Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 13/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 13 de Noviembre de 2023

PÁGINA 9

BOLETÍN OFICIAL

06/2021
07/2021

$ 6.300,00

$ 6.300,00

08/2021

$ 6.300,00

$ 6.300,00

09/2021

$ 6.300,00

$ 6.300,00

10/2021

$ 7.250,00

$ 7.250,00

11/2021

$ 7.250,00

$ 7.250,00

12/2021

$ 7.250,00

$ 7.250,00

$ 40.650,00

$ 77.650,00

SUBTOTAL

$ 140.340,00

ERIOD02021

Res. N 189

06-11-23

Artículo 1.- HÁGASE lugar al reclamo administrativo interpuesto por el señor Martin Alberto MANLLAUIX
CUIL N 23-22293309-9, respecto al VEINTISIETE
COMA TRES PORCIENTO 27,3 % a cargo de la Secretaría General de Gobierno, correspondiente a los intereses generados por el pago fuera de termino, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y
CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA CON CUARENTA Y
NUEVE CENTAVOS $475.230,49.
Artículo 2.- AUTORIZASE a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno a abonar la deuda con el señor Martin Alberto MANLLAUIX C.U.I.L. N 23-22293309-9, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
DOSCIENTOS TREINTA CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS $475.230,49, correspondiente a intereses generados por la demora en el pago del capital adeudado por la locación del inmueble de su propiedad ubicado en la ciudad de Rawson, entre las calles Mariano Moreno y Luis Costa, destinado al funcionamiento de diversas oficinas públicas dependientes de la Secretaría General de Gobierno.Artículo 3.- IMPUTASE el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución que asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS $475.230,49 en la Jurisdicción 10 SAF 10-Programa 01 Actividad 1 - Inciso 3.5.6 - Ejercicio 2023 - Fuente de Financiamiento 1.11.

SECRETARÍA DE TRABAJO
DIRECCIÓN REGIONAL TRELEW

Res. N 707

$ 22.040,00

20-07-23

Artículo 1º.- IMPONESE a la razón CIAPPINO
ESCAÑUELA SAS CUIT Nº 30-71691072-1 con domicilio fiscal en República del Líbano Nº 605 de la Ciudad de La Banda, Provincia de Santiago del Estero y comercial en Hipólito Irigoyen Nº 1533 de la Ciudad de Trelew, Provincia del Chubut a cuatro 4 S.M.V.M. conf.
ap.3 del art. 31º inc k Ley X Nº15. Ascendiendo -al mes de Julio de 2023- el S.M.V.M. a Pesos Ciento Cinco Mil Quinientos con 00/100 Centavos
$105.500,00.-, el monto total de la multa impuesta se establece en PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL
CON 00/100 CENTAVOS $422.000,00, y lo establecido en la Ley X Nº 15. La multa se impone en virtud de los incumplimientos detectados en autos y que fueran detallados precedentemente, los cuales encuadran en lo descripto por el Artículo 31º, inciso k apartado 3 de la Ley Provincial X Nº 15, ya que la empresa debidamente inspeccionada e infraccionada no ha presentado la siguiente documentación laboral: altas tempranas de todos los empleados, formulario 931 con ticket de pago, constancia de última entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal, contrato con una ART y nómina de personal asegurado, contrato de seguro de vida obligatorio y nómina de personal asegurado, recibos oficiales de haberes todo ello desde el mes de enero/2022 a la fecha de inspección noviembre/2022 y no ha comparecido a la audiencia prevista dentro de la instancia sumarial.Artículo 2º.- COMUNÍQUESE que el importe de la multa impuesta fue graduado por esta cartera Laboral teniendo en cuenta la finalidad de la misma revertir los presuntos incumplimientos del infractor, la naturaleza de la infracción, la importancia económica del infractor y los antecedentes en esta cartera laboral de parte del infractor.
Artículo 3.- COMUNÍQUESE que la multa impuesta en el Artículo 1º, deberá abonarse dentro de los tres 3
días de notificada, mediante el depósito en el Banco del Chubut S.A. se adjunta boleta para tal fin y una vez realizado el pago deberá acreditarse ante la Secretaría de Trabajo Delegación Regional de Trelew, sito en Sargento Cabral Nº 1916 de la ciudad de Trelew, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento previsto en el Artículo 32 de la Ley Provincial X Nº 15, que a sus efectos se transcribe: Firme la resolución sancionatoria la falta de pago de la multa impuesta autoriza a la Secretaría de Trabajo a proceder a su ejecución por ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Laboral competente. Asimismo, podrá disponer la clausura del establecimiento hasta el cumplimiento de la sanción, manteniéndose entre tanto el derecho de los trabajadores al cobro integro de sus remuneraciones.Artículo 4º.- INTÍMESE a la razón social CIAPPINO
ESCAÑUELA SAS - CUIT Nº 30-71691072-1 a dar cumplimiento a las disposiciones legales y/o convencionales que reglamentan el trabajo en relación de dependencia.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 13/11/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date13/11/2023

Page count24

Edition count4339

First edition07/01/2004

Last issue15/05/2024

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