por parte del Poder Ejecutivo, habiendo detectado vicios graves en la emisión de la resolución oportunamente revocada, por lo que aconseja el dictado del acto administrativo de rigor; y Que interviene Fiscalía de Estado, mediante Dictamen Nº 0094/18, compartiendo lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, y sugiriendo la devolución de las actuaciones al organismo de origen para la emisión del acto pertinente, previa constatación de si el requerido no ha procedido a la devolución voluntaria de las sumas percibid as indebidamente; y Que el Servicio Administrativo Contable informa que, de conformidad al detalle de liquidaciones que obra en las presentes, se descuentan de los haberes del agente cuotas mensuales y consecutivas desde el mes de julio de 2016, previéndose la cancelación en enero de 2019;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por el agente Hugo Tomás
5 Cuesta, DNI Nº 8.399.374, legajo Personal Nº 182.587, personal categoría 2 Profesional C, planta permanente de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Concepción del Uruguay, dependiente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, contra el Decreto Nº 1.514 del Ministerio de Gobierno y Justicia, de fecha 8 de junio de 2016, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Ministerio de Gobierno y Justicia y, oportunamente, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1738 MGJ
RECONOCIENDO SERVICIOS
Paraná, 14 de junio de 2018
VISTO:
La gestión iniciada por la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas; y CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1, obra nota remitida por la señora directora general del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, solicitando se gestione la prórroga de la adscripción de la agente Mercedes Mabel Mansilla, DNI
23.452.905, Legajo Personal Nº 171.663, categoría 8, Personal de Servicios de la planta permanente perteneciente a la Subsecretaría de Administración, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, fundamentando la misma en la necesidad de seguir contando con los servicios de la misma; y Que, a fojas 3, obra intervención de rigor de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno y Justicia, indicando que lo interesado en autos encuadra en lo dispuesto por el artículo 39º de la Ley 9.755, modificado por la Ley Nº 9.811 y los incisos a y b del artículo 6º de la Ley Nº 10.271, modificada por la Ley Nº 10.334; y Que, a fojas 7, obra conformidad de la señora Mansilla; y Que, a fojas 10/11, obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social; y Que, a fojas 12, obra autorización de la señora Ministro de Desarrollo Social a la prosecución del trámite de marras; y Que, a fojas 14, obra intervención de rigor de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, sin formular objeciones Jurídicas;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese los servicios prestados a la agente Merce des MabeI Mansilla, DNI
Nº 23.452.905, Legajo Personal Nº 171.663, categoría 8, Personal de Servicios de la planta permanente de la Sub secretaría de Administración dependiente del Ministerio de Desarrollo Social a la Oficina del Registro Civil de la ciudad de Piedras Blancas, dependiente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, desde el 17 de enero de 2017 y hasta el 17 de enero de 2018
inclusive, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase la adscripción a partir del 18 de enero de 2018, y por el término de doce 12 meses, a la agente Mercedes Mabel Mansilla, DNI Nº 23.452.905, Legajo Personal Nº 171.663, categoría 8, Personal de Servicios de la planta permanente de la Subsecreta ría de Administración dependiente del Ministerio de Desarrollo Social en la Oficina del Registro Civil de la ciudad de Piedras Blancas, dependiente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Art. 3º Dispóngase que la Dirección Ge-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date13/12/2018

Page count26

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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