Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/12/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL
Sección Oficial LEY PROVINCIAL
CRÉASE JUZGADO DE FAMILIA N 1, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL VII CON ASIENTO EN LAGO
PUELO
LEY V N 187
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.- Créase en la Circunscripción Judicial VII con asiento en Lago Puelo, el siguiente organismo jurisdiccional: a Juzgado de Familia N1.
COMPETENCIA MATERIAL
Artículo 2.- El Juzgado de Familia creado en el artículo 1, tiene la competencia establecida en el artículo 87 de la Ley III N21, antes Ley N
4.347, la Constitución Provincial y Leyes especiales.
COMPETENCIA TERRITORIAL.
Artículo 3.- El organismo que se crea tiene la competencia territorial correspondiente a la Circunscripción Judicial en la que se encuentra, conforme la Ley V N145.
FACULTADES
Artículo 4.- Facultase al Superior Tribunal de Justicia a realizar las previsiones presupuestarias, administrativas y funcionales necesarias para determinar el momento más adecuado para la puesta en marcha del organismo creado por la presente Ley.
Artículo 5.- Facultase al Superior Tribunal de Justicia para adoptar un modelo de gestión unificado de asistencia a los jueces de los fueros no penales de la Circunscripción Judicial VII.
Artículo 6.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL VEINTIDOS.
RICARDO DANIEL SASTRE
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
Martes 6 de Diciembre de 2022
Decreto N 1391
Rawson, 29 de noviembre de 2022.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley de creación del Juzgado de Familia N 1 en la Circunscripción Judicial VII con asiento en Lago Puelo; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 22 de noviembre de 2022, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140
de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por ley de la Provincia: V N 187
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1384
29-11-22
Artículo 1.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 20 - SAF.
20 - SAF Ministerio de Gobierno y Justicia y en la Jurisdicción 91- S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N 1, que forma parte del presente Decreto.Artículo 2.- Otórguese un aporte reintegrable a favor de la Municipalidad de Puerto Madryn, representada por su Intendente, Señor Gustavo Sastre DNI N
22.207.626 por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES $130.000.000, a cuenta de lo que le corresponda percibir a dicho Municipio en virtud de lo establecido por la Ley I N 737.
Artículo 3.- Autorizase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia a efectuar el desembolso previsto en el artículo 2 del presente Decreto.Artículo 4.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto en la Jurisdicción 20 Ministerio de Gobierno y Justicia/ Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial - Programa: 19- Subsecretaria de Asuntos Municipales - Actividad 01 - Conducción de la Subsecretaría de Asuntos Municipales Inciso 05 - Partida Principal: 07 - Partida Parcial: 06 Aporte a Gobiernos Municipales - fuente de financiamiento 1.11 - Rentas Generales - Ejercicio 2022.Ver Anexo I en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 1386
29-11-22
Artículo 1.- Otórgase un subsidio por la suma de PESOS DOS MILLONES $2.000.000 a favor de la Municipalidad de Camarones, representada por su intenden-