Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/12/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

REMATE
NUEVO

PARANA
Por José Luis Jure Matr. 837 COMPER
Por cuenta y orden del Banco Macro S.A., CUIT Nº 30-50001008-4, con casa central en Sarmiento Nº 447, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al Código de Comercio Art. 39 de la Ley de Prenda 12.962 y 285, en los autos Banco Macro SA c/ Tropini Eduardo Alberto - Secuestro prendario Art. 39
Ley 12.962, Expte. 28112, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 de Paraná, a cargo de la Dra.
Adriana Acevedo, Secretaría Nº 2 de la Dra.
Mónica Atencio, se ha dispuesto que el día 30
de diciembre próximo a las 11,00 horas, el martillero José Luis Jure, rematará extrajudicialmente en el Salón de Remates del Colegio de Martillero, sito en calle Santa Fe N 434, de esta ciudad de Paraná, el siguiente bien que se detalla a continuación: una cosechadora dominio AVT95, marca New Holand modelo TC59, Mod. año 2005, motor New Holand CNH
Nº 675TAVJ115886, Chasis marca New Holand Nº Y4C520704.En el estado en que se encuentran sin base, al contado y al mejor postor, abonando en este acto 20% mas IVA si correspondiere, del monto de la compra como seña y a cuenta del precio con más el 10% en concepto de honorarios del martillero, el saldo dentro de las 48 horas hábiles bancarias en los domicilio de las sucursales del Banco Macro S.A. a determinar, bajo apercibimiento de darse automáticamente por rescindida la operación, sin intimación previa alguna con pérdida de todo lo abonado. El bien se entrega una vez abonado el saldo del precio.
El estado de dominio se podrá consultar en el registro respectivo por los compradores. El pago de todas las deudas y los tributos que graven la venta y todos aquellos gastos que requieran las gestiones necesarias para la transferencia dominial, estarán a cargo del adquirente, al igual que las diligencias necesarias para concretarlas.
Se deja expresa constancia que al momento de la subasta el o los compradores relevan de toda responsabilidad al Banco Macro S.A. y/o al depositario judicial del bien y que deberá efectuar todos los trámites de transferencia ante el Registro correspondiente, desobligando civil y penalmente al titular dominial y/o Banco Macro S.A. y/o al depositario judicial, que el uso indebido de los bienes pudiera ocasionar, facultando al Banco Macro S.A. a efectuar la denuncia de venta ante el Registro de Créditos Prendarios.
El bien podrá ser revisado en Av. Almafuerte 4300 de la ciudad de Paraná local de Paranacam, los días 28 y 29 de diciembre de 16.30 a 17.30 horas.- Informes al martillero en calle M o n t e v id e o N 2 3 1 , T e l: 0 343 422 247 4 y 0343154060657.- Mail jljure1@Gmail.com, Paraná, 16 de diciembre de 2015 Paola María Ilardo, abogada.
F.C.S. 502-00002728 2 v./21.12.15

