Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 9/11/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.177
Estatuto Constitutivo de la entidad gremial y además copia del acta de la designacion de sus autoridades.
Que de todo lo actuado y dándose en el caso de autos el supuesto establecido por el artículo 18 de la Ley Nº 1487
y sus modi catorias Ley Nº 3876 que establece que declarada la utilidad pública un bien háyase iniciado o no el juicio respectivo, el expropiante podrá adquirirlo directamente del expropiado dentro del valor máximo que en concepto de indemnización total estime sus o cinas técnicas competentes, se estima oportuno el dictado del presente para implementar el pago de lo acordado en el Acuerdo de Advenimiento.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1º y 2º de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
A R T I C U LO 1 º : A P R U E B A S E , e l A c u e r d o d e Advenimiento suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Corrientes y el Sindicato de Trabajadores Judiciales de Corrientes SITRAJ. suscripto con fecha 22
de julio de 2020, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 1487 y su modi catoria Ley Nº 3876 y Ley Nº 6450, en el que como Anexo pasa a formar parte integrante de este acto administrativo.
ARTICULO 2º: AUTORIZACE, a la Dirección de Administración y Personal del Ministerio Secretaria General a emitir el respectivo comprobante de contabilidad del gasto contra la Tesorería General de la Provincia a favor del Sindicato de Trabajadores Judiciales de Corrientes SITRAJ., por suma total de PESOS NUEVE
MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO DIEZ
$ 9.319.110,00 en concepto de indemnización del inmueble expropiado por la Ley Nº 6450, de su propiedad, conforme los términos del acuerdo aprobado por el articulo precedente de este decreto.
ARTICULO 3º: ENCARGUESE, a la Dirección General de Catastro de la Provincia la confección y posterior aprobación de la mensura de modi cación del estado parcelario del remanente del inmueble de propiedad del Sindicato de Trabajadores Judiciales de Corrientes SITRAJ en base a la reorganización distribución de medidas y super cies que indique dicha entidad sindical de los remanentes de las parcela afectadas por la Expropiación dispuesta por la Ley Nº 6450 conforme a las normas vigentes del Catastro provincial.
ARTICULO 4º. OTORGASE, a la Escribanía Mayor de Gobierno las facultades que le competen.
ARTICULO 5º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTICULO 6º: COMUNIQUESE, Publiquese, dese al Registro O cial, librese copias a la Escribanía Mayor de Gobierno y a la Dirección General de Catastro de la Provincia, y pasese a la Dirección de Administración y Personal del Ministerio Secretaria General a sus efectos y
CORRIENTES, 09 DE NOVIEMBRE DE 2020

archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdes Dr. Carlos Jose Vignolo ACUERDO DE ADVENIMIENTO LEY Nº 6450
ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE
CORRIENTES Y EL
SINDICATO DE TRABAJADORES JUDICIALES DE
CORRIENTES
SITRAJ
En la Ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia, a los 22 dias del mes de julio del año dos mil veinte, en las dependencias de la Casa de Gobierno, se reúnen por una parte El Gobierno de la Provincia de Corrientes representado en este acto por el Ministro Secretario General DR. CARLOS JOSE VIGNOLO, DNI Nº 16.488.665, constituyendo domicilio en la calle 25 de Mayo 927 de ciudad de Corrientes, en adelante LA PROVINCIA, y por la otra el Sindicato de Trabajadores Judiciales de Corrientes, representado en este acto por su Secretario General TELMO ANIBAL FERNANDEZ, DNI Nº 10.291.849, con domicilio en la calle Paraguay Nº 814 tambien de esta Capital, en adelante EL SITRAJ., y en su conjunto denominadas LAS PARTES, convienen en celebrar el siguiente Acuerdo de Advenimiento que se sujetara a las clausulas que seguidamente se expondrán.
ANTECEDENTES:
Que, la Ley Nº 6450, promulgada por Decreto Nº 1892 de fecha 24 de julio de 2018, publicada en el Boletin O cial AÑO CV Nº 27640 de fecha 26/07/2018, declaro de utilidad publica y sujeta a expropiación una fracción del inmueble de propiedad de EL SITRAJ, ubicado en el Municipio de Santa Ana Departamento San Cosme
Provincia de Corrientes, con destino a la prolongación de la calle Reconquista conforme texto legal hoy calle Resistencia conforme nueva nomenclatura de calle del referido municipio.
Que, estando en vigencia dicha ley a través del Expediente administrativo Nº 000-04546/2019, caratulado: MINISTRIO SECRE TARIA GENER AL
S/GOBIERNO PROVINCIAL DE CORRIENTES DECLARASE
DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION LAS
FRACCIONES DEL INMUEBLES UBICADA EN LA
LOCALIDAD DE SANTA ANA DEPTO. SAN COSME DE
ESTA PCIA., se constituyó el Cuer po Per icial Expropiatorio conforme lo establecido por la Ley Nº 1487
y sus modi catorias Ley Nº 3876 a n que determine el monto indemnizatorio a abonarse a los propietarios cuyos bienes fueren objeto de declaración de utilidad publica y por ende sujetos a expropiación.
Dr. Carlos Jose Vignolo Telmo Anibal Fernandez Sec Gral. SITRAJ

PAG. Nº 3

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 9/11/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date09/11/2020

Page count20

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930