Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Establecer que el Fondo de Compensación Salarial Docente, será valorizado por cargo y hasta dos cargos correspondiente al Programa de Compensación Salarial Docente Decreto N 1472
Rawson, 01 de Diciembre de 2023.
VISTO:
El Expediente N 839-ME - 23; y CONSIDERANDO:
Que por Ley N 26.075 se regula el incremento progresivo del financiamiento educativo, estableciendo en su artículo 9 la creación del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente, cuyo objetivo es contribuir a la compensación de las desigualdades en el salario inicial docente en aquellas provincias en las cuales se evalúe fehacientemente que, a pesar del esfuerzo financiero destinado al sector y de las mejoras de la eficiencia en la asignación de los recursos, no resulte posible superar dichas desigualdades;
Que en ese marco, el Ministerio de Educación de la Nación, con fecha 17 de febrero de 2023, suscribió el acta paritaria docente, cuyo artículo Tercero dispone que a partir del 01 de marzo de 2023, ningún docente percibiría una suma inferior a PESOS CIENTO TREINTA
MIL $130.000,00, por lo que se creó un complemento al haber mínimo no remunerativo y no bonificable;
Que en el citado artículo, se menciona además que las jurisdicciones beneficiarias deberán solicitar la adhesión a la normativa del Programa de Compensación Salarial Docente, acción realizada por el Ministerio de Educación del Chubut, mediante Nota N 488/23 SP-ME, adjunta a fojas 19;
Que desde la implementación del Programa en el mes de marzo de 2023, y como consecuencia de los índices inflacionarios que afectan el poder adquisitivo de los/as docentes, el valor mencionado en el segundo considerando, se ha modificado en junio de 2023 a PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL $145.000 y para el mes de julio de 2023 a PESOS CIENTO SESENTA Y
CINCO MIL $165.000;
Que por equivalentes motivos, la nueva paritaria adunada a fojas 60 a 67, establece los montos correspondientes a septiembre de 2023 en PESOS DOSCIENTOS MIL $200.000, para el mes de octubre de 2023 en PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL $220.000, y el mes de diciembre de 2023 DOSCIENTOS CINCUENTA MIL
$250.000;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N
302/23, incluido a fojas 32 y 33, en adelante y hasta que una norma contraria lo defina, para hacer efectivo los montos correspondientes al complemento especial
Jueves 14 de Diciembre de 2023

del Programa de Compensación Salarial Docente, la Provincia deberá provisoriamente financiar el mencionado pago con recursos de libre disponibilidad, para luego compensar los mismos al momento de recibir por parte del Estado Nacional las transferencias correspondientes;
Que se ratifica lo determinado en el Acta Paritaria, incorporada de fojas 34 a 39, en el Artículo Primero;
respecto a establecer que el Fondo de Compensación Salarial, será valorizado por cargo y hasta dos cargos, considerando las especificaciones del Anexo A que forma parte integrante del presente decreto;
Que intervino la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETO:
Artículo 1.- Establecer a partir de la fecha del presente decreto, la utilización de recursos de libre disponibilidad para hacer frente al pago en tiempo y forma del complemento especial correspondiente al Programa de Compensación Salarial Docente, los cuales serán compensados mensualmente una vez acreditada la transferencia de los fondos por parte del Estado Nacional.
Artículo 2.- Establecer que el Fondo de Compensación Salarial Docente, será valorizado por cargo y hasta dos cargos, considerando las especificaciones del Anexo A que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.Artículo 5.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Cra. RITA MABEL CÁRDENAS
Sr. JOSE MARIA GRAZZINI AGERO
ANEXO A
PROGRAMA DE COMPENSACIÓN SALARIAL
DOCENTE
Alcance del Programa:
a Accederán aquellos docentes de la Provincia que, a pesar del esfuerzo financiero destinado al sector, el salario testigo para el cargo de maestro de grado común jornada simple, sin antigedad, incluyendo el Fondo Nacional del Incentivo Docente no alcance el valor de ingreso mínimo salarial dispuesto por la Paritaria Nacional Docente.
b Será abonada exclusivamente a los docentes que estén efectivamente prestando servicios en el ámbito escolar, impartiendo, dirigiendo, supervisando,

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date14/12/2023

Page count32

Edition count4336

First edition07/01/2004

Last issue08/05/2024

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