Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 22/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.653
de libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia y a favor de la Municipalidad de Santo Tome, Provincia de Corrientes, por hasta la suma de PESOS
CIENTO TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHO CON NOVENTA
CENTAVOS $ 131.396.508,90 en la estructura programática presupuestaria consignada en el anexo del artículo 2º y por el concepto de Transferencias a Municipios, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas por parte del beneficiario, ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes.
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Coordinación y Planificación.
ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Coordinación y Planificación, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Miguel Ángel Olivieri C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini
CORRIENTES, 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el Convenio de Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Corrientes y la Municipalidad de Bella Vista, el que como anexo I
forma parte integrante de la presente norma legal.
A R T I C U LO 2 º : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos Nº 325/2022 de la Jurisdicción 02-Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTICULO 3º: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Coordinación y Planificación a emitir el comprobante de libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia y a favor de la Municipalidad de Bella Vista, Provincia de Corrientes, por hasta la suma de PESOS
CINCUENTA MILLONES
$ 50.000.000,00 en la estructura programática presupuestaria consignada en el anexo del ar tículo 2º y por el concepto de Transferencias a Municipios, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas por parte del beneficiario, ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes.
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Coordinación y Decreto Nº 2882
Planificación.
Corrientes, 11 de octubre de 2022
ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Visto:
Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría El expediente N 000-05115-2022 del registro del General de la Provincia y pásese al Ministerio de Ministerio Secretaria General; y Coordinación y Planificación, a sus efectos.
Considerando:
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Que el Ministerio de Coordinación y Planificación solicita C.P. Miguel Ángel Olivieri un refuerzo presupuestario en virtud del Convenio de C.P. Marcelo Gustavo Rivas Paisentini Cooperación celebrado entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de Bella Vista que tiene por finalidad Decreto Nº 2970
financiar la obra CONSTRUCCION DE VEREDAS E
Corrientes, 13 de octubre de 2022
ILUMINACION DE INGRESOS Y EGRESOS AL SECTOR
COSTANERA.
Visto:
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario El expediente Nº 953-003348/2022, del registro del necesario al Ministerio de Coordinación y Planificación Ministerio de Desarrollo Social, y Considerando:
con el objeto de afrontar los gastos mencionados.
Que el artículo 15 de la Ley Nº 6.594 de Presupuesto 2022 Que por las presentes actuaciones se tramita la faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del aprobación de la Resolución Nº 851 de fecha 05 de julio Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto de 2022, dictada por el Ministro de Desarrollo Social.
las modificaciones presupuestarias que impliquen Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando el artículo 162, incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de El Gobernador de la Provincia Administración Financiera establece que, cuando el Decreta:
P o d e r E j e c u t i v o d i s p o n g a m o d i f i c a c i o n e s ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 851 de presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, fecha 05 de julio de 2022, del Registro del Ministerio de deberá instrumentarlo mediante decreto enviando Desarrollo Social, que como anexo forma parte copia del mismo al Poder Legislativo.
integrante del presente acto administrativo.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el ARTÍCULO 2º: El presente Decreto es refrendado por el artículo 162, incisos 1 y 2 de la Constitución de la Ministro de Desarrollo Social.
Provincia de Corrientes, ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al El Gobernador de la Provincia PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 22/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date22/11/2022

Page count22

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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