SECCION ADMINISTRATIVA
SECRETARIA DE RELACIONES
INSTITUCIONALES
RESOLUCION Nº 1824 SRI
ASIGNANDO APORTE REINTEGRABLE
Paraná, 31 de octubre de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Dirección de Jóvenes Emprendedores dependiente de la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Producción interesa la aprobación del Proyecto presentado por el señor Renzo Nahuel Leiva, en le marco del Programa Jóvenes Emprendedores, Decreto N 2264/14 MP;y
CONSIDERANDO:
Que en el caso de marras, el proyecto involucrado está referido a Producción apícola, inicio en la actividad, todo ello conforme lo descripto en el Formulario 001, Presentación formal de proyectos que obra agregado en autos; y Que la Dirección de Jóvenes Emprendedores ha efectuado la evaluación técnica del proyecto identificado con el Número 48/2014, mereciendo la calificación de viabilidad; y Que por intermedio del Artículo 2 del Decreto N 2264/14 MP se faculta al Secretario de Relaciones Institucionales del Ministerio de Producción a establecer a través de la norma de su competencia, la metodología de asignación de aportes, la nómina de beneficiarios y los destinos a imprimir a las ayudas que se otorguen respecto de tales proyectos, por lo que se considera procedente y ajustado a derecho en esta instancia disponer el otorgamiento de tal ayuda; y Que en dicho marco legal y en mérito a la necesidad de fomentar el arraigo de los jóvenes entrerrianos en su medio generando nuevas oportunidades en base a principios de cooperativismo y asociativismo, confianza y responsabilidad, organización y trabajo en conjunto, corresponde disponer la asignación de la suma de pesos cien mil $ 100.000 en carácter de aporte reintegrable a favor del señor Renzo Nahuel Leiva y ratificar el modelo de Convenio de Ejecución a suscribir, con la Secretaría de Relaciones Institucionales, por cuyo intermedio se establecen las condiciones para el desarrollo del proyecto en tiempo y forma, período de gracia, plazos de devolución y sanciones a aplicar en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por su intermedio; y Que la gestión encuadra en las facultades otorgadas por el Artículo 2 del Decreto N
2264/14 MP;
Por ello;
El Secretario de Relaciones Institucionales R E S U E L V E :
Art. 1º: Asignar a favor del Sr. Renzo Nahuel Leiva, DNI N 34.350.738, con domicilio en calle Avenida de las Américas N 2677, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, la suma de pesos cien mil $ 100.000, en carácter de aporte reintegrable para el financiamiento del Proyecto de Producción apícola: inicio en la actividad, con fondos provenientes del Convenio suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de La Nación y la Provincia de Entre Ríos en fecha 14 de julio de 2014, ratificado por Decreto N 2264/14 MP, asignado al Programa de Economías Regionales, para atender entre otros Proyectos Financiables a Ejecutar, el Programa Jóvenes Emprendedores por hasta la suma de pesos cinco millones $ 5.000.000, y aprobar el modelo de Convenio de Ejecución a suscribir entre dicho beneficiario y la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Producción, el cual agregado forma parte integrante de la presente Norma Legal y de conformidad a los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º: Encuadrar la presente gestión en el Artículo 2 del Decreto N 2264/14 MP.
Art. 3º: Disponer que la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción imputará transitoriamente las erogaciones derivadas de la presente gestión con cargo a la Cuenta Extrapresupuestaria que se determine a tales efectos por hasta el importe de pesos cien mil $ 100.000 hasta tanto se recepcione la totalidad de los fondos asignados a la Provincia de Entre Ríos y se amplíe el Presupuesto vigente de los rubros de recursos y las partidas de gastos respectivas según lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto N
2264/14 MP, oportunidad en que deberán efectuarse las reimputaciones pertinentes.
Art. 4º: Establecer que la Dirección de Jóvenes Emprendedores dependiente de la Secretaría de Relaciones Institucionales será el Organismo responsable de fiscalizar el normal desenvolvimiento del proyecto y de la inversión de los fondos asignados a su financiamiento, informando sobre los resultados obtenidos, su devolución y demás, aspectos convenidos entre las partes.
Art. 5º: Autorizar a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción a efectivizar a favor del Sr. Renzo
Paraná, viernes 18 de diciembre de 2015
Nahuel Leiva, el aporte reintegrable asignado en el Artículo 1 por hasta la suma de pesos cien mil $ 100.000, con recursos disponibles a tales fines y con cargo a dicho Organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión del Recibo firmado de conformidad por el beneficiario en el Legajo de Caja de Tesorería correspondiente a la fecha de pago.
Art. 6º:Comunicar al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y a la Secretaría de Relaciones Institucionales, publicar, archivar y pasar las presentes actuaciones a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, a sus efectos.
Pedro F. Gebhart
SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2015
1906, 1908, 1918, 1919, 1968, 1969, 1970, 1971, 1972, 1982, 1983, 2408, 2409, 2410, 2411, 2432, 2433, 2434, 2435, 2436, 2437
RESOLUCIONES
Secretaría de Hacienda 001
Administradora Tributaria de Entre Ríos 555
Secretaría de Relaciones Institucionales Año 2014
1824
Municipalidad de Paraná Año 2015
Or d en an zas N1s . 9325, 9326
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79.
Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878
S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos. Registro de la Propiedad Intelectual 299.323. Se edita los días hábiles.
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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/12/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date18/12/2015

Page count20

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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