Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 5 de Mayo de 2022
Dto. Nº 366

26-04-22

Artículo 1º.- APRUÉBASE la contratación autorizada por el Sr. Ministro de Infraestructura, Energía y Planificación mediante Resolución N 654/21 MIEP.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente erogación cuyo monto total asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO
CON CINCO CENTAVOS $ 2.475.381,05 IVA incluido, en la Jurisdicción 8 del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación SAF 31 - Subsecretaría de Energía - Fuente de Financiamiento 402 - Programa 16 Actividad 01 -Inciso 2 -Partida Principal 9 - Parcial 7 Subparcial 01 - Ejercicio 2022.-

Dto. Nº 367

26-04-22

Artículo 1.- Exceptúase a la Licenciada en Comunicación Social, María Cecilia Elizabet CAÑAS DNI Nº 26.643.142 de lo establecido en el Artículo 102, Inciso b de la Ley II Nº 76, para la prestación de trabajos de consultoría, relativos a la comunicación de las áreas del Ministerio de Economía y Crédito Público y particularmente contenidos de la página web de la mencionada cartera ministerial y de la Unidad Ejecutora Provincial.-

Dto. Nº 368

PÁGINA 3

BOLETÍN OFICIAL

26-04-22

Artículo 1.- Otórgase un subsidio en los términos establecidos en el Decreto Nº 1304/78, modificado por los Decretos Nº 1232/00, Nº 18/03 y Nº 2424/04, por la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON TREINTA Y UN
CENTAVOS $ 544.324,31 a favor de la Municipalidad de Río Pico, representada por su Intendente, seños Santiago Diego PEREZ, destinado a solventar los gastos que demande la compra de indumentaria y elementos de protección personal para los operarios de la planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos de la localidad de Río Pico.
Artículo 2.- Desígnase como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados por el Artículo anterior al señor Intendente Santiago Diego PEREZ, Documento Nacional de Identidad Nº 23.298.466, y a la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Río Pico, señora Mariela Alejandra MIRANDA, Documento Nacional de Identidad Nº 28.879.433.
Artículo 3.- El subsidio otorgado deberá ser rendido durante los TREINTA 30 días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, según lo estipulado por el Inciso 5 Artículo 1º del Decreto Nº 1304/78.Artículo 4.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositarlos en la Cuenta Nº 203443/7, a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición al Tribunal de Cuentas de la Provincia.Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, que asciende la suma de PESOS
QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
VEINTICUATRO CON TREINTA Y UN CENTAVOS $
544.324,31 será imputado en la Jurisdicción 63 SAF
63 Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo
Sustentable Ubicación Geográfica 11999 Ambito Provincial Programa 1 Actividad 1 Conducción y Administración del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable Inciso 5 Partida Principal 7
Partida Parcial 6 Aportes a Gobiernos MunicipalesFuente de Financiamiento 3.11 Ejercicio 2022.

RESOLUCIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución N 440/22
Rawson, 27 de Abril de 2022
VISTO:
El expediente N 2246/21-DGR, la Resolución 245/
2021-DGR, la Resolución N 390/2017-DGR, la Ley XXIV
N 96: Régimen Especial de Regularización Tributaria, el Código Fiscal y;
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 12 de la Resolución 245/2021DGR establece el procedimiento para aplicar en el caso de caducidad de los planes de pago suscriptos en el marco del Régimen Especial de Regularización Tributaria, utilizando para ello los preceptos del Artículo 62 del Código Fiscal;
Que al mismo tiempo por el artículo 13 de la Resolución 245/2021-DGR, establece el procedimiento para aplicar en el caso de caducidad de los planes de pago suscriptos en el marco del Régimen Especial de Regularización Tributaria utilizando para ello los preceptos del Artículo 14 la Resolución N 390/2017-DGR;
Que ambos procedimientos de reimputación no son coincidentes en sus formas y resultados;
Que el procedimiento de la Resolución N 390/2017DGR es establecido para planes de pago permanentes;
y su algoritmo es específico para reimputación de cuotas de planes caducos;
Que el procedimiento en el Artículo 62 del Código Fiscal está referido a obligaciones fiscales en forma genérica;
Que por tanto se debe modificar el texto de la Resolución 245/2021-DGR dejando como método de reimputación para los pagos realizados en un plan caduco del Régimen Especial de Regularización Tributaria a aquel establecido en su Artículo 13;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales y la Dirección de Asuntos Técnicos;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E LV E :
Artículo 1.- Modificar el Artículo 12 de la Resolución N245/2021-DGR que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 12.- La falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres cuotas alternadas, transcurridos 20 días desde el vencimiento original de la

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/5/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date05/05/2022

Page count25

Edition count4335

First edition07/01/2004

Last issue26/04/2024

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