Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 4/5/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL
Sección Oficial
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
Res. Nº II-28
RESOLUCIÓN
Jueves 4 de Mayo de 2023
21-04-23
Artículo 1.- Declarar la inexistencia de Perjuicio Fiscal y ordenar el archivo del presente sumario Expediente N 817-MGyJ-2023.-
SECRETARÍA DE PESCA
Resolución N 28
Rawson 02 de marzo de 2023.
VISTO:
El Expediente N 402/23 - S.P., caratulado Homologación Resolución N 1/2023 APPCR Tarifario APPCR; y, CONSIDERANDO:
Que por su intermedio se requiera la homologación del cuadro tarifario determinado por la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia mediante Resolución N 01/23 APPCR;
Que dicha homologación se encuentra normativamente prevista en el artículo 17 de la Ley IV
N 6, el que en su inciso d que textualmente dice:
Artículo 17.- La autoridad de aplicación de la presente Ley será la que determine el Poder Ejecutivo Provincial en el ámbito del Ministerio de Gobierno y con carácter de órgano de la administración pública centralizada, y tendrá las siguientes funciones:
d Analizar y homologar, si correspondiere, las tasas, tarifas, precios, arrendamientos, cánones, derechos de concesión, depósitos en garantía y toda otra retribución que se determine por los servicios que se presten en los puertos o por las concesiones que se otorguen sobre las instalaciones o servicios portuarios.
Que conforme el análisis de la situación planteada, se considera oportuno y conveniente disponer como se lo solicita, posibilitando a la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia a percibir sus tarifas actualizadas, ajustadas a la realidad económica imperante.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en atención a las atribuciones que le confieren las leyes I Nº 667 y IV Nº 6.
POR ELLO:
El SECRETARIO DE PESCA
R E S U E LV E :
Artículo 1º.- Homologar el cuadro tarifario aprobado por la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia mediante Resolución Nº 01/23
APPCR, ello así de acuerdo a los motivos explicitados en los considerandos.
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.Dr. JOSÉ GABRIEL AGUILAR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Res. Nº 140
03-04-23
Artículo 1º.- RECHAZAR al recurso de apelación y nulidad interpuesto por el contribuyente TELEFONICA
MOVILES ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-67818644-5 IIBB
CM SEDE 901 con domicilio fiscal en Independencia Nº 169 Piso PB CP C1107 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, contra la Resolución 1582/21-DGR.Artículo 2º.- HACER SABER que el contribuyente podrá interponer demanda contencioso-administrativa ante el Superior Tribunal, dentro del plazo de treinta 30 días de notificado, conforme el art. 79º del Código Fiscal.
Res. Nº 141
03-04-23
Artículo 1º.- RECHAZAR al recurso de apelación y nulidad interpuesto por el contribuyente TELEFONICA
MOVILES ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-67881435-7 IIBB
CM 901 con domicilio fiscal en Independencia Nº 169
Piso PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, contra la Resolución 0360/22DGR.Artículo 2º.- HACER SABER que el contribuyente podrá interponer demanda contencioso-administrativa ante el Superior Tribunal, dentro del plazo de treinta 30
días de notificado, conforme el art. 79º del Código Fiscal.
Res. Nº 142
03-04-23
Artículo 1º.- RECHAZAR al recurso de apelación y nulidad interpuesto por el contribuyente TELEFONICA
MOVILES ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-67881435-7 IIBB
CM SEDE 901 con domicilio fiscal en Independencia Nº 169 Piso PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, contra la Resolución 1366/
21-DGR.Artículo 2º.- HACER SABER que el contribuyente podrá interponer demanda contencioso-administrativa ante el Superior Tribunal, dentro del plazo de treinta 30
días de notificado, conforme el art. 79º del Código Fiscal.
Res. Nº 143
05-04-23
Artículo 1º.- DISPONER la utilización de un monto de PESOS MIL MILLONES $ 1.000.000.000, correspondiente al Fondo Unificado de Cuentas Oficiales F.U.C.O a los fines de afrontar el pago de haberes de los agentes públicos provinciales, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 5º del Decreto Nº 403/2013.-