Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 15 de Julio de 2022

PÁGINA 3

BOLETÍN OFICIAL

tario/armadores de los buques pesqueros, por un lado, con el interés, de naturaleza político/social de la Provincia del Chubut, orientado a que el procesamiento se produzca en nuestro territorio, por el otro;
Que la instrumentación y fomento de este tipo de políticas públicas, constituye un norte a seguir, en tanto el procesamiento local de los productos de mar generan y garantizan puestos de trabajo y, en última instancia, promueve el bienestar general de todos sus habitantes;
Que, en este sentido, el artículo 83 de la Constitución Provincial prescribe que La riqueza, la producción, el crédito, las industrias, el consumo y el intercambio sirven a la sociedad y al bienestar común. El Estado fomenta y protege la producción y su diversificación y, en especial el turismo, las industrias madres y las transformadoras de los recursos provinciales
Que, en la misma línea, establece: El Estado promueve el aprovechamiento integral de los recursos pesqueros y subacuáticos, marítimos y continentales, resguardando su correspondiente equilibrio. Fomenta la actividad pesquera y conexa, propendiendo a la industrialización en tierra y el desarrollo de los puertos provinciales, preservando la calidad del medio ambiente y coordinando con las distintas jurisdicciones la política respectiva. C.P. Art. 107;
Que, por su parte, el artículo 1 de la Ley IX N 75, dispone que: La Provincia del Chubut fomentará una política de desarrollo pesquero social y ecológicamente sustentable, tendiente a la obtención de la máxima renta social derivada del aprovechamiento integral de los recursos vivos del mar, procurando la radicación efectiva y permanente en el territorio provincial de empresas pesqueras que promuevan fuentes de trabajo estable, duradero y calificado, innovación tecnológica y la obtención del mayor valor agregado de los recursos pesqueros en, territorio provincial a través de los procesos de elaboración industrial;
Que, siendo ello así y orientado a motivar la decisión empresarial de procesar las capturas en plantas pesqueras chubutenses, se considera oportuno promover la modificación de la Resolución N 05/2022 S.P., que aprobó el cuadro tarifario vigente, generando una ventaja comparativa para quienes, pudiendo trasladar las capturas a otras jurisdicciones, decidan acogerse voluntariamente al régimen propuesto y abastezcan Plantas chubutenses;
Que, en este orden de ideas, se vislumbra como un estímulo fiscal apropiado, la modificación del arancel a tributar por quienes se encuentren en las circunstancias descriptas, es decir, aquellos que, realizando capturas en aguas de jurisdicción nacional, las descargan en puertos provinciales, entregándolas para su procesamiento a plantas chubutenses;
Que, en ese marco, se promoverá la disminución del CINCUENTA POR CIENTO 50% del arancel a tributar por aquellas embarcaciones cuyas capturas provenientes de aguas de jurisdicción nacional sean descargadas en los puertos de Camarones y Rawson y tengan como destino el abastecimiento de plantas procesadoras radicadas en la Provincia del Chubut.
Los propietarios/armadores de los buques deberán
acreditar las circunstancias a las que alude el considerando anterior mediante la presentación de las Guías de Tránsito y Transporte ante la Dirección de Puertos de Explotación Directa de esta Secretaría de Pesca;
Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asuntos Legales;
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente conforme las atribuciones que le confieren las Leyes I N 667 y IV N 5;
POR ELLO:
EL COORDINADOR GENERAL DE LA UNIDAD
EJECUTORA PROVINCIAL PORTUARIA

R E S U E LV E :
Artículo 1.- Incorporar como Artículos 3 Bis y 3
Ter de la Resolución N 05/22 U.E.P.P., los siguientes:
Artículo 3 bis.- Disminuir en un CINCUENTA POR
CIENTO 50% el arancel a tributar por aquellas embarcaciones cuyas capturas provenientes de aguas de jurisdicción nacional sean descargadas en los puertos de Camarones y Rawson y tengan como destino el abastecimiento de plantas procesadoras radicadas en la Provincia del Chubut.
Artículo 3 ter.- Los propietarios/armadores de los buques deberán acreditar las circunstancias a las que alude el artículo anterior mediante la presentación de las Guías de Tránsito y Transporte ante la Dirección de Puertos de Explotación Directa de esta Secretaría de Pesca, con las formalidades que en ella se establezcan Artículo 2.- REGÍSTRESE, comuníquese, publíquese en Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Dr. José Gabriel Aguilar Coordinador General Unidad Ejecutora Provincial Portuaria
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y CRÉDITO PÚBLICO

Res. N III-39

06-07-22

Artículo 1.- Dejar a cargo del Área Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, a la agente JULIO, María Alejandra MI N 21.712.295 - Clase 1970 cargo Jefe Departamento Contable - Clase XII - Carrera Personal Superior/Jerárquico del Convenio Colectivo de Trabajo N 13/14, dependiente del citado Área, a partir del 11 de julio de 2022 y hasta el 15 de julio de 2022, inclusive.Artículo 2.- Abonar a la agente JULIO, María Alejandra MI N 21.712.295 - Clase 1970 la prestación complementaria remunerativa que se abonará a los agentes que desempeñen funciones en la Tesorería y realicen manejos de fondos, estableciendo un porcentaje por cada SAF
a su cargo, establecido en el Capítulo XI - Artículo 36 inciso d del Convenio Colectivo de Trabajo N 13/14.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/7/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date15/07/2022

Page count21

Edition count4340

First edition07/01/2004

Last issue06/06/2024

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